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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2008 (06/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de enero de 2008 363273 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Aprueban y autorizan la realización de ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario ORDENANZA N° 289-MDB Barranco, 20 de diciembre del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO Por Cuanto: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 019-2007-URC-SG/MDB, emitido por la Unidad de Registros Civiles y el Dictamen Nº 010-2007-CDH-CDB/MDB de la Comisión Municipal de Desarrollo Humano, respecto a la realización de Matrimonio Civil Comunitario; CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece el artículo 4° de la Constitución Política del Perú, el Estado protege a la familia y promueve el matrimonio; Que, es política de la actual gestión municipal promover la unión familiar y siendo la familia el núcleo básico y prioritario de la sociedad, es procedente autorizar e impulsar la realización del Matrimonio Civil Comunitario propuesto; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, y con el voto unánime de sus miembros, ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA Y AUTORIZA LA REALIZACIÓN DE CEREMONIA DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Artículo Primero.- Autorizar la realización de Ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario, el día 14 de febrero del 2008, a las 17:00 horas en el Parque Municipal del distrito de Barranco. Artículo Segundo.- Dispensar a los contrayentes, del trámite de publicación de los avisos matrimoniales, conforme a lo dispuesto por el artículo 252° del Código Civil vigente, estableciéndose la obligación de cumplir con los requisitos que dispone el artículo 248º de la norma citada. Artículo Tercero.- Aprobar la exoneración del pago de los derechos correspondientes, estableciéndose como pago único la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), que serán destinados a cubrir los gastos que genere dicha ceremonia. Artículo Cuarto.- Encargar a la Unidad de Registros Civiles, Ofi cina de Imagen Institucional, Cultura y Turismo, y Sub Gerencia de Desarrollo Humano el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 148521-2 Prorrogan vigencia de régimen de beneficios tributarios y no tributarios “En Navidad, paga como puedas”, aprobado por Ordenanza Nº 287-MDB DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2007-MDB Barranco, 28 de diciembre del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ordenanza Nº 287-MDB, de fecha 11 de diciembre del 2007, se estableció un Régimen de Benefi cios Tributarios y No Tributarios a favor de los contribuyentes, denominado “EN NAVIDAD, PAGA COMO PUEDAS”, con el objeto de incentivar, en la población, la regularización de sus obligaciones pendientes de pago en la vía ordinaria o coactiva; Que, es política de la Municipalidad Distrital de Barranco, otorgar a los contribuyentes las máximas facilidades para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Estando a lo informado, y ejerciendo las facultades conferidas por la Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 287-MDB; y con la visación de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; DECRETA:Artículo Primero.- Disponer la prórroga de la vigencia del Régimen de Benefi cios Tributarios y No Tributarios a favor de los contribuyentes, denominado “EN NAVIDAD, PAGA COMO PUEDAS”, aprobado por la Ordenanza Nº 287-MDB, hasta el día viernes 11 de enero del 2008. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Tesorería y Unidad de Estadística e Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 148521-1 MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Autorizan a la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad la celebración de matrimonio civil comunitario ORDENANZA Nº 059-07-MCPMSMH C.P. de Santa María de Huachipa, 30 de noviembre de 2007 EL CONCEJO DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA POR CUANTO:El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO:Que es función municipal fomentar el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral, armónico de las circunscripciones de su jurisdicción, siendo competencia de la misma, organizar, reglamentar y administrar la prestación de tales servicios, atendiendo a las necesidades del ciudadano; Que siendo objetivo y preocupación de esta Municipalidad coadyuvar a la preservación de la unidad