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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de diciembre de 2008 384580 Modifican la Ordenanza Nº 303-MDEA, que aprueba costo de expedición de certificado de constatación domiciliaria ORDENANZA Nº 391-MDEA El Agustino, 21 de agosto del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINOVISTO: en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 386-08-GAF-MDEA, de la Gerencia de Administración, Finanzas y Presupuesto, y; CONSIDERANDO:Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas y derechos municipales, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 303-MDEA de fecha 07 de agosto del 2006, se incorpora procedimiento administrativo sobre el otorgamiento del certifi cado domiciliario al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de El Agustino, conjuntamente con los derechos contenidos en el mismo documento; Que, el Certifi cado de Constatación Domiciliaria es un servicio que brinda la municipalidad y por cuyo derecho se paga el importe de S/. 5.40 (cinco con 40/100 Nuevos Soles), siendo un monto que no llega al monto real por la emisión, por lo cual es necesario de modifi car la tasa por derechos administrativos; Que, de acuerdo al artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, mediante Ordenanza se crean, modifi can, suprimen, o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; y de conformidad con el artículo 9º numeral 9) de la citada norma, corresponde al concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, y con dispensa del trámite de Comisiones, lectura y de aprobación del Acta, con el voto UNANIME de los Regidores aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 303-MDEA Artículo 1º.- MODIFICAR el artículo 2º de la Ordenanza Nº 303-MDEA, que aprueba el costo de la expedición de certifi cado de constatación domiciliaria al nuevo valor de S/. 10.00 (Diez con 00/100 nuevos soles). Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento de la presente Ordenanza; a Secretaría General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y poner en conocimiento a las demás ofi cinas de esta Municipalidad para su debido cumplimiento; y a la Unidad de Participación Vecinal, Prensa, Relaciones Públicas y Protocolo su correspondiente difusión masiva. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplaseVÍCTOR MODESTO SALCEDO RÍOS Alcalde 287143-3Disponen rebaja de tasa para obtención del Registro Catastral por Actualización de Datos de Predios ORDENANZA Nº 396-MDEA El Agustino, 23 de octubre del 2008EL ALCALDE DISTRITAL DE EL AGUSTINOPOR CUANTO:VISTO: en Sesión Ordinaria de la fecha, Pedido N° 09- 2008-ERB-CM-MDEA, el proyecto de “Ordenanza sobre rebaja de tasa para obtención de registro catastral por actualización de datos de predios”, e Informe N° 520-2008-GAJ-MDEA, y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, mediante Ordenanza se crean, modifi can, suprimen, o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; y de conformidad con el artículo 9° numeral 9) de la citada norma, corresponde al concejo municipal crear, modifi car, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley; Que, mediante Ordenanza Nº 132-MDEA de fecha 31 de enero del 2002, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de El Agustino, conjuntamente con los derechos contenidos en el mismo documento; Que, siendo la obligación de esta administración la actualización del Catastro Municipal, es de sumo interés apoyar a los contribuyentes de escasos recursos económicos y por conveniente disponer la rebaja provisional de la tasa para obtención del registro catastral por actualización de datos de predios, a fi n de promover y fomentar la regularización de sus datos y/o empadronamiento; Que, el Registro Catastral Por Actualización de Datos de Predios es un servicio que brinda la municipalidad y por cuyo derecho se paga el importe de S/. 56.45 (cincuenta y seis con 45/100 Nuevos Soles), monto que resulta elevado teniendo en consideración el poder económico promedio de los habitantes de El Agustino. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, y con dispensa del trámite de Comisiones, lectura y de aprobación del Acta, con el voto UNANIME de los Regidores aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA DE REBAJA DE TASA PARA OBTENCIÓN DEL REGISTRO CATASTRAL POR ACTUALIZACION DE DATOS DE PREDIOS Artículo 1º.- REBAJAR a partir de la fecha, el costo por concepto de Registro Catastral Por Actualización de Datos de Predios (independización, ampliación de edifi cación, transferencia, etc.) y sólo para efectos tributarios, de S/. 56.45 (cincuenta y seis con 45/100 nuevos soles) a S/. 20.00 (veinte con 00/100 nuevos soles) hasta el 31 de diciembre de 2008. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento de la presente Ordenanza y a las demás ofi cinas de las áreas correspondientes. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaría General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y poner en conocimiento a las demás ofi cinas de esta Municipalidad para su debido cumplimiento; y a la Unidad de Participación Vecinal, Prensa, Relaciones Públicas y Protocolo su correspondiente difusión masiva. Regístrese, publíquese y cúmplase.VÍCTOR MODESTO SALCEDO RÍOS Alcalde 287186-1Descargado desde www.elperuano.com.pe