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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (21/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de agosto de 2008 378441 VISTO: El Memorándum N° 895-2008-COFOPRI/OZANCH, de fecha 15 de julio del 2008, mediante el cual se adjunta el Informe N° 021801-00122, emitido por la Ofi cina Zonal de Ancash, y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 803, complementado por la Ley N° 27046, y con Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo N° 009-99-MTC, se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI hoy Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, como el organismo encargado de diseñar y ejecutar un Programa de Formalización de la Propiedad y su mantenimiento dentro de la formalidad, en el ámbito nacional; Que, en virtud de la Ley N° 27304, Ley de Adjudicación de Lotes de Propiedad del Estado ocupados por Mercados, facultó a COFOPRI a ejecutar de manera progresiva, la formalización de lotes o edifi caciones de propiedad del Estado o de cualquier entidad o Fondo Estatal, inclusive aquellos en proceso de liquidación que se encuentren siendo utilizados para el funcionamiento de mercados; Que, el artículo 6° del Reglamento de la Ley de Adjudicación de Lotes de Propiedad del Estado ocupados por Mercados a cargo de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2000-MTC, establece que mediante Resolución de Gerencia de Planeamiento y Operaciones, COFOPRI determinará los mercados públicos a ser privatizados, los que serán materia de adjudicación en campañas progresivas y sucesivas, debiendo la resolución ser publicada, por una sola vez, en el Diario Ofi cial El Peruano y en uno de mayor circulación; Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2007- VIVIENDA, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de COFOPRI, como instrumento de gestión que desarrolla la estructura orgánica de la entidad, en el cual la Gerencia de Planeamiento y Operaciones no se encuentra considerada en la nueva estructura orgánica de COFOPRI; Que, de conformidad con el artículo 62° y siguientes del citado Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de COFOPRI, la Subdirección de Procesos Especiales de Formalización es la responsable de planifi car, organizar y conducir y evaluar las actividades de formalización en la Privatización de Mercados. Esta Subdirección depende jerárquicamente de la Dirección de Formalización Integral; Que, de conformidad con el artículo 55° del citado Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de COFOPRI, corresponde a la Dirección de Formalización Integral las funciones de planifi car, organizar y conducir las actividades de diagnóstico, saneamiento físico y legal integral de los predios objeto de formalización, así como los procesos especiales de formalización, contando para tal efecto con el concurso y apoyo de la Subdirección de Procesos Especiales de Formalización. Que, estando a lo expuesto en el párrafo precedente, corresponde a la Dirección de Formalización Integral planifi car, organizar los procesos especiales de formalización, entre los que se encuentra la primera etapa del proceso de privatización de mercados, específi camente la función de asunción de competencia territorial y determinar los mercados públicos pasibles de privatización. Que, corresponde a las Ofi cinas Zonales las funciones específi cas y generales que tiene asignada a la entidad, dentro del ámbito de sus respectivas delimitaciones territoriales, conforme al literal l) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, en el cual se señala que las Ofi cinas Zonales tienen a su cargo la realización de las acciones inherentes a los fi nes de la entidad, entendiéndose que es parte de su función el ejecutar en el ámbito de su competencia territorial el proceso de privatización de mercados públicos en las etapas de formalización de la propiedad y adjudicación, a que se refi ere el artículo 4° del Decreto Supremo N° 038-2000-MTC.De conformidad con la Ley N° 27304, el Decreto Supremo N° 038-2000-MTC y su modifi catoria aprobada por Decreto Supremo N°017-2008-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA y con el visado de la Subdirección de Procesos Especiales de Formalización. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Décima Campaña de Privatización de Lotes o Edifi caciones de Propiedad del Estado, sobre el mercado público que se detalla en el “Anexo A”, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Todas las entidades públicas que estando facultadas para la adjudicación de Lotes o Edifi caciones de Propiedad del Estado o de cualquier Entidad o Fondo Estatal, inclusive aquellos en proceso de liquidación, que se encuentren siendo utilizados para el funcionamiento de mercados, deberán abstenerse de emitir cualquier resolución, acto administrativo o de otra naturaleza relacionada con dichos procedimientos. Artículo 3°.- Publíquese la presente resolución por una sola vez, en el Diario Ofi cial El Peruano y en uno de mayor circulación y notifíquese a los conductores y de ser el caso, a la entidad administradora del mercado a que se refi ere el “Anexo A” de los alcances de la presente resolución, acompañando copia autenticada de la misma. Artículo 4°.- La aprobación de la presente campaña, no exime a los conductores del mercado incluido en la misma, del cumplimiento de los requisitos y procedimientos que resulten pertinentes, previstos en la normatividad vigente aplicable al Proceso de Privatización de Lotes o Edifi caciones de Propiedad del Estado, a cargo de COFOPRI. Artículo 5°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GONZALO JOSE BLANCO OYOLA Dirección de Formalización IntegralOrganismo de Formalización de la Propiedad InformalCOFOPRI ANEXO A MERCADO PÚBLICO COMPRENDIDO EN LA DÉCIMA CAMPAÑA DE PRIVATIZACIÓN N° DENOMINACIÓN UBICACIÓN DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO 1MERCADO EL TRAPECIOPROGRAMA DE VIVIENDA URBANIZACIÓN EL TRAPECIO ETAPA PRIMERA CHIMBOTE SANTA ANCASH 241144-1 Aprueban el “Sistema de Información Geográfica de Catastro y Titulación CATASTRO VIRTUAL ” los Accesos Libre y Preferentes a dicho sistema y el “Manual de Catastro en Línea” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 049-2008-COFOPRI/SG Lima, 19 de agosto de 2008VISTO:El Informe N° 089-2008-COFOPRI/DND de fecha 11 de agosto de 2008, emitido por la Directora de Normalización y Desarrollo, por el cual eleva para su aprobación los documentos denominados “Informe Técnico del Catastro Virtual – Sistema de Información Geográfi ca de Catastro y Titulación CATASTRO VIRTUAL” y “Manual de Catastro en Línea”; y, Descargado desde www.elperuano.com.pe