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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (31/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 100

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387298 sorprendido al magistrado en la comisión de fl agrante delito, hecho del cual no se hizo mención en las citadas resoluciones; sin embargo, en el presente proceso disciplinario sí se ha acreditado que el doctor Alarcón del Portal ha incurrido en inconducta funcional que amerita la sanción de destitución, por lo que dichas pruebas no desvirtúan la sanción impuesta; Trigésimo Sexto.- Que, los argumentos del recurso de reconsideración interpuesto por el doctor Carlos Alberto Alarcón del Portal, no modifi can de modo alguno los fundamentos de la Resolución N° 088-2008-PCNM de fecha 25 de julio de 2008, ni desvirtúan los criterios que se tuvieron en cuenta para expedir la misma, por lo que el citado recurso de reconsideración deviene en infundado; ANIBAL TORRES VASQUEZ 295901-2 CONTRALORIA GENERAL Aprueban normas de austeridad, racionalidad y de gastos de personal a aplicarse durante el año fiscal 2009 en la Contraloría General RESOLUCIÓN DE VICECONTRALORA Nº 055-2008-CG Lima, 30 de diciembre de 2008Vistos, la Hoja de Recomendación Nº 016-2008-CG/ GG de la Gerencia General y el Memorando N° 01456-2008-CG/FI de la Gerencia de Finanzas de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de derecho público, que goza de autonomía administrativa, funcional económica y fi nanciera, que cautela el uso efi ciente, efi caz y económico de los recursos del Estado, la correcta gestión de la deuda pública, así como la legalidad de la ejecución del presupuesto del sector público y de los actos de las instituciones sujetas a control; coadyuvando al logro de los objetivos del Estado en el desarrollo nacional y bienestar de la sociedad peruana; Que, la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2009, establece que las normas de austeridad, racionalidad y de gastos de personal a aplicarse durante el mencionado año, para el caso de la Contraloría General de la República, deben ser aprobadas y dictadas mediante resolución de su Titular, las que deben publicarse en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2008 y regir a partir del 1 de enero de 2009; Que, mediante la Hoja de Recomendación de vistos, la Gerencia General propone las normas de austeridad, racionalidad y de gastos de personal a aplicarse en la Entidad durante el año fiscal 2009, para el uso eficiente de los recursos públicos que permitan racionalizar el gasto y asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la entidad, coadyuvando a una óptima gestión de los recursos de la Contraloría General de la República; Que, en consecuencia, es necesario aprobar y dictar las normas de austeridad, racionalidad y de gastos de personal, a efectos de regular las actividades propias de este Organismo Superior de Control; Que, conforme a lo señalado en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, “…el Titular de una Entidad es su más alta Autoridad Ejecutiva…”, aspecto por el cual, habiendo culminado el mandato del Contralor General de la República, sin que se haya designado a su sucesor, la condición de Titular de la Entidad recae en la Vicecontralora General de la República, teniendo en cuenta que, a la fecha, constituye la máxima autoridad institucional, al ser el segundo funcionario en rango del Sistema Nacional de Control, según lo previsto en el artículo 33° de la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2009; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar las normas de austeridad, racionalidad y de gastos de personal a aplicarse durante el año fi scal 2009, en la Contraloría General de la República, en los términos que se señalan a continuación: a. Queda prohibido efectuar gastos por concepto de horas extras, de ser necesario, la Gerencia de Recursos Humanos establecerá turnos o mecanismos que permitan mantener el adecuado cumplimiento de las funciones de la entidad. b. Restrínjase el gasto de combustible de los vehículos asignados a actividades administrativas, a un máximo de cincuenta (50) galones mensuales por vehículo, con excepción de aquellos destinados al servicio ofi cial de la alta dirección y los utilizados para la ejecución de las labores de control gubernamental y fi scalización que realiza la entidad. c. Por los servicios de telefonía móvil y comunicación por radio celular, sólo se podrá asumir un gasto total de hasta S/. 150.00 (Ciento cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, por equipo. La diferencia de consumo en la facturación es abonada por el funcionario o trabajador que tenga asignado el equipo, conforme al procedimiento establecido por la entidad. No puede asignarse más de un (1) equipo por persona. No es de aplicación la restricción de gasto señalado en el párrafo precedente para el Contralor General de la República, la Vicecontralora General de la República, el Secretario General y el Gerente General de la entidad y aquel funcionario o servidor que, por la naturaleza de su función, requiera el uso del referido servicio, éste último previa evaluación y autorización de la Gerencia General. d. Los contratos de prestación de servicios no autónomos que se celebren con personas naturales, en el marco del régimen especial de contratación administrativa de servicios, tendrán como tope máximo, por concepto de honorarios mensuales, el monto de Quince Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 15,00.00). e. La Gerencia General emitirá las directivas internas correspondientes sobre medidas de austeridad, racionalidad y de gastos de personal complementarias para el ejercicio 2009, en el marco de lo establecido en el artículo 5º y Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 29289 y el artículo 34º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Artículo Segundo.- El Gerente General dará cuenta al Titular de la Entidad sobre el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- La presente Resolución rige a partir del 1 de enero de 2009, la misma que será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías y Sistemas de Información la publicación de la presente Resolución, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese, ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la República 295899-1Descargado desde www.elperuano.com.pe