Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2008 (30/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES

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Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la Institucion, y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, referido a las medidas de austeridad en bienes y servicios prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de los acuerdos de negociacion de tratados comerciales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru, asi como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212, siendo que todos los viajes se realizan en categoria economica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el articulo 4º de la Ley Organica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideracion los dispositivos legales MORDAZA mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; la Ley Nº 27238, Ley de la Policia Nacional del Peru y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN; el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que aprobo el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero en comision del servicio al MORDAZA de la Policia Nacional del Peru Rommel MORDAZA MORDAZA ARRASCUE y al Suboficial Superior de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de MORDAZA - Republica de Italia, del 2 de septiembre al 8 de septiembre de 2008, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de viaticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA de la Policia Nacional del Peru Rommel MORDAZA MORDAZA ARRASCUE Viaticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM) 7 x 260 US$ 1,820.00 TOTAL US$ 1,820.00

Secretaria del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Presidente del Consejo de Ministros y por el senor Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 245547-11

JUSTICIA
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley de Conciliacion modificado por el Decreto Legislativo N° 1070
DECRETO SUPREMO N° 014-2008-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo N° 1070 se modifico la Ley N° 26872, Ley de Conciliacion; Que la MORDAZA Disposicion Final del Decreto Legislativo N° 1070 faculto al Ministerio de Justicia para que dentro de los sesenta (60) dias calendario de publicado el mencionado Decreto Legislativo, adecue el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0042005-JUS; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 412-2008JUS se constituyo la Comision encargada de adecuar el Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2005-JUS a las modificaciones establecidas por Decreto Legislativo N° 1070; Que, mediante Oficio Nº 3671-2008-JUS/DNCA la Comision remitio al Despacho Ministerial el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley de Conciliacion adecuandolo a las modificaciones incorporadas por el Decreto Legislativo N° 1070; Que, resulta necesario aprobar el Reglamento de la Ley No. 26872, Ley de Conciliacion, modificada por el Decreto Legislativo No. 1070; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; en el inciso 1) del articulo 6° de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y en el Decreto Legislativo Nº 1070; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto Apruebese el Reglamento de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, modificado por Decreto Legislativo N° 1070 ­ Decreto Legislativo, cuyo texto compuesto de ciento cuarenta y ocho (148) articulos, ocho (8) disposiciones complementarias finales, diez (10) disposiciones complementarias transitorias, dos (2) disposiciones complementarias derogatorias y un (1) anexo ­ Glosario de terminos, es parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Justicia.

Suboficial Superior de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viaticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM) 7 x 260 US$ 1,820.00 TOTAL US$ 1,820.00

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4º.- Dentro de los siete (7) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la

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