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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2008 (05/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de enero de 2008 363191 De conformidad a la Resolución N° 0256-2007- ALC/MDLV de fecha 5 de octubre de 2007, y de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Victoria, aprobado por Edicto N° 001-2003/MDLV de fecha 4 de enero de 2003, concordante con la Ordenanza N° 035-04/MDLV de fecha 27 de octubre de 2004 y; Manual de Organización y Funciones aprobado mediante Resolución N° 0304-2001-ALC/MDLV de fecha 8 de junio de 2001, actualizado mediante Resolución N° 0913-05-ALC/MDLV de fecha 20 de julio de 2005, y con la visación de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de La Victoria; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Iniciar Proceso Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios: Carlos Alberto Arana Reátegui (Ex Gerente de Administración - Ex Presidente del Comité Especial de Procesos de Selección); César Augusto Olivo Valenzuela (Ex Director de Administración - Ex Miembro del Comité Especial); Ricardo Hipólito Gómez Alzamora (Ex Miembro del Comité Especial); Jorge Ricardo Motta Mendoza (Ex Sub. Gerente de Logística); Duilio Ernesto Osorio Gutiérrez (Ex Secretario General); Arnaldo Bernardo Armas Arbaiza (Ex Gerente de Planifi cación, Presupuesto y Estadística); Manuel Benito Magret Ríos (Ex Gerente de Rentas); César Horacio Cárdenas Pastor (Ex Gerente de Asesoría Jurídica), por los hechos contenidos en el Informe Preliminar N° 002-2007-CEPAD /MDLV, otorgándose el plazo de cinco (5) días hábiles para que presenten sus descargos. Artículo Segundo.- Encargar a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de La Victoria, como Comisión Investigadora para el presente proceso. Artículo Tercero.- Encargar a la Unidad de Trámite Documentario y Archivo, efectúe la notifi cación de la presente Resolución a los ex funcionarios aludidos en el artículo primero de la presente resolución y a la Comisión designada en el artículo precedente. Regístrese y comuníquese. VICTOR H. MANCHEGO NAPURI Gerente Municipal 148476-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban la Política de Uso Racional del Agua en el distrito de San Borja ORDENANZA Nº 407-MSB San Borja, 17 de diciembre de 2007EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA VISTO, en la XXIII-2007 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de diciembre de 2007, el Dictamen Nº 003-2007-MSB-CSCYMA y Dictamen Nº 047-2007-MSB-CAL, de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y de la Comisión de Asuntos Legales, respectivamente, el Proyecto de Ordenanza que aprueba Política del Uso Racional del Agua en el Distrito de San Borja, El plan Integral Participativo de Gestión de Residuos Sólidos del Distrito de San Borja, Plan de Capacitación de Funcionarios del Distrito de San Borja, como instrumentos que permitan adecuar la gestión ambiental municipal con lo prescrito en la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley General del Ambiente, a fi n de contar con una adecuada gestión ambiental a nivel local;CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los artículos 2º y 67º de la Constitución Política del Perú, se establece que es deber Primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, siendo el Estado el que determina la Política Nacional del Ambiente; Que, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 8.2 de la Ley General del Ambiente, Ley 28611, establece que las políticas ambientales locales se diseñan y aplican de conformidad a lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí; Que, el gobierno local requiere dotarse de un marco legal, claro y específi co en materia de gestión ambiental que la regule, estableciendo lineamientos de política e instrumentos de gestión; El artículo 66 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, otorga a las municipalidades competencias en relación a la protección ambiental, las que han sido ejercidas de manera sólo tangencial y parcial. De otro lado, es notorio el consenso en las autoridades y la opinión pública en torno de la importancia del rol de las municipalidades en esta materia; Que el artículo 73º de la acotada norma, señala entre las materias de competencia ambiental municipal, la planificación del desarrollo local, ordenamiento territorial y la coordinación estratégica de los planes integrales de desarrollo distrital, la protección y conservación del ambiente; así como la formación, aprobación, ejecución y monitoreo de los planes y políticas locales en materia ambiental en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, de acuerdo al Diagnostico Ambiental Local realizado de manera participativa con los miembros de la comunidad representados en la Comisión Ambiental Municipal y aprobado a través de la Ordenanza Nº 400, en el distrito de San Borja existen problemas asociados a la gestión ambiental, entre ellos muchos asociados al recurso hídrico del distrito, a la gestión de los Residuos Sólidos, a la capacidad y conocimiento de los funcionarios municipales en temas relacionados a la Gestión Ambiental del distrito; Que, la presente Ordenanza establece una herramienta que ha de regular la gestión efi ciente del agua en el distrito de San Borja, en una perspectiva orientada hacia el desarrollo sostenible, sustentada en la práctica de la concertación y la participación ciudadana; Que, asimismo la presente Ordenanza establece una herramienta que capacite a los funcionarios de la municipalidad del distrito de San Borja que han de realizar una gestión ambiental del distrito en forma efi ciente, en una perspectiva orientada hacia el desarrollo sostenible, sustentada en la práctica de la concertación y la participación ciudadana; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; la Ley General del Ambiente Nº 28611, por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Actas el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: SE ORDENA:Artículo 1º.- Aprobar la Política del Uso Racional del Agua en el Distrito de San Borja, contenida en el Anexo 01, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Aprobar el Plan Integral Participativo de Gestión de Residuos Sólidos del Distrito de San Borja contenida en el Anexo 02, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Aprobar el Plan de Capacitación de Funcionarios del Distrito de San Borja contenida en el Anexo 03, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.