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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387299 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Aprueban solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Distrito de Ccapi para la reinscripción de libros de Actas de Nacimientos, Matrimonios y Defunciones de asientos efectuados en diversos años RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 864-2008-JNAC/RENIEC Lima, 18 de diciembre de 2008VISTOS: el Informe N° 001235-2008/SGGTRC/ GRC/RENIEC de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles y el Informe N° 000302-2008-GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo señalado por la Primera Disposición Final de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, los Registros de las Ofi cinas de Registro de Estado Civil a que se refi ere la Ley N° 26242, deberán continuar con el proceso de reinscripción; Que, la Ofi cina de Registro de Estado Civil del Distrito de Ccapi, Provincia de Paruro, Departamento de Cusco, ha cumplido con los requisitos establecidos para el proceso de reinscripción solicitado; Que, la solicitud de reinscripción contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil la aprobación pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente autónomo, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles, y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - Ley Nº 26497, y el Reglamento de Organización y Funciones; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la solicitud de la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Distrito de Ccapi, Provincia de Paruro, Departamento de Cusco, para la Reinscripción de Libros de Actas de Nacimientos, Matrimonios y Defunciones de los asientos efectuados desde el año 1920 al 27 de marzo de 1967. Artículo 2°.- Autorizar a la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Distrito de Ccapi, Provincia de Paruro, Departamento de Cusco, para que proceda a la apertura del Registro de Libro de Nacimientos, Matrimonios y Defunciones, con la fi nalidad de implementar el proceso de reinscripción que se aprueba con la presente Resolución, con sujeción a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Artículo 3°.- Considerándose que los Libros de Reinscripción deben tener el mismo Formato Ofi cial con la consignación expresa por selladura “Reinscripción – Ley N° 26242 – 26497”, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, deberá proveer los libros ofi ciales requeridos expresamente por la Ofi cina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 295906-2Modifican Res. N° 742-2008/JNAC/ RENIEC referente al empadronamiento de personas mayores de edad que requieren tramitar su DNI RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 870-2008-JNAC/RENIEC Lima, 22 de diciembre de 2008VISTOS: El Ofi cio Nº 005751-2008/GOR/RENIEC de la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe N°001018-2008-GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Resolución Jefatural N° 742-2008/JNAC/ RENIEC, de fecha 28 de octubre del 2008 en su primer artículo, aprobó realizar el empadronamiento de las personas mayores de edad que requieran tramitar su DNI por primera vez y que no cuentan con la copia de su acta de nacimiento, delimitando este benefi cio a aquellas personas mayores de edad, con excepción de los nacidos en el año 1991; Que, a través del ofi cio del visto, la Gerencia de Operaciones Registrales remitió a la Jefatura Nacional la propuesta relacionada con la implementación del proceso de empadronamiento de las personas mayores de edad indocumentadas, en la cual solicita se modifi que el benefi cio aprobado por la Resolución N° 742-2008/JNAC/RENIEC, en el sentido que se limite la edad a los mayores de 25 años; Que, la propuesta desarrollada por la Gerencia de Operaciones Registrales para la Implementación del proceso de empadronamiento de personas mayores de edad indocumentadas, estableció que los factores que agravan la indocumentanción en el país estriban en la violencia política vivida durante las últimas dos décadas, que ocasionó la destrucción de los archivos de los Registros Civiles; el movimiento migratorio de la población; el temor a inscribir el nacimiento y/o la renovación de la documentación. También menciona el documento, que es motivo adicional las pocas Ofi cinas de Registros Civiles, lo cual aunado a las grandes distancias y, a la difícil geografía hacen que sea muy oneroso el desplazamiento de los ciudadanos hacia éstas; Que, bajo el análisis del documento antes citado, los ciudadanos que, no se encuentran en las situaciones mencionadas en el considerando anterior y que, recientemente han cumplido la mayoría de edad, podrían verse benefi ciados de un proceso que en realidad está dirigido a los ciudadanos que se encuentran en condiciones mucho más precarias; Que, el análisis realizado para la aprobación de la Resolución Jefatural N°742-2008/JNAC/RENIEC tuvo en cuenta el dato estadístico proporcionado por el XI Censo de Población y IV de Vivienda del año 2007, el cual arrojó que el 3.2% de la población mayor de edad, no contaba con un documento de identidad; por lo que, teniendo en cuenta que el benefi cio establecido por la Resolución antes mencionada está dirigido a aquellas personas de más escasos recursos, se hace necesario reducir el límite de edad a los mayores de 25 años, a fi n de benefi ciar al grupo objetivo; Estando a las facultades conferidas por la Ley N°26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y, al Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N°293-2008-JNAC/RENIEC de fecha 21 de mayo de 2008 y su modifi catoria, la Resolución Jefatural N°409-2008-JNAC/RENIEC del 30 de junio del 2008; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modifi car el artículo Primero de la Resolución N°742-2008/JNAC/RENIEC del 28 de octubre del 2008 quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo Primero.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales para que, a través de las Ofi cinas Registrales, Agencias y Puntos de Atención de las Jefaturas Regionales a nivel nacional, realicen el Descargado desde www.elperuano.com.pe