TEXTO PAGINA: 56
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de diciembre de 2008 384578 programas especiales de capacitación para que todas las organizaciones sociales adecuen sus estatutos en el plazo señalado para que logren su reconocimiento y registro municipal, conforme a lo dispuesto en el D.S. 004-2008-MIMMDES, estableciendo que son socios titulares ambos cónyuges, pudiendo representar a la sociedad conyugal de manera conjunta y/o alternada; promoviendo así la igualdad de oportunidades en el ejercicio de su derecho de administrar y conservar los bienes de la familia. Artículo 4º.- Para el registro de organizaciones sociales se establecerá una Campaña de Inscripción en el Registro Único de Organización Sociales (RUOS) de la Municipalidad de El Agustino, por el término de 120 días, la que se iniciará con la entrada en Vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- Las Organizaciones Sociales, deberán adecuar sus estatutos en un plazo no mayor de 06 meses conforme lo dispone el D.S. 004-2008-MIMMDES. Estableciéndose que ambos cónyuges gocen de los mismos derechos, pudiendo representar a la sociedad conyugal de manera conjunta y/o alternada; promoviendo así la igualdad de oportunidades en el ejercicio de su derecho de administrar y conservar los bienes de la familia. Artículo 6º.- Con la creación del Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS), quedan sin efecto los demás registros de organizaciones sociales creados al amparo de normas municipales, debiendo transferirse toda la documentación pertinente a la Unidad de Participación Vecinal, Prensa, RR. PP. y Protocolo. Artículo 7°.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía emita las normas reglamentarias y complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 8°.- DISPONER la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” de la presente Ordenanza que aprueba el “Reglamento del Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) en el distrito de El Agustino”, y la publicación en la página web de la municipalidad www.munielagustino.gob.pe del “Reglamento del Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) en el distrito de El Agustino”, así como la exhibición del mismo por un plazo de veinte (20) días hábiles en los carteles municipales, acto que será constatado por Notario Público. Ubicación de carteles municipales de pleno acceso libre al público en general: - Local “Palacio Municipal”, sito en la Av. Riva Agüero N° 1358 Urb. Popular El Agustino. - Local “Demuna”, sito en la Calle San José N° 195 Cooperativa San José - El Agustino. Artículo 9°.- ENCARGAR a la Unidad de Participación Vecinal, Prensa, RR. PP. y Protocolo, velar por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 10°.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano”, debiéndose dar fi el cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza, quedando sin efecto cualquier otra norma que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplaseVÍCTOR MODESTO SALCEDO RÍOS Alcalde 287143-5 Incorporan procedimientos en el TUPA de la Municipalidad ORDENANZA Nº 389 - MDEA El Agustino, 21 de agosto del 2008.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINOVISTO: en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Técnico Nº 365-2008-GAFP-MDEA, de la Gerencia de administración, Finanzas y Presupuesto, y; CONSIDERANDOQue, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con Ordenanza Nº 132-MDEA de fecha 31 de enero del 2002, y RATIFICADA por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 316-MML de fecha 29 de noviembre del 2002. La Municipalidad de El Agustino aprobó su Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que posteriormente con Ordenanzas Nº 201- MDEA de fecha 7 de febrero del 2004, Nº 231-MDEA de fecha 28 de octubre del 2004 y Nº 247-MDEA de fecha 5 de abril del 2005 y ratifi cadas todas ellas con Acuerdo de Consejo Nº 171-MML de fecha 9 de junio del 2005 y la Ordenanza Nº 387-MDEA de fecha 24 de julio de 2008 y ratifi cada con el Acuerdo de Concejo Nº 352-MML de fecha 05 de agosto de 2008 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; son aprobadas las modifi caciones y nuevos procedimientos al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de El Agustino; Que, en el Tupa de nuestra Entidad no esta considerado el trámite de registro de altas y bajas de contribuyentes, cuyo trámite debe ser de manera simplifi cada y gratuita, a través de un formulario de declaración jurada conforme la normativa vigente, confundiéndose el trámite con la actualización de datos catastrales que esta orientado a la modifi cación, variación de las características del predio y su respectiva valuación, trámite que implica un trabajo técnico (gabinete y campo) y por el cual sí corresponde a un costo por derechos administrativos y un trámite de evaluación previa; Que, de acuerdo a las directivas del SAT de MML enmarcada en el convenio interinstitucional recientemente fi rmado es necesario disponer de un procedimiento expreso simplifi cado para la inscripción de los contribuyentes (transferencias altas y bajas), que permita un registro efi caz en nuestra base de datos integrada a la base de datos del SAT de MML; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, y con dispensa del trámite de Comisiones, lectura y de aprobación del Acta, con el voto Mayoritario de los Regidores aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA INCORPORACIÓN AL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Artículo 1º.- APROBAR los procedimientos administrativos: “Inscripción de Nuevos Contribuyentes, Registro de Altas y Bajas de Titulares Sujetos a los Tributos Prediales” y “Estado de Cuenta Corriente de Tributos”, e INCORPORAR dichos procedimientos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de El Agustino, según Anexo Nº 01 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- APROBAR el costo por la expedición de Estado de Cuenta Corriente a S/. 1.00 (un nuevo sol). Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento de la presente Ordenanza y a las demás ofi cinas de las áreas correspondientes. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y poner en conocimiento a las demás ofi cinas de esta Municipalidad para su debido cumplimiento; y a la Unidad de Participación Vecinal, Prensa, Relaciones Públicas y Protocolo su correspondiente difusión masiva. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VÍCTOR MODESTO SALCEDO RÍOS AlcaldeDescargado desde www.elperuano.com.pe