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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (28/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de agosto de 2008 378776 011-04-2007-D-FORSUR, conforme se hace referencia en el considerando precedente; Que, por Resolución Ministerial Nº 219-2008-VIVIENDA se autorizó la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Año Fiscal 2008, hasta por la suma de Siete Millones Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Treinta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 7 448 738,00) Nuevos Soles, para ser destinados al fi nanciamiento de proyectos de rehabilitación de infraestructura de saneamiento afectados por los sismos del 15 de agosto de 2007, de los cuales Doscientos Cincuenta y Un Mil Setecientos Setenta y Dos y 31/100 Nuevos Soles (S/. 251 772,31) serán destinados a seis (06) proyectos de rehabilitación de la red de agua y desagüe en la ciudad de Cañete; Que, con Informe Técnico Nº 010-2008-VIVIENDA/ VMCS-DNS de fecha 18 de junio de 2008, la Dirección Nacional de Saneamiento emite opinión favorable para realizar la transferencia de recursos a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete S.A. – EMAPA CAÑETE S.A., hasta por la suma de Doscientos Cincuenta y Un Mil Setecientos Setenta y Dos y 31/100 Nuevos Soles (S/. 251 772,31) para la ejecución de los proyectos que se señalan en el Anexo A, el cual forma parte integrante de la presente Resolución; Que, con fecha 30 de julio del 2008 se suscribió el Convenio Especí fi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y La Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete S.A. – EMAPA CAÑETE S.A., con el objeto de establecer los lineamientos administrativos, fi nancieros y de operatividad para el fi nanciamiento de los proyectos detallados en el Anexo A del citado Convenio Especí fi co, así como las condiciones que deberían cumplir las partes para efectivizar la transferencia fi nanciera; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar las condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el diario ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, el último párrafo del numeral 9.4 antes citado, precisa que cuando la ejecución de los proyectos a cargo de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, según su capacidad operativa, se realice por Administración Directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, el numeral 2.3 del artículo 2 del Apéndice “Lineamientos para la aplicación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 - Ley Nº 29142”, aprobado por Resolución Directoral Nº 049-2007-EF/76.01, establece que para efecto de las transferencias fi nancieras que se efectúen en el caso de los proyectos a ser ejecutados por Administración Directa a que hace mención el último párrafo del numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142, no es de aplicación el requisito de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras dada la naturaleza de proyectos que se ejecutan a través de Administración Directa; dichas transferencias se sujetan a lo dispuesto en el Convenio respectivo suscrito;Con la visación del Director Nacional de Saneamiento y las Directoras Generales de las O fi cinas Generales de Plani fi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 003: Construcción y Saneamiento, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete S.A. – EMAPA CAÑETE S.A., hasta por la suma de Doscientos Cincuenta y Un Mil Setecientos Setenta y Dos y 31/100 Nuevos Soles (S/. 251 772,31), en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, para fi nanciar los proyectos detallados en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para el fi nanciamiento de los proyectos detallados en el Anexo A, quedando la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete S.A. – EMAPA CAÑETE S.A. prohibida de efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución se realizará con cargo al presupuesto institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora Nº 003: Construcción y Saneamiento, en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Especí fi co, de fecha 30 de julio del año 2008, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y La Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete S.A. – EMAPA CAÑETE S.A. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento es responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio Especí fi co referido en el artículo 3 de la presente Resolución, así como del seguimiento de la ejecución de los proyectos detallados en el Anexo A de la presente Resolución. Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en http://www.vivienda.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento ANEXO A RELACIÓN DE PROYECTOS - PROVINCIA DE CAÑETE - DEPARTAMENTO DE LIMA UNIDAD EJECUTORA: EMAPA CAÑETE S.A. ÍTEM PROYECTOS DE EMERGENCIAMODALIDAD DE CONTRATACIÓNPRESUPUESTO TOTAL 1Rehabilitación de Terraplén Laguna de Oxidación, Cerro Azul ADMINISTRACIÓN DIRECTA115 085,13 2Rehabilitación de las Obras Civiles de la Caseta de Bombeo del Pozo N° 03 San Vicente33 005,99 3Rehabilitación de la Planta de Tratamiento de Agua Potable en Alminares59 029,04 4Rehabilitación de la Caseta de válvulas del Reservorio de 750 m3 de San Vicente de Cañete20 607,23 5Rehabilitación de las Casetas de Bombeo N° 01 y N° 02 en la localidad de Las Salinas10 142,97 6Reconstrucción de Casetas de Válvulas Reservorio 400 m313 901,95 TOTAL 251 772,31 244356-2Descargado desde www.elperuano.com.pe