Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (05/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de diciembre de 2008 384575 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Publican relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en el mes de octubre de 2008 GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 060-2008-GRL-GRDE-DREM Huacho, 17 de Noviembre de 2008VISTO: la relación de Títulos de Concesión Minera otorgados por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lima, durante el mes de Octubre de 2008 y; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27857 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones específi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas asumir las funciones en materia de minas, entre las cuales se establece la función de Otorgar Concesiones para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional, conforme lo señala el inciso f) del artículo 59 de la ley referida; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 503- 2007-PRES se aprobó el Manual de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Lima, en la cual se establece que el Director Regional de Energía y Minas tiene dentro de sus funciones específi cas “otorgar petitorios y concesiones mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 046-2008- MEM/DM, de fecha 2 de Febrero de 2008 se declara que el Gobierno Regional de Lima ha concluido con el proceso de transferencias de funciones sectoriales en materia de energía y minas; Que, mediante Resolución Ministerial N° 139-2008- MEM/DM, de fecha 27 de Marzo del 2008 se aprueba la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energía y Minas; Que, el artículo 124 del D.S. 014-92-EM “T.U.O. de la Ley General de Minería”, establece que mensualmente el Registro Público de Minería (en este caso La Dirección Regional de Energía y Minas) publicará en el Diario Ofi cial El Peruano la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido aprobados en el mes anterior; Que, el artículo 24 del Decreto Supremo N° 018-92- EM establece que dentro de los primeros quince (15) días de cada mes, se publicará en el Diario Ofi cial “El Peruano” la relación de las concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido otorgados durante el mes inmediato anterior; De conformidad con la atribución establecida en el artículo 59º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Resolución Ministerial N° 046-2008-MEM/DN y con la facultad conferida a la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE:Artículo Único.- PUBLÍQUESE en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en el mes de Octubre de 2008, de acuerdo a la nomenclatura siguiente: A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN, B) CÓDIGO, C) NOMBRE DEL TITULAR, D) NÚMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL, E) ZONA, F) COORDENADAS UTM DE LOS VÉRTICES EXPRESADOS EN KILÓMETROS Y G) COORDENADAS UTM DE ÁREAS A RESPETAR, siendo éstos los siguientes:1.- A) “SEÑOR DE LA ASCENCION – 1”; B) Nº 01- 06220-07; C) ANTONIO ESTEBAN CONTRERAS LAREDO; D) R.D. Nº 043-2008-GRL-GRDE-DREM de fecha 13 de octubre de 2008; E) 18; F) V1 N.8618000.00 E.348000.00; V2 N.8617000.00 E.348000.00; V3 N.8617000.00 E.349000.00; V4 N.8616000.00 E.349000.00; V5 N.8616000.00 E.352000.00; V6 N.8613000.00 E.352000.00; V7 N.8613000.00 E.351000.00; V8 N.8615000.00 E.351000.00; V9 N.8615000.00 E.348000.00; V10 N.8616000.00 E.348000.00; V11 N.8616000.00 E.347000.00; V12 N.8617000.00 E.347000.00; V13 N.8617000.00 E.346000.00; V14 N.8618000.00 E.346000.00. 2.- A) “MINERA ARI PERU II”; B) Nº 01-01122-07; C) JUAN CAMPOSANO CANO; D) R.D. Nº 041-2008-GRL-GRDE-DREM de fecha 09 de octubre de 2008; E) 18; F) V1 N.8691000.00 E.291000.00; V2 N.8689000.00 E.291000.00; V3 N.8689000.00 E.290000.00; V4 N.8688000.00 E.290000.00; V5 N.8688000.00 E.289000.00; V6 N.8690000.00 E.289000.00; V7 N.8690000.00 E.290000.00; V8 N.8691000.00 E.290000.00. Regístrese y publíquese. PEDRO MAURICIO MUÑOZ Director Regional de Energía y Minas (e) 287106-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Incorporan infracciones al Nuevo Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la Función Fiscalizadora ORDENANZA N°1193 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTOEL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de noviembre del 2008 los Dictámenes Nos. 226-2008-MML-CMAEO y 122-2008-MML-CMAL de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización y de Asuntos Legales; Ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE INCORPORA INFRACCIONES AL NUEVO REGIMEN MUNICIPAL DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DERIVADAS DE LA FUNCIÓN FISCALIZADORA Artículo Primero. -Incorporación de Infracciones Incorpórese la infracción establecida en la presente Ordenanza a las siguientes normas: Ordenanza Nº 984-MML y su modifi catoria la Ordenanza Nº 1014-MML que aprobaron el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la Función Fiscalizadora: LÍNEA DE ACCIÓN 05: SEGURIDAD5.2 PRODUCTOS PIROTÉCNICOS CÓDIGO INFRACCIÓNPROCEDI- MIENTO PREVIOMONTO DE LA MULTAMEDIDA COMPLE- MENTARIA 05-0204 Depositar, transportar y distribuir productos pirotécnicos sin la autorización correspondiente.2 Decomiso y/o clausura por 30 días 05-0205 Vender y usar ins umos y/o productos pirotécnicos detonantes y/o de fl agrantes o de cualquier otra naturaleza para espectáculos o para uso recreativo en zonas industriales, residenciales y comerciales sin la autorización correspondiente.2 Decomiso y/o clausura por 30 días.Descargado desde www.elperuano.com.pe