Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2008 (12/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 87

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de enero de 2008 363849 registral donde corre inscrito el inmueble materia de habilitación, dice: “(...) Partida Nº 11345331 del Registro...” , debiendo decir ”(...) Partida Nº 11630497 del Registro (...)” ; asimismo en la parte resolutiva, en el artículo 1º dice: ”(...) aprobar de conformidad con el plano signado con el Nº 004-2004-HU-SGGT-GODU-MDLCH (...)” , debiendo decir: ”(...) aprobar de conformidad con el plano signado con el Nº 004-2004-HU-SGTT-GODU-MDLCH (...)” y fi nalmente respecto del distrito donde se ubica el inmueble, dice “ (...) distrito de Lurigancho”, debiendo decir: “(...) distrito Lurigancho- Chosica”; Que, mediante Informe Nº 316-2007-MML-GDU-SPHU- AL (fs. 7 y 8) de fecha 05 de octubre de 2007, la Asesoría Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, señala que se ha verifi cado la existencia de errores materiales en la Resolución Nº 157-2006-MML-GDU-SPHU, de fecha 5 de octubre del 2006; respecto al número de la Partida Registral donde se encuentra inscrito el terreno, debiendo decir ”(...) Partida Nº 11630497”; asimismo se ha constatado en la parte resolutiva del artículo 1º respecto a la nomenclatura del plano y a la denominación del distrito, siendo lo correcto ”(...) aprobar de conformidad con el plano signado con el Nº 004-2004-HU-SGTT-GODU-MDLCH (...)” y “(...) distrito de Lurigancho – Chosica”; por lo que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 201º numerales 201.1 y 201.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, esta Subgerencia deberá emitir la resolución que rectifi que el párrafo tercero y el artículo 1º de la Resolución Nº 157-2006-MML-GDU-SPHU de fecha 5 de octubre del 2006; Que asimismo, el informe que precede señala, que respecto a la aclaración solicitada por el administrado, en el extremo de la sección normativa de la vía que no ha sido grafi cada correctamente; se manifi esta que revisado el Codifi cado Nº 93451-2006, se ha podido verifi car que a pesar que la Avenida Chosica – Central no colinda con el lote de terreno que fue materia de evaluación, la sección normativa de la mencionada vía no está siendo respetada, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 341-MML, de allí que lo señalado en el Informe Nº 338-2006-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 2 de octubre del 2006 y que se encuentra como sustento de la Resolución Nº 157-2006-MML-GDU-SPHU de fecha 5 de octubre del 2006, es correcto, por cuanto no se aprobaron nuevos planos en los cuales se debía considerar la sección normativa de la mencionada vía; por lo que no resulta procedente la aclaración solicitada; Con el visto bueno de la Asesoría Legal y de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- RECTIFICAR el error material incurrido en el tercer considerando de la Resolución Nº 157-2006-MML-GDU-SPHU, de fecha 5 de octubre del 2006, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Que, el terreno se encuentra inscrito en la Partida Nº 11630497 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima (fojas 29)”. Artículo 2°.- RECTIFICAR el error material incurrido en el artículo 1º de la Resolución Nº 157-2006-MML-GDU-SPHU, de fecha 5 de octubre del 2006, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.- RATIFICAR la Resolución de Gerencia Municipal Nº 1238/06-MDL de fecha 08 de setiembre de 2006, emitida por la Municipalidad Distrital de Lurigancho – Chosica, que resuelve aprobar de conformidad con los planos signados con el Nº 004-2004-HU-SGTT-GODU-MDLCH, el Proyecto de Habilitación Urbana para Uso Industrial en Lote Único (I3 – Gran Industria) a desarrollarse sobre 20,000.00 m2, del terreno ubicado frente a la línea férrea, constituido por el Sub-Lote 2C, distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima”. Artículo 3º.- NOTIFICAR la presente Resolución al señor Carlos Choy Mack, su cónyuge Elsa Koosau Su de Choy, otros y a la Municipalidad Distrital de Lurigancho – Chosica. Artículo 4º.- OFICIAR con la presente Resolución a la Ofi cina Registral de Lima y a la División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 5º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de los administrados, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE SubgerenteSubgerencia de Planeamiento yHabilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 150273-1 MUNICIPALIDAD DE ANCON Adoptan supletoriamente los alcances de las Ordenanzas Nºs. 984-MML y 1014-MML para ejecución de sanciones administrativas ORDENANZA Nº 127-2007-MDA Ancón, 30 de noviembre de 2007 VISTO:En la Sesión Ordinaria de la fecha, el pleno del Concejo ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ADOPTA SUPLETORIAMENTE LOS ALCANCES DE LAS ORDENANZAS N° 984-MML Y 1014-MML PARA EJECUCIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE ANCÓN Artículo Primero.- ADOPTAR en vía supletoria los alcances de las Ordenanzas N° 984-MML – Nuevo Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la Función Fiscalizadora, y N° 1014-MML – que modifi ca la Ordenanza N° 984 – Nuevo Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de Función Fiscalizadora de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- PRECISAR que la aplicación supletoria de las normas señaladas en el artículo precedente, será para los casos de ejecución de sanciones administrativas anteriores a la fecha de publicación de la Ordenanza N° 124-2007-MDA que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas – RASA de la Municipalidad Distrital de Ancón. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina de Rentas y Ejecutoria Coactiva, viabilizar los procedimientos de sanción administrativa pendientes de ejecución, que al ser previos a la entrada en vigencia de la Ordenanza N° 124-2007-MDA, deberán proseguir con la aplicación supletoria normada por la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GUILLERMO LEONARDO POZO GARCÍA Alcalde 150292-1 Otorgan beneficio de condonación de pago de reajustes e intereses moratorios del Impuesto Predial y Arbitrios correspondientes a períodos vencidos e impagos ORDENANZA Nº 128-2007-MDA Ancón, 30 de Noviembre de 2007 VISTO: En la Sesión Ordinaria de la fecha, el pleno del Concejo ha dado la siguiente: