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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2008 (06/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de enero de 2008 363276 Nº ÁREA FRENTE DERECHA IZQUIERDA FONDO 47 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0048 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0049 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0050 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0051 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0052 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0053 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0054 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00 TOTAL 10 4,080.00 MANZANA 6 Nº ÁREA FRENTE DERECHA IZQUIERDA FONDO 57 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0058 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0059 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0060 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0061 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0062 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0063 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0064 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0065 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0066 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0067 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00 68 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00 69 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0070 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0071 476.00 14.00 34.00 34.00 14.0072 405.00 12.00 34.00 32.00 3.60-9.00 103 208.31 6.00 32.00 26.00 10.20 TOTAL 17 6,801.31 MANZANA 7 Nº ÁREA FRENTE DERECHA IZQUIERDA FONDO 73 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0074 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0075 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0076 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0077 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0078 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0079 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0080 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00 TOTAL 8 3,264.00 MANZANA 8 Nº ÁREA FRENTE DERECHA IZQUIERDA FONDO 81 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0082 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0083 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0084 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0085 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00 TOTAL 5 2,040.00 MANZANA 9 Nº ÁREA FRENTE DERECHA IZQUIERDA FONDO 86 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0087 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0088 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0089 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0090 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0091 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0092 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0093 496.40 14.60 34.00 34.00 14.6094 370.60 10.90 34.00 34.00 10.9095 408.00 12.00 34.00 34.00 12.0096 204.00 6.00 34.00 34.00 6.00 TOTAL 11 4,335.00 Estando el Informe Nº 338-2007-SGPUC-GDU/MC de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro y el Informe Nº 345-2007-GDU/MC de la Gerencia de Desarrollo Urbano, por los cuales opinan Favorable para la Recepción de Obra de Habilitación Urbana de Tipo Progresivo solicitada, por lo que resulta pertinente dictarse Resolución recepcionando las obras ejecutadas a la fecha, de dicha habilitación, conforme a lo prescrito en el numeral II-XVIII-4.6 del Reglamento Nacional de Construcciones, vigente a la aprobación de la habilitación urbana. En uso de las facultades que confi ere el artículo 20º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades y con la visaciones de la Sub gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, la Gerencia de Desarrollo Urbano, la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el Gerente Municipal. SE RESUELVE:Artículo Primero.- RECEPCIONAR de acuerdo al plano de Replanteo Nº 001-2007-SGPUC-GDU/MC, la ejecución de las obras de Habilitación Urbana de Tipo Progresivo, correspondiente a la URBANIZACIÓN VILLA COLLIQUE, ejecutada sobre el terreno de 54,591.04 m2 del terreno que formó parte de las Pampas de Collique, integrantes de la Hacienda del mismo nombre, con frente al camino Lima Canta (hoy Av. Tupac Amaru), situado en el Valle de Carabayllo, distrito de Comas y que corre inscrito a fojas 169 del Tomo 0541, Ficha Nº 1502939 Partida Nº 49073598 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER que fi gure como carga inscrita en la Ofi cina Registral de Lima la obligación de cada uno de los propietarios de los lotes de cumplir con ejecutar las obras de pavimentación de aceras, las cuales debe incluir las rampas para discapacitados las que se desarrollarán en cada uno de los martillos y conectarán los niveles superiores de las aceras y de las calzadas de conformidad con lo dispuesto en la Ley R.M. Nº 069-2001-MTC/15.04 Norma Técnica de Adecuación Urbanísticas para personas con Discapacidad, así como los muretes de señalización de calles y la ornamentación y sembrío del parque que conforma la habilitación urbana, que podrán ejecutarse hasta en un plazo máximo de 05 años. Artículo Tercero.- AUTORIZAR la libre venta de los lotes que conforman la Habilitación Urbana, formalizar el tracto sucesivo que se haya efectuado sobre los predios conformantes de la habilitación urbana, y/o gestionar la titularidad de los mismos de acuerdo a lo prescrito e la normatividad vigente, quedando incorporado dentro de la jurisdicción del Distrito de Comas. Artículo Cuarto.- Encargar la publicación de la presente resolución en el diario “El Peruano” a cargo de interesado. Artículo Sexto.- Remítase a través del interesado, un ejemplar de la presente Resolución a la Ofi cina Registral de Lima de la Superintendencia Nacional de los Registro Públicos SUNARP para la inscripción correspondiente, a sí como a la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Superintendecia Nacional de Administración Tributaria, para los fi nes respectivos. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ANGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 148208-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban el Nuevo Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la Función Fiscalizadora y el Cuadro de Infracciones y Escala de Multas Administrativas de la Municipalidad ORDENANZA Nº 033-07-MDLV La Victoria, 21 de diciembre de 2007