Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2008 (31/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2008

Luego el expediente sera puesto en consideracion del Pleno del Consejo para su admision a tramite"; Que, con fecha 09 de diciembre del 2008 se ha llevado a cabo la entrevista de los Promotores y Comision Organizadora propuesta del Proyecto de Universidad Maritima del Peru, con los miembros del Pleno del CONAFU; en cumplimiento con la MORDAZA descrita en el parrafo anterior; Que, en sesion de fecha 09 y 10 de diciembre del 2008, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 518-2008-CONAFU acuerda admitir a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Maritima del Peru, presentado por la Promotora "Consorcio Educativo MORDAZA SAC", debidamente representado por su Gerente General, MORDAZA Japura Gomez; la misma que se admite con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Derecho MORDAZA y Servicios Aduaneros, 2) Ingenieria de la Produccion e Industrializacion de Recursos Hidrobiologicos, 3) Ingenieria de Navegacion y MORDAZA Mercante, 4) Ingenieria de Sistemas y Telematica, y 4) Ingenieria del Transporte Maritimo y Gestion Logistica Portuaria; Por estas Consideraciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Maritima del Peru, presentado por la Promotora "Consorcio Educativo MORDAZA SAC", debidamente representado por su Gerente General, MORDAZA Japura Gomez; la misma que se admite con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Derecho MORDAZA y Servicios Aduaneros, 2) Ingenieria de la Produccion e Industrializacion de Recursos Hidrobiologicos, 3) Ingenieria de Navegacion y MORDAZA Mercante, 4) Ingenieria de Sistemas y Telematica, y 4) Ingenieria del Transporte Maritimo y Gestion Logistica Portuaria. Articulo Segundo.- Prosigase con el tramite de la solicitud de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Maritima del Peru, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU -aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFUy toda la normatividad vigente del CONAFU. Articulo Tercero.- REQUERIR a la Promotora del Proyecto de Universidad Maritima del Peru para que CUMPLA con acreditar el pago por Derecho de Evaluacion para la Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional de su Proyecto Universitario, conforme al item 6 del MORDAZA - 2008 de CONAFU. Articulo Cuarto.- Solicitar a la Asamblea Nacional de Rectores dar tramite a los actos administrativos que permitan la ejecucion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente JIMS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 295202-1

EL PRESIDENTE (E) DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS:

El Informe Nº 065-2008-ANR/DGPU de fecha 28 de noviembre de 2008, el Oficio Nº 1539-2008-ANR/SE de fecha 28 de noviembre de 2008, el Informe Nº 860-2008DGAJ de fecha 28 de noviembre de 2008, el Informe del Director General de Auditoria de fecha 28 de noviembre de 2008; y, CONSIDERANDO:

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Aprueban Escala Remunerativa en contratos bajo el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION N° 1039-2008-ANR MORDAZA, 28 de noviembre de 2008

Que, mediante informe de Vistos la Directora General de Planificacion Universitaria hace llegar la propuesta de Adenda para la modificacion de los contratos del personal contratado y que realizan labores adicionales de aquellas para las que fueron contratados de acuerdo a los terminos de referencia de los requerimientos iniciales; Que, habiendose incrementado las actividades que actualmente realiza el personal contratado de la ANR, se ha considerado un mecanismo para la aplicacion de una escala remunerativa que permita uniformizar las percepciones economicas con las actividades realizadas, siendo el mismo: en el caso de los contratos vigentes, la inclusion de una clausula de Adenda en los contratos que permita la adecuacion del personal contratado al MORDAZA regimen especial de Contratacion Administrativa de Servicios; y para los nuevos contratos por celebrarse la inclusion de todas las actividades contempladas anteriormente y aquellas actividades adicionales que requiera el perfil del profesional; Que, mediante Informe Nº 860-2008-DGAJ, el Director General de Asesoria Juridica, informa que la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008 establece en su Primera Disposicion Final que: "Las entidades pueden prorrogar, directa o sucesivamente, los contratos de locacion de servicios o servicios no personales suscritos con personas naturales que esten vigentes al 31 de diciembre de 2007, previa evaluacion. El plazo de dichos contratos, conforme a la presente MORDAZA, puede prorrogarse hasta por un ano. Entiendase por prorroga la ampliacion del plazo del contrato que debe realizarse MORDAZA de su vencimiento para ser valida. Asimismo, se pueden celebrar nuevos contratos de locacion de servicios no personales, siempre y cuando sea para el reemplazo de aquel que venia prestando servicios y cuya relacion contractual MORDAZA culminado"; por lo que opina que de conformidad con la normatividad vigente, la MORDAZA presupuestaria no hace ninguna referencia a la prohibicion de aplicar una mayor escala economica, con motivo que actividades adicionales, como viene realizando el personal contratado; Que, asimismo el Director General de Auditoria, mediante informe de fecha 28 de noviembre de 2008, con respecto a la propuesta de adenda en los contratos por incremento de actividades que realiza el personal contratado de la ANR, senala en su 4ta. recomendacion que: "Se emita una Directiva que estandarice los niveles remunerativos de acuerdo a las funciones que desempena el personal contratado, en cada una de las areas y de acuerdo a la Estructura Organizacional, evitando que por la realizacion de funciones similares se tenga diferencias sustanciales en los montos de los contratos"; Que, debido a que el Ministerio de Economia y Finanzas aprobo la ampliacion de calendario de compromisos para el mes de diciembre del presente ano, el presupuesto institucional permite la aplicacion de la propuesta descrita en parrafos anteriores por un monto total de S/. 178 868,00; De conformidad con la Ley Universitaria y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Escala Remunerativa, que forma parte de la presente resolucion, para su aplicacion a partir del 1ro. de diciembre del presente ano, en los contratos bajo el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios. Articulo 2º.- Autorizar a la Direccion General de Administracion la inclusion de una adenda de modificacion

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