Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2008 (28/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 28 de agosto de 2008

bodegas aisladas termicamente y MORDAZA de hielo, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a traves de la Resolucion Directoral Nº 062-98-CTAR-LL/DIREPE, ampliada mediante Resolucion Directoral Nº 062-2000-PRE/P. Articulo 5º.- Incorporar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como MORDAZA titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "JAVIER" de matricula Nº PL-17599-CM, asimismo consignar la presente Resolucion en el Anexo I, literal B) de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www. produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

243278-10 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 435-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 11 de agosto del 2008 Visto los escritos de registro Nº 00030237 del 25 de MORDAZA y 13 de junio del 2008, presentados por DAFELI S.A.C. CONSIDERANDO: Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE y modificado por el Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde; por lo que la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; asimismo, establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que mediante Resolucion Vice-Ministerial Nº 0562007-PRODUCE/DVP de fecha 15 de noviembre del 2007, se declaro fundado en parte el recurso de apelacion interpuesto por la empresa MORDAZA S.A., contra la Resolucion Directoral Nº 291-2005-PRODUCE/ DNEPP; asimismo, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, a la empresa MORDAZA mencionada para operar la embarcacion denominada "BRANCO 3" de matricula Nº CE-22007-PM, y 185.00 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina, con destino para el consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm) y (38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; y ademas se establecio que el acceso al recurso sardina, sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE; Que a traves de los escritos del visto, la empresa DAFELI S.A.C., solicita el cambio del titular de permiso de pesca otorgado, para operar la embarcacion pesquera "BRANCO 3" de matricula Nº CE-22007-PM, sustentando la posesion actual de la citada embarcacion con el Certificado Compendioso de Dominio, emitido el 10 de MORDAZA del 2008, correspondiente que presenta la recurrente;

Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado, que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE, publicado mediante la Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE, modificado por Resolucion Ministerial Nº 280-2007-PRODUCE; y asimismo, se ha determinado que el transferente de la mencionada embarcacion no cuenta con sanciones de multa que no han sido cumplidas, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 3512008-PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado por Resolucion Ministerial 341-2005-PRODUCE, modificado por Resolucion Ministerial Nº 280-2007-PRODUCE, la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa DAFELI S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante la Resolucion Vice-Ministerial Nº 056-2007PRODUCE/DVP de fecha 15 de noviembre del 2007, para operar la embarcacion pesquera "BRANCO 3" de matricula Nº CE-22007-PM, de 185.00 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Articulo 2º.- El acceso al recurso sardina, sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o a las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento. Articulo 3º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion esta supeditada al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento juridico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a favor de MORDAZA S.A., a traves de la Resolucion Vice-Ministerial Nº 056-2007PRODUCE/DVP, para operar la embarcacion pesquera "BRANCO 3" de matricula Nº CE-22007-PM. Articulo 5º.- Incorporar a DAFELI S.A.C., como titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "BRANCO 3" de matricula Nº CE-22007-PM, asi como la presente Resolucion al Anexo correspondiente de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE, excluyendo a MORDAZA S.A. y la Resolucion ViceMinisterial Nº 056-2007-PRODUCE/DVP, de los anexos respectivos con respecto a la citada embarcacion. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion: www.produce. gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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