Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (17/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de diciembre de 2008 385327 son los responsables de planifi car y ejecutar la práctica pre-profesional, como parte del desarrollo del currículo formativo y dentro de su carga académica. 5.4.8 Certifi cación por módulo Las Direcciones Regionales de Educación (DRE), elevarán trimestralmente a la Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico-Productiva (DESTP) el cuadro de necesidades reales de formatos de certifi cados de módulos, de su región. Las DRE y/o UGEL, según el ámbito de su competencia, distribuirán los certifi cados por módulo a las direcciones de los Centros de Educación Técnico-Productiva, previa presentación de las resoluciones de aprobación de módulos, actas de evaluación y constancia de prácticas pre- profesionales realizadas. 5.4.9 Atención a estudiantes con necesidades educativas especiales Los CETPRO, para garantizar la atención adecuada a cada estudiante, según su discapacidad, la realizan con el aporte de los SAANEE de los Centros de Educación Básica Especial. 5.5 TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVALa Dirección de las IE debe implementar los programas y acciones: Educación Sexual Integral A través de la cual, se logrará que las y los estudiantes se desarrollen como personas autónomas y responsables y que ejerzan su sexualidad de manera plena y saludable de acuerdo a los lineamientos educativos y orientaciones pedagógicas de las R.D. N° 180-2008-ED y N° 181-2008-ED. Educación para la prevención de Infecciones de Transmisión Sexual VIH y el SIDA La cual permitirá desarrollar en los estudiantes capacidades, conocimientos y valores que les permitan asumir comportamientos responsables y saludables orientados prevenir las ITS, el VIH y el SIDA en la marco de la conservación de la salud integral y el desarrollo humano. R.D. N° 181-2008-ED. Promoción para una Vida sin Drogas Mediante la cual se desarrollará en las y los estudiantes capacidades y actitudes que les permitan manejar situaciones adversas (drogas y otras adicciones) en el marco de un estilo de vida saludable y tomando en cuenta la Campaña Educativa Nacional “Estudiantes sanos libres de drogas”. RVM N° 004-2007-ED. Derechos Humanos, Convivencia y Disciplina Escolar El que contribuirá a la promoción, defensa y respeto a los derechos de los niños, niñas y adolescentes, mediante la implementación de una propuesta de Convivencia y Disciplina Escolar, que promueva un clima institucional democrático y desarrolle la Campaña: “Tengo Derecho al Buen Trato” , orientada a la prevención del Abuso Sexual y la Explotación Sexual Comercial Infantil , así como a la implementación de la Defensoría Escolar del Niño y del Adolescente (DESNA) de acuerdo a Directiva Nº 002-2006-DITOE. Educación en Seguridad Vial Mediante el cual los estudiantes desarrollarán conocimientos, capacidades y actitudes que les permitan el cumplimiento de las normas de seguridad vial, a fi n de fomentar en ellos valores del respeto a la vida y la seguridad vial como bien común. - Conformar mediante Resolución Directoral el Comité de Tutoría y la designación de su coordinador y del responsable de la Convivencia y Disciplina Escolar. - Asegurar en cada sección, de primaria y secundaria, una hora semanal para la labor tutorial como parte de la jornada laboral del tutor. En ningún caso, un docente tendrá la tutoría en más de dos secciones. - Reconocer y estimular a través de RD, la labor de los docentes tutores. - Desarrollar la referencia y contrarreferencia para la derivación de los estudiantes que requieran atención a Instituciones especializadas. En las Instituciones Educativas no se dan terapias ni tratamiento psicológico. - Fortalecer las acciones de orientación y vigilancia del Comité de Tutoría y las DESNA, en zonas afectadas por desastres producidos por fenómenos naturales, destinadas a evitar que las condiciones de vida suscitadas por los desastres expongan a los estudiantes a situaciones que vulneren sus derechos y bienestar. - En las IE privadas se organizará el Comité de Tutoría de acuerdo a su R.I. y sus actividades. Las DRE y UGEL deben:- Garantizar y supervisar que eventos similares relativos a los programas de la Dirección de Tutoría y Orientación Educativa, se realicen en el marco de los lineamientos del Sector y que contribuyan a fortalecer las acciones existentes. - Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la RD Nº 086-2008-ED que aprueba la Directiva Nº 041-ME-VMGP/DITOE. El Director de la IE debe asegurar el desarrollo efectivo de la tutoría y orientación educativa en los campos: personal social, académico, vocacional, salud física y mental, nutrición, ayuda social y actualidad. Para el efecto, debe encargarse la tutoría a un profesor o profesora con el perfi l profesional respectivo para desarrollar este campo . 5.6 TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS PARA MEJORAR LOS APRENDIZAJES EN EL AULA Las direcciones de las IE públicas ejecutan las normas sobre la integración de las TIC que emite la Dirección General de Tecnologías Educativas (DIGETE). Las DRE y las UGEL deben:- Realizar el monitoreo y seguimiento e informar a la DIGETE. - Impulsar el Comité de Tecnologías Educativas en su jurisdicción en cumplimiento de la Directiva Nº 57-2008/DIGETE. - Apoyar las actividades de los programas, proyectos (Una Laptop por Niño, Televisión Educativa, Aulas de Innovación Pedagógica y Educación a Distancia) y convenios nacionales e internacionales que la DIGETE desarrolle en su jurisdicción. - Asegurar la entrega de las computadoras laptop XO de acuerdo con la Directiva Nº 018-2008MEVMGP/DIGETE aprobada por la RM Nº 0129-2008-ED. - Promover el aprovechamiento por los estudiantes y docentes de los programas televisivos transmitidos a través de la señal educativa satelital. - Organizar las Aulas de Innovación Pedagógica (AIP) como escenario de difusión, apropiación y aprovechamiento educativo de las innovaciones generadas con las TIC. - Ejecutar las tareas específi cas que los convenios (INTEL Educar, Microsoft, IBM, Oracle) establecen en su área de competencia. - Recopilar y seleccionar materiales educativos producidos con TIC por las I.E y remitirlos a la DIGETE para su publicación en el Portal Educativo Nacional (www.perueduca.edu.pe). - Propiciar y apoyar el desarrollo de actividades y uso de recursos que la DIGETE proporciona a través del Portal Educativo Nacional (www.perueduca.edu.pe) para la Educación a Distancia en general y la Educación Secundaria Rural a Distancia en particular. - Promover el uso de las TIC para superar las barreras de aprendizaje para los estudiantes con discapacidad y talento y/o superdotación. Cada UGEL proveerá las plazas de docente del AIP de la IE de su ámbito, en sus respectivos turnos, según la R.M. N° 0364-2003-ED. Dichos docentes cumplirán las siguientes funciones: - Administrar el AIP, asegurando el mantenimiento y operatividad de las computadoras, estableciendo sus horarios de uso y organizando los medios y materiales para el desarrollo de las sesiones de aprendizaje. - Apoyar a los docentes en la preparación y ejecución de las clases programadas para desarrollarse en el AIP. - Capacitar a los docentes de su IE y de su entorno local en el manejo de las TIC sin alterar su jornada laboral.Descargado desde www.elperuano.com.pe