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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (17/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de diciembre de 2008 385313 Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2008, el cual incluye recursos destinados al proyecto de “Mejoramiento de las vías de acceso al Centro Arqueológico de Caral - Supe”, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de su Unidad Ejecutora 010: Provías Descentralizado, así como cuatro proyectos relativos a la rehabilitación, mejoramiento y ampliación de los sistemas de agua potable y saneamiento de las localidades de Montevideo, San Bartolo, Santo Tomás y María, en el departamento de Amazonas, proyectos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de su Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos; Que, debe tenerse en cuenta la importancia de dichos proyectos para el desarrollo de la actividad turística, siendo Caral reconocida como la civilización más antigua de América, lo cual la convierte en un atractivo de orden histórico cultural tanto para el turismo interno como receptivo; por su parte, las localidades de Montevideo, San Bartolo, Santo Tomás y María, en el departamento de Amazonas, son pueblos de soporte en el circuito turístico de la Fortaleza de Kuélap, yacimiento arqueológico que constituyó un lugar sagrado y que representa probablemente el icono turístico más importante del Circuito Turístico Norte, siendo su época de máximo esplendor cultural entre los siglos X y XV; Que, por tales razones se considera conveniente la transferencia de recursos del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional, a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - Unidad Ejecutora 010 y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Unidad Ejecutora 004, para la ejecución de los proyectos antes mencionados, incorporados en los Pliegos Presupuestarios de estos Ministerios, recursos que se derivan de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios provenientes de la Ley Nº 27889, antes citada; Que, de acuerdo con el numeral 75.1 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, son transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios los traspasos de fondos públicos sin contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino; asimismo, según el numeral 75.2 del mismo artículo 75º, modifi cado por la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29035, las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, o del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales y gobiernos locales, se aprueban mediante Decreto Supremo, con refrendo del Ministro del Sector correspondiente y del Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público; De conformidad con la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley Nº 28411 y modifi catorias, y la Ley Nº 27889 - Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación de Transferencia Financiera Aprobar las transferencias fi nancieras del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional), a favor de las entidades públicas que a continuación se detalla, hasta por el monto de S/. 2 333 434,00 (Dos millones trescientos treinta y tres mil cuatrocientos treinta y cuatro y 00/100 Nuevos Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para ser destinado a la ejecución de los siguientes proyectos incluidos en el Plan de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional del año 2008. ITEM PROYECTO SNIP MONTO TOTAL (Nuevos Soles)PLIEGO DE DESTINOUNIDAD EJECUTORA 1 Mejoramiento de las Vías de Acceso al Centro Arqueológico de Caral - Supe21330 1 000 000,00 Ministerio de Transportes y ComunicacionesUE 010: Provías Descentralizado 2 Rehabilitación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de la Localidad de Montevideo79589 129 600,00 Ministerio de Vivienda Construcción y SaneamientoUE 004: Programa Agua Para TodosITEM PROYECTO SNIP MONTO TOTAL (Nuevos Soles)PLIEGO DE DESTINOUNIDAD EJECUTORA 3 Rehabilitación Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua y Saneamiento de la Localidad de San Bartolo74377 163 834,00 Ministerio de Vivienda Construcción y SaneamientoUE 004: Programa Agua Para Todos 4 Rehabilitación Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua y Saneamiento de la Localidad de Santo Tomás75784 440 000,00 Ministerio de Vivienda Construcción y SaneamientoUE 004: Programa Agua Para Todos 5 Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua y Saneamiento de la Localidad de María74074 600 000,00 Ministerio de Vivienda y Construcción y SaneamientoUE 004: Programa Agua Para Todos TOTAL 2 333 434,00 Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y MinasEncargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 291798-6 DEFENSA Autorizan viaje de personal FAP a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 554-2008-DE/FAP Lima, 16 de diciembre de 2008Visto el Ofi cio NC-35-COCI-Nº 1509 de fecha 11 de diciembre de 2008 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, mensaje E842-121115 de diciembre de 2008 del Comandante del Grupo Aéreo No.8 y papeleta de trámite Nº 5296-SGFA de fecha 11 de diciembre de 2008 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Colombia al Personal de la Fuerza Aérea del Perú que se indica en la parte resolutiva, el mismo que conformará la tripulación de la aeronave principal Hércules L-100-20 FAP Nº 382, con la finalidad de trasladar hospitales de campaña a la ciudad de Bogotá – Colombia, el 17 de diciembre de 2008; Que, debido a la importancia de esta actividad, provisionalmente los costos operativos del traslado de los hospitales de campaña a la ciudad de Bogotá – Colombia, serán asumidos por el Ministerio de Defensa – Fuerza Aérea del Perú, con cargo a ser reintegrado en el presupuesto del AF-2009; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley N° 29075 – Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº Descargado desde www.elperuano.com.pe