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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (24/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de diciembre de 2008 385892 requerimiento previo – léase previo apercibimiento de 48 horas(sic) – por cuanto éste se encuentra dentro del procedimiento de ejecución coactiva, que tiene como requisito de exigibilidad, que el acto administrativo esté emitido conforme a ley, bien notifi cado y fi rme, consecuentemente, propone una nueva redacción del artículo 24º que evite la ambigüedad del precepto; Estando a lo expuesto, con el voto unánime de sus miembros, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 5) del Artículo 20º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, se acordó emitir la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 24º DE LA ORDENANZA Nº 140-MDSM, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RAS) Y EL CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el artículo 24º de la Ordenanza Nº 140-MDSM, que aprueba el reglamento de aplicación de sanciones administrativas (RAS) y el cuadro único de infracciones y sanciones (CUIS), que queda redactado como sigue: “Artículo 24º.- Si el infractor no cumple la obligación de hacer y no hacer contenida en la resolución, siempre que ésta sea exigible o se encuentre fi rme, se remitirán los actuados a la Ejecutoría Coactiva para la ejecución forzada; exceptuando aquellas que le corresponde a la Gerencia de Policía Municipal y Control de la Ciudad, conforme al numeral 6.1.4 del artículo 6º del presente reglamento.” Artículo Segundo.- La presente norma entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 293910-1 Modifican la Ordenanza Nº 116-MDSM, que aprobó el Reglamento Interno del Concejo Distrital de San Miguel ORDENANZA Nº 168-MDSM San Miguel, 5 de diciembre de 2008EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELPOR CUANTO:El Concejo Municipal, en Sesión ordinaria de la fecha;CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con el mandato constitucional, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en el artículo 9º numeral 3) que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, bajo ese amparo se promulga la Ordenanza Nº 116-MDSM que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Distrital de San Miguel; Que, de acuerdo al artículo 23º numeral 3) del citado reglamento concordante con el artículo 27º del mismo, es función del Secretario General remitir a los Regidores cuarenta y ocho horas antes de la sesión, la agenda con los documentos que la sustenta, dejando únicamente para las situaciones de urgencia o de emergencia la convocatoria a través de otro medio idóneo, incluyendo el electrónico; Que, es conveniente por razones de efi ciencia y ahorro en el uso de los recursos municipales, generalizar el empleo del correo electrónico u otro medio idóneo, cuando se remita la agenda a los Regidores con los documentos que la sustentan, siempre y cuando permita esta modalidad confi rmar fehacientemente su recepción; Que, el artículo 20º numeral 20.1. de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que entre otras modalidades de notifi cación se encuentran en orden de prelación, luego de la notifi cación personal, aquella que se comunica a través de correo electrónico; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y en uso de las atribuciones conferidas al Concejo Municipal por el artículo 9º del citado cuerpo legal, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 23º Y 27º DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MIGUEL APROBADA POR ORDENANZA Nº 116-MDSM Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el numeral 3) del artículo 23º y el segundo párrafo del artículo 27º del Reglamento Interno del Concejo Distrital de San Miguel aprobado por ordenanza Nº 116-MDSM, que quedan redactados como sigue: “Artículo 23º.- El Secretario General del Concejo es un funcionario de confi anza designado por el Alcalde y tienen las siguientes funciones: //… 3. Remitir a los Regidores 48 horas antes de la sesión la agenda con los documentos que la sustentan, así como el proyecto del acta de la sesión anterior para su aprobación, a través de correo electrónico. Para tal fi n, la notifi cación electrónica surte efectos desde el día que llega a la dirección electrónica correspondiente. Sin perjuicio de que la Secretaría General compruebe el acuse de recibo, es responsabilidad del Regidor la revisión de su correo electrónico. En el caso de que el Regidor prefi era la notifi cación personal con la información sustentada, lo precisará por escrito en el día de notifi cado electrónicamente, durante la jornada de trabajo. Artículo 27º.- //… En situaciones de urgencia o de emergencia declaradas conforme a la ley, el Concejo Municipal podrá reunirse en sesión extraordinaria siempre que se cuente con el quórum de ley.” Artículo Segundo.- La Sub Gerencia de Informática, bajo responsabilidad, brindará el soporte técnico indispensable para asegurar el envío de la información. Artículo Tercero.- Las gerencias competentes además de la información impresa que proporcionen a la Secretaría General para cada sesión de Concejo, bajo responsabilidad, proporcionarán la misma, a través de correo electrónico, de modo que aseguren el reenvío a su destinatario. Artículo Cuarto.- La presente norma entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 293910-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Modifican el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000015 Callao, 18 de diciembre de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe