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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (17/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de diciembre de 2008 385328 La Dirección de la IE pública es responsable de: - Emplear las TIC para reforzar el proceso de enseñanza-aprendizaje (según las orientaciones publicadas en el Portal Educativo Nacional: http://www.perueduca.edu.pe/web/visitante/aprovechamiento/enfoque) priorizando las actividades educativas con los estudiantes. - Velar por el cumplimiento estricto de las normas éticas, morales y de buenas costumbres al emplear las computadoras y otros medios y materiales TIC, prohibiendo el acceso a páginas web de contenido indecente y regulando el uso de la Internet. - Recabar las computadoras laptops entregadas a los estudiantes del sexto grado de primaria en el 2008, para ser entregadas a los estudiantes que el 2009 ingresen al primer grado de primaria. - Desarrollar actividades para que estudiantes y docentes elaboren materiales educativos con el uso de TIC e implementar un espacio digital donde se recopile los mismos. - Permitir el acceso libre de docentes y estudiantes al material educativo que distribuye la DIGETE. Su uso y reproducción debe realizarse sin fi nes de lucro y reconociendo y respetando la autoría del material. - Seleccionar y remitir a las UGEL los materiales educativos producidos con TIC. - Aplicar las normas de instalación y mantenimiento de equipos, seguridad y prevenciones emitidas por la DIGETE (R.S.G. Nº 503-2003-ED). Al término de la garantía con que el Ministerio entrega los equipos, las IE asumen, con apoyo de las DRE y UGEL, el mantenimiento y soporte de los mismos. - Todo software que se utilice debe contar con la respectiva licencia de uso, bajo responsabilidad de la Dirección de la IE. Capacitación Docente Las DRE, UGEL e IE públicas organizan y ejecutan la capacitación docente de los programas y proyectos señalados sin alterar la jornada laboral, en coordinación con la DIGETE, que suministra los contenidos, materiales y soporte de capacitación. Para ello deben:- Proponer a los docentes formadores de su jurisdicción que serán capacitados por la DIGETE y supervisados por los Especialistas en Tecnologías Educativas. - Organizar los eventos de capacitación de los docentes de su jurisdicción. - Asegurar las previsiones presupuestales para cubrir los gastos de pasaje, alojamiento y alimentación de los docentes que asistan a dichos eventos. - Emplear los espacios virtuales desarrollados por la DIGETE para la capacitación de los docentes y el reforzamiento del proceso de enseñanza-aprendizaje. - Promover actividades de aprovechamiento pedagógico de las TIC en las IE de su jurisdicción, a través de capacitaciones, exposiciones, seminarios, ferias y concursos. - Las IE brindan las facilidades requeridas para la realización de los eventos de capacitación. La DIGETE capacita a los docentes y especialistas en seguridad, mantenimiento, confi guración y manejo de los equipos de TIC de las IE públicas VI. PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PERMANENTE (PRONAFCAP) Está normado por el Decreto Supremo Nº 007-2007-ED del 02 de febrero del 2007 y las normas complementarias emitidas en el marco de este Decreto Supremo, para la ejecución del Programa durante el año 2009. VII. NORMAS ESPECÍFICAS DE GESTIÓN INSTITUCIONAL 7.1 Institución Educativa, Dirección Regional de Educación y Unidad de Gestión Educativa Local La IE pública prioriza antes del inicio del año escolar las siguientes acciones: - Elabora y aprueba mediante Resolución Directoral los Instrumentos de Gestión que regulan su funcionamiento integral. - Organiza el funcionamiento del Comité de Gestión de recursos directamente recaudados. - Elabora y aprueba mediante Resolución Directoral, el Cuadro para Asignación de Personal, el Cuadro de distribución de horas de clases y distribución de secciones, en base al Presupuesto Analítico de Personal aprobado por la UGEL. - Garantiza la adecuada y oportuna conservación y mantenimiento de la Infraestructura y equipamiento educativo, requeridos para el normal desarrollo de las actividades educativas. Durante el año escolar las IE públicas:- Priorizan las acciones orientadas a mejorar la calidad de los aprendizajes de los alumnos y el cumplimiento de las normas y procedimientos de la presente directiva. Esta disposición también se aplica a las IE privadas. - Priorizan la conformación y funcionamiento del Consejo Educativo Institucional (CONEI) dentro de los 45 días de iniciado el año escolar. En la reunión de instalación tienen la primera sesión ordinaria. En caso de que ya exista el CONEI, dentro de este mismo plazo el Director convoca a la primera reunión ordinaria del año y establece el cronograma de las reuniones. El Director de la IE Pública, bajo responsabilidad, promueve y conduce el funcionamiento del CONEI, impulsando los espacios de concertación, participación y vigilancia de la comunidad educativa. - Informan a la UGEL la conformación, instalación y funcionamiento de su Consejo Educativo Institucional. - Informan (03) veces al año el cumplimiento del total de horas efectivas de trabajo pedagógico según nivel y modalidad; el primer informe desde el inicio del año escolar hasta el 30 de junio, el segundo del 01 de julio al 30 de setiembre y el tercero desde el 1ro de octubre hasta la culminación del año escolar, de acuerdo con los formatos establecidos. - Pueden formar parte de redes educativas con la fi nalidad de intercambiar experiencias exitosas, optimizar los recursos destinados al servicio educativo e impulsar la capacitación en servicio del personal docente. En las Áreas Rurales, las redes educativas rurales se conforman en el ámbito distrital, considerando los criterios de proximidad geográfi ca, identidad cultural y facilidades de comunicación. - Las IE públicas, adecuan su estructura orgánica en el marco de la Ley Nº 28044 Ley General de Educación, el reglamento de Gestión del Sistema Educativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2005-ED y las normas específi cas que sobre el particular apruebe el MED. - El Director de la IE pública conformará, bajo responsabilidad, el comité de evaluación para ingreso al servicio educativo, integrado por: - El Director, quien lo preside- El Coordinador Académico del Área, o quien haga sus veces, - El Sub Director de Administración, si lo hubiera,- Un representante de los docentes por nivel o modalidad educativa - Dos representantes de los padres de familia, con voz y voto, elegidos por la asamblea general de los padres de familia. La DRE y la UGEL, de acuerdo a su ámbito y competencia, además de sus funciones normadas en la Ley General de Educación y sus Reglamentos y las disposiciones de estas normas, ejecutan las siguientes acciones: - Elaboran y actualizan, en coordinación con el Gobierno Regional, su Reglamento de Organización y Funciones, en el contexto del D.S. Nº 043-2006-PCM; el Cuadro para Asignación de Personal de acuerdo a las orientaciones establecidas en el D.S. Nº 043-2004-PCM y la R.M.Nº 298 - 2007 – ED, y el TUPA en el contexto del D.S. Nº 079-2007-PCM y la R.M.Nº 070-2008-ED, para su adecuación e inclusión en el TUPA de los Gobiernos Regionales respectivos. - Formulan y aprueban por R.D. su Manual de Organización y Funciones. - Promueven en las IE de su jurisdicción, los proyectos de innovación que lograron resultados exitosos, así como Descargado desde www.elperuano.com.pe