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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (24/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de diciembre de 2008 385888 otorgar a la peticionaria la autorización de generación de energía eléctrica en la central termoeléctrica de Shiviyacu. Con la opinión favorable de la Unidad Técnica de Electricidad y de la Unidad Técnica de Asesoría Legal de la DREM LORETO; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Otorgar autorización por tiempo indefi nido a HANOVER PERU SELVA S.R.L., que se identifi cará con código Nº 0001 para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Termoeléctrica Shiviyacu – Lote 1 AB, con una potencia instalada de 3 MW, ubicada en el distrito de Trompeteros, provincia de Loreto y departamento de Loreto. Artículo Segundo.- La titular está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación; así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Artículo Tercero.- La presente Resolución Directoral Regional, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición; y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- Dar cuenta a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Loreto, para su debido conocimiento y demás fi nes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.ROSALINDA PASTOR ROJAS Directora RegionalDirección Regional de Energía y Minas 293977-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Modifican el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 164-A/MDC Carabayllo, 10 de diciembre de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO:VISTO: En Sesión de Concejo Extraordinaria de la fecha el Dictamen Nº 006-2008-CEPP/MDC presentado por la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto y sobre la propuesta de aprobación de la nueva estructura organizacional, el Proyecto de Reglamento de Organizaciones y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Carabayllo; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al Art. 194º, del Capítulo XIV, del Título IV, de la Constitución Política vigente y a los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son órganos de gobierno promotores del desarrollo local con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que el inciso 3) del Art. 9º y el Art. 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece como atribución del Concejo Municipal, el aprobar el Régimen de Organización interior y funcionamiento del Gobierno Local, Administración Municipal que debe adoptar una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior; Que, por Acuerdo de Concejo, se aprobó la Ordenanza Nº 126-A/MDC de fecha 21.07.2007 el Reglamento de Organización y Funciones –ROF – Incluyendo el Organigrama Estructural que consta de 149 Artículos, Cinco Disposiciones Complementarias, Una Disposición Transitoria y Cinco Disposiciones Finales; el cual fue modifi cado por Ordenanza Municipal Nº 149-A/MDC, de fecha 24.03.2008, modifi cándose además los Artículos 94º, 113º y 116º; Que, la Adecuación de la Administración, a la Nueva Estructura Orgánica y la Formulación de los respectivos Documentos de Gestión, son procesos que obligan a una metodológica y sistemática tarea, que conforme a la normatividad vigente del reciente dispositivo emitidos con D.S. Nº 043 por la PCM permite realizar las modifi caciones que se requieren para modernizar la Institución, iniciándose este proceso por revisar la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad, subsanando omisiones y adecuándolos a las variaciones que se han producido en la normatividad legal, así como efectuando ajustes de carácter funcional para mejorar la efi ciencia y efi cacia de los distintos órganos de la Municipalidad, dándoles la necesaria organicidad para el cumplimiento de las atribuciones, competencias y funciones que corresponden, conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto ha elaborado el Proyecto de la Modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) que da la Adecuación de la Municipalidad de Carabayllo a la Nueva Estructura Orgánica revisada y concordada, el mismo que debe ser aprobado por el Concejo Municipal; En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO: Artículo Primero.- MODIFICAR el Reglamento de Organización y Funciones – ROF - de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, aprobadas por Ordenanzas Nº 126 y Nº 149 -A/MDC, de fecha 21.07.2007 y 24.03.2008 respectivamente, debiendo entrar en vigencia el Organigrama Estructural aprobado por la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia Municipal proceda a la adecuación normativa de la presente Ordenanza y a la Secretaría General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; y en el portal electrónico del Consejo Nacional de Descentralización, conforme lo establecido por la Ley 27972 y el D.S Nº 043-2006-PCM, respectivamente. Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde a emitir las disposiciones y normas necesarias para la correcta aplicación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad, entre otras, la redacción de las respectivas funciones de cada unidad orgánica en un texto único ordenado de dicho documento de Gestión Institucional con las modificaciones anteriores y las aprobadas por la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- FACULTAR al Alcalde la implementación del Nuevo Reglamento de Organizaciones y Funciones de acuerdo con el potencial humano y los recursos presupuestarios disponibles. Artículo Quinto.- DEROGAR las normas y disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA AlcaldeDescargado desde www.elperuano.com.pe