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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (24/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de diciembre de 2008 385887 ANEXO III ACTA DE OBSERVACIÓN DE ENTREGA DE MERCANCÍAS AL ALMACÉN Siendo las....(01)....del.....(02)..... de.........(03).........del.........(04)............personal del ……………(05)....…………....……; hace entrega a los almacenes, las mercancías consignadas en el “Acta de Inmovilización – Incautación” N° ……(06)……….…....……….....................................modalidad..........(07)......................., las mismas que son recibidas con las siguientes observaciones: N° Item Unid. FísicasDescripción de las observaciones (08) (09) (10) Salvo las observaciones descritas, la mercancía es recibida conforme. Nombre, registro y fi rma del servidor que entregaNombre, registro y fi rma del servidor o personal que se encarga de la recepción Leyenda: (01) HORA(02) DÍA(03) MES(04) AÑO(05) ÁREA DE LA INTENDENCIA QUE HACE LA ENTREGA (06) NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN DE LAS ACTAS ENTREGADAS (Ejem. Nºs. 3,4,6 -2008) (07) TIPO DE ACTA (MODALIDAD INMOVILIZACIÓN O INCAUTACIÓN) (08) ÍTEM DEL ACTA OBSERVADO(09) NÚMEROS DE UNIDADES FÍSICAS(10) DESCRIPCIÓN DE LA OBSERVACIÓN, RESPECTO AL ÍTEM 294082-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Otorgan autorización a Hanover Perú Selva S.R.L. para desarrollar actividad de generación de energía eléctrica, en el departamento de Loreto RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 048-2008-GRL/DREM Iquitos, 28 de noviembre de 2008Visto, el expediente Nº 1277-257 sobre solicitud de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la central térmica Shiviyacu – Lote 1 AB, organizado por HANOVER PERU SELVA S.R.L., inscrita en la Partida Nº 11007006 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº IV – Sede Iquitos; CONSIDERANDO:Que, HANOVER PERU SELVA S.R.L ha solicitado autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la central térmica Shiviyacu – Lote 1 AB con una potencia de generación de 3 MW; destinado a la exploración y explotación de Hidrocarburos; y, cuyo titular es PLUSPETROL NORTE S.A.; ubicado en el distrito de Trompeteros, provincia de Loreto del departamento de Loreto, cuyas coordenadas UTM fi guran en el Expediente. Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en el artículo 66º y 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación. Que, la peticionaria ha presentado una Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, así como Datos Técnicos, Ubicación de Instalaciones y demás informaciones estadísticas, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas. Que, tratándose de una central termoeléctrica, la peticionaria ha presentado la garantía establecida en los artículos 57º y 66º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, de conformidad con la Ley Nº 27783-Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867-Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 28273-Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, se viene ejecutando la transferencia de funciones y recursos de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales. Que, de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 550-2006-MEM/DM se han aprobado y transferido diversas funciones del Sector Energía y Minas al Gobierno Regional de Loreto, siendo así competente la Dirección Regional de Energía y Minas – DREM LORETO para Otorgar Autorizaciones y llevar el Registro de Generación de Energía Eléctrica con potencia instalada mayor a 500 Kw y menores a 10 MW (minicentrales), siempre que estén en la Región. Que, la Dirección Regional de Energía y Minas DREM LORETO, luego de haber verifi cado y evaluado la solicitud presentada por la peticionaria, ha observado el expediente emitiendo el Ofi cio Nº 771-2008-GRL/DREM-L, de fecha 07 de noviembre de 2008 en el cual se detallan las observaciones realizadas al expediente: a) Actualizar el Cronograma de Ejecución de Obra y presentar el Presupuesto Detallado del Proyecto de encontrarse éste en etapa de ejecución; y, b) Efectuar las publicaciones de la solicitud de autorización, de conformidad con el artículo 66º del D.S. Nº 009-93-EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas concordado con el artículo 25º del Decreto Ley Nº 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas; indicando a la empresa cumpla con levantar las observaciones efectuadas. Que, la peticionaria mediante Carta s/n de fecha 11 de noviembre de 2008, respecto al punto a) de las observaciones formuladas aclara que la obra ya se encuentra ejecutada. Asimismo, mediante Carta s/n de fecha 24 de noviembre cumplió con publicar su solicitud los días 22 y 23 de noviembre en el Diario Ofi cial El Peruano y en el diario La Región; de conformidad con lo establecido en el artículo 66º del D.S. Nº 009-93-EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas concordado con el artículo 25º del Decreto Ley Nº 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas. Que, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley y Reglamento de Concesiones Eléctricas; y en el TUPA de la DREM LORETO debidamente aprobado, la Unidad Técnica de Electricidad emitió el informe Nº 007-2008-GRL/DREM-FJSB, mediante el cual se recomienda Descargado desde www.elperuano.com.pe