Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2008 (31/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2008

sorprendido al magistrado en la comision de flagrante delito, hecho del cual no se hizo mencion en las citadas resoluciones; sin embargo, en el presente MORDAZA disciplinario si se ha acreditado que el doctor MORDAZA del MORDAZA ha incurrido en inconducta funcional que amerita la sancion de destitucion, por lo que dichas pruebas no desvirtuan la sancion impuesta; Trigesimo Sexto.- Que, los argumentos del recurso de reconsideracion interpuesto por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, no modifican de modo alguno los fundamentos de la Resolucion N° 088-2008-PCNM de fecha 25 de MORDAZA de 2008, ni desvirtuan los criterios que se tuvieron en cuenta para expedir la misma, por lo que el citado recurso de reconsideracion deviene en infundado; MORDAZA MORDAZA MORDAZA 295901-2

de la Entidad recae en la Vicecontralora General de la Republica, teniendo en cuenta que, a la fecha, constituye la MORDAZA autoridad institucional, al ser el MORDAZA funcionario en rango del Sistema Nacional de Control, segun lo previsto en el articulo 33° de la Ley N° 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2009; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Aprobar las normas de austeridad, racionalidad y de gastos de personal a aplicarse durante el ano fiscal 2009, en la Contraloria General de la Republica, en los terminos que se senalan a continuacion:

CONTRALORIA GENERAL
Aprueban normas de austeridad, racionalidad y de gastos de personal a aplicarse durante el ano fiscal 2009 en la Contraloria General
RESOLUCION DE VICECONTRALORA Nº 055-2008-CG MORDAZA, 30 de diciembre de 2008 Vistos, la Hoja de Recomendacion Nº 016-2008-CG/ GG de la Gerencia General y el Memorando N° 014562008-CG/FI de la Gerencia de Finanzas de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica es una entidad descentralizada de derecho publico, que goza de autonomia administrativa, funcional economica y financiera, que cautela el uso eficiente, eficaz y economico de los recursos del Estado, la correcta gestion de la deuda publica, asi como la legalidad de la ejecucion del presupuesto del sector publico y de los actos de las instituciones sujetas a control; coadyuvando al logro de los objetivos del Estado en el desarrollo nacional y bienestar de la sociedad peruana; Que, la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2009, establece que las normas de austeridad, racionalidad y de gastos de personal a aplicarse durante el mencionado ano, para el caso de la Contraloria General de la Republica, deben ser aprobadas y dictadas mediante resolucion de su Titular, las que deben publicarse en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2008 y regir a partir del 1 de enero de 2009; Que, mediante la Hoja de Recomendacion de vistos, la Gerencia General propone las normas de austeridad, racionalidad y de gastos de personal a aplicarse en la Entidad durante el ano fiscal 2009, para el uso eficiente de los recursos publicos que permitan racionalizar el gasto y asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la entidad, coadyuvando a una optima gestion de los recursos de la Contraloria General de la Republica; Que, en consecuencia, es necesario aprobar y dictar las normas de austeridad, racionalidad y de gastos de personal, a efectos de regular las actividades propias de este Organismo Superior de Control; Que, conforme a lo senalado en el numeral 7.1 del articulo 7° de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, "...el Titular de una Entidad es su mas alta Autoridad Ejecutiva...", aspecto por el cual, habiendo culminado el mandato del Contralor General de la Republica, sin que se MORDAZA designado a su sucesor, la condicion de Titular

a. Queda prohibido efectuar gastos por concepto de horas extras, de ser necesario, la Gerencia de Recursos Humanos establecera turnos o mecanismos que permitan mantener el adecuado cumplimiento de las funciones de la entidad. b. Restrinjase el gasto de combustible de los vehiculos asignados a actividades administrativas, a un MORDAZA de cincuenta (50) galones mensuales por vehiculo, con excepcion de aquellos destinados al servicio oficial de la alta direccion y los utilizados para la ejecucion de las labores de control gubernamental y fiscalizacion que realiza la entidad. c. Por los servicios de telefonia movil y comunicacion por radio celular, solo se podra asumir un gasto total de hasta S/. 150.00 (Ciento cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, por equipo. La diferencia de consumo en la facturacion es abonada por el funcionario o trabajador que tenga asignado el equipo, conforme al procedimiento establecido por la entidad. No puede asignarse mas de un (1) equipo por persona. No es de aplicacion la restriccion de gasto senalado en el parrafo precedente para el Contralor General de la Republica, la Vicecontralora General de la Republica, el Secretario General y el Gerente General de la entidad y aquel funcionario o servidor que, por la naturaleza de su funcion, requiera el uso del referido servicio, este ultimo previa evaluacion y autorizacion de la Gerencia General. d. Los contratos de prestacion de servicios no autonomos que se celebren con personas naturales, en el MORDAZA del regimen especial de contratacion administrativa de servicios, tendran como tope MORDAZA, por concepto de honorarios mensuales, el monto de Quince Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 15,00.00). e. La Gerencia General emitira las directivas internas correspondientes sobre medidas de austeridad, racionalidad y de gastos de personal complementarias para el ejercicio 2009, en el MORDAZA de lo establecido en el articulo 5º y Primera Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 29289 y el articulo 34º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica. Articulo Segundo.- El Gerente General MORDAZA cuenta al Titular de la Entidad sobre el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Tercero.- La presente Resolucion rige a partir del 1 de enero de 2009, la misma que sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Tecnologias y Sistemas de Informacion la publicacion de la presente Resolucion, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA de la Contraloria General de la Republica (www.contraloria.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General de la Republica 295899-1

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