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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2008 (12/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 92

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de enero de 2008 363854 SEVERINA SULCA CANCHARI quienes solicitan la SUB- DIVISIÓN del Lote Matriz. Ubicado con frente a la Calle Da Vinci Mz E Lote 01 Urb. “Capebco”, distrito de Surquillo, con el área de 733.00 m2, en dos Sub Lotes 01 y 02. CONSIDERANDO:Que, los recurrentes acreditan la propiedad del Lote Matriz inscrito en la Partida Electrónica N° 11442295 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; Planos de Ubicación y Localización (U-1), Planos de Subdivisión de Lote (P-01), y Memoria Descriptiva de la Subdivisión de Lote; y demás documentos que obran en autos; cumple con lo exigido por el TUPA. Que, en el Informe N° 007-07/SGCHU/GODU del 10- 12-2007, de Catastro, se detalla que el Lote Matriz materia de la Sub-División de acuerdo a la verifi cación de los Planos de Subdivisión comprenden; el Sub Lote 01 con 295.23 m2, ubicado con frente a la Calle Da Vinci Mz E Lote 1 Urb. Capebco y el Sub Lote 02 con 437.77 m2, ubicado con frente a la Calle Maria Elena Moyano Mz E Lote 1 Urb. Capebco. Que, el precedente Informe de Catastro y Habilitaciones urbanas aprueba la Sub División solicitada del lote Matriz de 733.00 m2, ubicado con frente a la Calle Da Vinci Mz E Lote 1 Urb. “Capebco”; con la zonifi cación R4 Zona Residencial de Densidad Media. Que, conforme a las atribuciones determinadas por el Reglamento Nacional de Construcciones; la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; y demás normas vigentes sobre la materia. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Sub-División del Lote Matriz de 733.00 m2, sito en la Calle Da Vinci Mz E Lote 01 Urb. “Capebco” distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima; con la zonifi cación R4, Zona Residencial de Densidad Media; conforme al área, linderos y medidas perimétricas siguientes: AREA LOTE MATRIZ 733.00 M2 (PLANO: P-01) Por el Frente, con Calle Da Vinci, con 18.80 ml.Por la Izquierda, Colinda con Propiedad de terceros, con 47.00 ml. Por la Derecha, Colinda con terreno destinado a otros usos , con 32.00 ml. Por el Fondo, Colinda con Calle Maria Elena Moyano, con 23.00 ml. AREA SUB-LOTE 01 295.23 M2 (PLANO: P-01) Por el Frente, con Calle Da Vinci, con 18.80 ml. Por la Izquierda, Colinda con Propiedad de Terceros, con 16.00 ml.Por la Derecha, Colinda con terreno destinado a otros usos, con 16.01. Por el Fondo, Colinda con el sub lote 02, con 18.10 ml. AREA SUB-LOTE B 437.77 M2 (PLANO: P-01) Por el Frente, con Calle Maria Elena Moyano , con 23.00 ml. Por la Izquierda, Colinda con terreno destinado a otros usos, con 15.99 ml. Por la Derecha, Colinda con Propiedad de Terceros, con 31.00 ml.Por el Fondo, Colinda con el sub lote 01, con 18.10 ml. Artículo Segundo.- Las características de los Sub- Lotes resultantes 01 y 02, fi guran en los Planos y Memoria Descriptiva anexos, que forman parte de la presente Resolución debidamente visados. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, que corre a cargo de los recurrentes, el cual debe efectuarse dentro de 30 días a partir de su notifi cación. Artículo Cuarto.- Transcríbase esta Resolución al Servicio de Parques de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la revisión de los aportes que correspondan, asimismo, a la Ofi cina Registral de Lima y Callao, para la Inscripción Inmobiliaria que corresponda. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente determinación a la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas y a la Subgerencia de Administración Documentaria y Archivo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL GAILLOUR RONCAGLIOLO GerenteGerencia de Obras y Desarrollo Urbano 149961-1PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN RAMON Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 042-2007-MDSR San Ramón, 27 de diciembre del 2007 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de diciembre del 2007, la Nota Informativa Nº. 300-2007-SG-MDSR, el Informe Nº. CEA MDSR Nº. 001-2007, del Comité Especial de Adquisiciones del Programa del Vaso de Leche, el Informe Nº. 119-2007-AL-MDSR del Área de Logística, Informe Nº. 265-2007-OAL-MDSR, de la Ofi cina de Asesoría Legal, sobre solicitud de declaración en situación de desabastecimiento inminente de la Adquisición de Insumos del Programa de Vaso de Leche, en la Jurisdicción del Distrito de San Ramón, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, en concordancia, con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº. 27972, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los Procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa las Adquisiciones que se realicen en Situación de Desabastecimiento Inminente producidas conforme a la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Artículo 21° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N°. 083-2004-PCM, establece que se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, de conformidad con el artículo 146° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N°. 084-2004-PCM, establece que “La Resolución o Acuerdo que Apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración; Que, mediante Informe CEA MDSR N°. 001-2007, del Comité Especial de Adquisiciones del Programa del Vaso de Leche, recomienda que deberá realizarse la adquisición del mes de enero del 2008 mediante la modalidad de desabastecimiento inminente amparados en el artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el artículo 141° de su Reglamento, hasta por un monto de S/. 25,319.00 (Veinticinco Mil Trescientos Diecinueve y 00/100 Nuevos Soles); toda vez, que aún no se ha aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA del 2008, para elaborar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC 2008 y efectuar el proceso de adquisición de los insumos del PVL por los meses de febrero a diciembre del 2008, bajo la modalidad de adjudicación directa pública;