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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2008 (05/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de enero de 2008 363175 Nº ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS DÍAS TOTAL S/. 1 PIURA Y SULLANA 60 426 990,00 TOTAL 426 990,00 Dicha autorización es por el período de sesenta (60) días calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la situación de desabastecimiento inminente prevista en el artículo precedente, debiéndose efectuar las adquisiciones de alimentos preparados en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4º.- DISPONER, que la Ofi cina General de Administración comunique a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º.- DISPONER, que el Órgano de Control Institucional inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o confi guración de la situación de desabastecimiento que se aprueba. Artículo 7º.- REMITIR, copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fi nes de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO CARRIÓN ZAVALA PresidenteConsejo Nacional Penitenciario 148531-1 Aprueban el Reglamento General de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 003-2008-INPE/P Lima, 3 de enero de 2008 VISTO, el Ofi cio Nº 738-2007-INPE-08 de fecha 21 de mayo de 2007, de la Ofi cina General de Seguridad, el Memorando Nº 424-2007-INPE/02 de fecha 19 de noviembre del 2007 de la Vicepresidencia del INPE, sobre el proyecto del “Reglamento General de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario”. CONSIDERANDO: Que, el sistema de seguridad en los establecimientos penitenciarios se encuentra regulado por el Código de Ejecución Penal, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 654 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, refi ere que la Dirección de Seguridad Penitenciaria es el órgano encargado de formular y proponer la normatividad sobre seguridad integral, así como, coordinar las medidas que la garanticen; Que, el Instituto Nacional Penitenciario necesita contar con un sólo instrumento técnico en materia de seguridad a fi n de garantizar la ejecución de las acciones de seguridad integral de los establecimientos penitenciarios y dependencias conexas, para brindar las condiciones óptimas en el desarrollo de las actividades de administración y tratamiento del Sistema Penitenciario Nacional; Estando a lo propuesto por la Dirección de Seguridad Penitenciaria, a lo opinado por las Ofi cinas de Planeamiento y Presupuesto, Asesoría Jurídica y Dirección de Tratamiento Penitenciario y contándose con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario y de las Ofi cinas de Seguridad Penitenciaria, Planeamiento y Presupuesto, Asesoría Jurídica y Tratamiento; Que, el presente reglamento debe ser publicado en el Portal del Estado Peruano e Institucional, de conformidad a la única disposición complementaria de la Ley Nº 29091 y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 654 “Código de Ejecución Penal”, Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS “Reglamento del Código de Ejecución Penal”, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS “Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario” y en uso a las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 152-2007-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR, el “Reglamento General de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario”, que consta de cinco (05) Títulos, dieciocho (18) Capítulos, doscientos noventa y dos (292) Artículos y treinta y cuatro (34) Anexos, siete (07) disposiciones transitorias que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución Presidencia Nº 221-2006-INPE/P de fecha 29 de marzo de 2006, que aprueba la Directiva Nº 004-2006-INPE “Lineamientos y Procedimientos Operativos para el Personal de Revisión en los Establecimientos Penitenciarios, Dependencias Conexas del Instituto Nacional Penitenciario”, Resolución Presidencial Nº 069-2004-INPE/P de fecha 16 de febrero de 2004, que aprueba el “Reglamento que Norma los Procedimientos Administrativos y Operativos para la Adquisición, Uso, Mantenimiento, Registro y Control del Armamento, Municiones y Equipos de Seguridad en el Instituto Nacional Penitenciario”, Resolución Presidencial Nº 761-2003-INPE/P de fecha 25 de noviembre de 2003, que aprueba el “Reglamento de Seguridad de los Establecimientos Penitenciarios del Instituto Nacional Penitenciario”, Resolución Presidencial Nº 198-2001-INPE/P de fecha 22 de enero de 2001, que aprueba la Directiva Nº 001-2001-INPE “Normas y Lineamientos para la Formulación del Estudio de Seguridad y Planes de Seguridad de los Establecimientos Penitenciarios y Dependencias Conexas del INPE”, Resolución Presidencial Nº 738-2000-INPE-P de fecha 30 de noviembre de 2000, que aprueba la Directiva Nº 016- 2000-INPE “Normas y Lineamientos Operativos para la Ejecución de los Ejercicios de Tiro Real del Personal de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario”, Resolución del Presidente de la Comisión Reorganizadora Nº 073-99-INPE-P de fecha 17 de febrero de 1999, que aprueba la Directiva Nº 001-99-INPE-P-OGS-OSP, “Normas de Seguridad, para Detectar, Prevenir, Neutralizar y/o Contrarrestar O portuna y Satisfactoriamente Ataques, Rescates, Toma de Rehenes y/o Fugas de Internos por Terrorismo, Traición a la Patria y por Delitos Comunes”, Resolución del Presidente de la Comisión Reorganizadora Nº 008-97-INPE-CR-P de fecha 6 de enero de 1997 “Manual de Procedimientos Operativos de los Equipos de Comunicaciones del Instituto Nacional Penitenciario”, Resolución Presidencial Nº 538-INPE-CNP-P de fecha 9 de noviembre de 1994 que aprueba la Directiva Nº 006-INPE-DGSP-04.03 “Normas y Procedimientos Operativos de Seguridad para el Personal que Labora en la Sede Central y Otras Dependencias Administrativas del Instituto Nacional Penitenciario a Nivel Nacional”. Artículo 3º.- Las disposiciones del presente Reglamento son de cumplimiento obligatorio por todo el personal del Instituto Nacional Penitenciario. Artículo 4º.- La Ofi cina General de Administración y Dirección de Seguridad Penitenciaria quedan encargadas de la impresión y difusión respectiva de la presente norma, concordante con la Ley Nº 27806.