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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de enero de 2008 363190 MDLV de la Subgerencia de Personal, a fi n que realice su descargo siendo que a la fecha no ha presentado su descargo; Que, conforme al artículo 109º del Decreto Legislativo Nº 276, se entiende como licencia aquella autorización que se concede al trabajador para que pueda ausentarse del centro de trabajo por determinado período de tiempo, las cuales pueden iniciarse a petición de parte, estando condicionada a la conformidad que brinde el funcionario competente de la entidad, formalizándose las licencias a través de la resolución correspondiente; Que, asimismo, conforme lo establece el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM en su artículo 115º, precisa que la licencia por asuntos particulares se concede hasta por un máximo de noventa (90) días calendario, los cuales pueden ser continuos o alternados-acumulados, en el período de los últimos doce (12) meses, los que se cuentan desde la fecha de reincorporación al servicio, después de la realización de la licencia. Una vez que el trabajador haya utilizado el tiempo máximo permitido, no puede volver a solicitar una nueva licencia, hasta que transcurra doce (12) meses de trabajo efectivo, después de la fecha de su reincorporación; Que, de los antecedentes que obran en autos, se puede observar que la servidora pública no cuenta con Resolución que le otorgue licencia sin goce de haber, tal como así lo precisa el Informe Nº 082-07/CAP-SGP-GA/MDLV que obra a fojas catorce (14), Informe Nº 010-07/MDLV e Informe Nº 011-07-MDLV, a fojas quince (15) y dieciséis (16), respectivamente; resultando, que la servidora pública no ha marcado su tarjeta de control de asistencia desde el 20 de setiembre del 2006; En tal sentido, que del análisis y evaluación de la documentación obrante en autos, se puede apreciar que existen elementos de juicio sufi cientes que harían presumir la comisión de falta administrativa de carácter disciplinario de parte de la servidora pública Roxana Victoria Portal Donayre, al haber incurrido en faltas injustifi cadas por más de tres días consecutivos, con el agravante de abandono de trabajo transgrediendo de esta manera las obligaciones que tiene todo servidor previstos en el artículo 21º incisos a) y h) concordante con el artículo 28º incisos a) y k) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de La Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de la Municipalidad de La Victoria, concordante con el artículo 126º, 127º, 150º, 166º, 167º, 168º y 172º del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Por lo expuesto y de acuerdo a las facultades delegadas mediante Resolución de Alcaldía Nº 072A-2007-ALC. SE RESUELVE:Artículo Primero.- INSTAURAR PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a la servidora pública ROXANA VICTORIA PORTAL DONAYRE, por la presunta comisión de las infracciones contempladas en el literal a) y k) del Art. 28º del Dec. Leg. Nº 276 conforme se expone en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Notifi car la presente resolución a la servidora pública ROXANA VICTORIA PORTAL DONAYRE, a efectos que presente sus descargos en el plazo de ley. Asimismo, REMITIR los actuados a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VICTOR H. MANCHEGO NAPURI Gerente Municipal 148479-1Inician Proceso Administrativo Disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad RESOLUCION N° 197 2007-GM/MDLV La Victoria, 14 de diciembre de 2007VISTOS.- El Memorando N° 067-2007-ALC/MDLV de fecha 17 de septiembre de 2007, emitido por el Gerente Municipal; el Acta de Sesión N° 004-2007 de fecha 04 de diciembre de 2007; el Informe Preliminar N° 002-2007-CEPAD de fecha 14 de diciembre de 2007, emitidos por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de La Victoria; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución N° 0256-2007-ALC/MDLV del 5 de octubre de 2007, se designa a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de La Victoria, encargada de instruir, mediante Proceso Administrativo Disciplinario a los funcionarios de los diversos Órganos Administrativos de la Municipalidad Distrital de La Victoria; Que, mediante documento de vistos, el Gerente Municipal, dispone que la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, de inicio al procedimiento de determinación de responsabilidades administrativas a los ex funcionarios, funcionarios y servidores y ex servidores de la Municipalidad Distrital de La Victoria, comprendidos en la Observación N° 1, 2, 3 y 4 del Informe N° 002-2006-OCI/MDLV “Examen Especial a las Exoneraciones Procedimientos de Selección de Concursos y Publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA- periodos 2004-2005”, emitido por el Órgano de Control Institucional, que constituye prueba Pre constituida, según el artículo 15° inciso f), de la Ley N° 27785; Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Que, el artículo 152° del Reglamento General de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que la califi cación de la gravedad de la falta es atribución de la autoridad competente o de la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios, según corresponda; Que, mediante documento de vistos, el Presidente de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de La Victoria, remite al Gerente Municipal, el Informe Preliminar N° 002-2007-CEPAD /MDLV, el que contiene la evaluación de los hechos observados, y encontrando indicios de posible negligencia al no cumplir con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; el Decreto Supremo N° 005-90-PCM “Reglamento General de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y; funciones establecidas en el Reglamento y Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Victoria respectivamente, recomendando instaurar Proceso Administrativo Disciplinario a los funcionarios y ex funcionarios Carlos Alberto Arana Reátegui (Ex Gerente de Administración - Ex Presidente del Comité Especial de Procesos de Selección); César Augusto Olivo Valenzuela (Ex Director de Administración - Ex Miembro del Comité Especial); Ricardo Hipólito Gómez Alzamora (Ex Miembro del Comité Especial); Jorge Ricardo Motta Mendoza (Ex Sub. Gerente de Logística); Duilio Ernesto Osorio Gutiérrez (Ex Secretario General); Arnaldo Bernardo Armas Arbaiza (Ex Gerente de Planifi cación, Presupuesto y Estadística); Manuel Benito Magret Ríos (Ex Gerente de Rentas); César Horacio Cárdenas Pastor (Ex Gerente de Asesoría Jurídica), a fi n de iniciar las investigaciones necesarias, que determinen la responsabilidad sea por acción u omisión y poder recomendar las sanciones a imponer; y,