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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de enero de 2008 363840 Que, la actual gestión del Gobierno Regional considera a la Cooperación Internacional, en sus diferentes modalidades, como un eje estratégico para lograr el desarrollo regional, por su carácter de complementariedad a los esfuerzos que realiza para desarrollar las capacidades institucionales e individuales de la región. Que, existen diversas instituciones y actores regionales que realizan actividades y proyectos con el apoyo fi nanciero y técnico de la cooperación internacional, contribuyendo a aliviar necesidades a veces muy urgentes de la población regional, pero también muchas veces descoordinadamente, de forma dispersa y sin mayores impactos, siendo necesario concentrar e integrar las intervenciones de cooperación internacional a través de prioridades regionales de corto y mediano plazo, con las cuales se logren objetivos concretos de lucha contra la pobreza, se asegure el acceso a la educación básica, se more la salud y la nutrición, y especialmente se promueva la competitividad regional para la consolidación de Loreto como una “Región Productiva”. Que, habiendo sido validada conjuntamente con la participación de representantes de 60 instituciones de naturaleza pública como privada, que realizan actividades con apoyo de la cooperación internacional en la Región Loreto, entre ellas, Gerencias Regionales y Sub Regionales del Gobierno Regional de Loreto, Direcciones Regionales, Municipalidades distritales y provinciales. ONGs, IPREDAs, ENIEXs, Sector Empresarial, Instituciones Científi cas y personas naturales; la Ofi cina Ejecutiva de Cooperación Internacional del Gobierno Regional, realizó un Seminario Taller en la ciudad de Iquitos el 10 y 11 de mayo del año 2007, denominado “Elaboración de Lineamientos de Política para la Cooperación Internacional de la Región Loreto” con la asistencia técnica de la Gerencia de Políticas y Programas de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional-APCI, constituyéndose este evento en la primera experiencia auspiciada por una región en el Perú, para realizar de manera concertada un ejercicio de priorización de objetivos de cooperación internacional de ámbito regional. Que, como resultado del Seminario Taller “Elaboración de los Lineamientos de Política de la Cooperación Internacional de la Región Loreto”, se dio inicio a un proceso ampliamente participativo con los actores de la cooperación internacional para la elaboración fi nal de un documento orientador de las políticas regionales en materia de Cooperación Internacional expresados en el propósito común de mejorar la calidad de vida de la población más necesitada, así como la erradicación de la pobreza, inmersas en las estrategias conducentes al logro de los objetivos regionales, establecidos en los planes institucionales, los cuales se encuentran basados en los principios de la cooperación nacional, internacional y los objetivos del milenio. Que, el documento “Lineamientos de Política de la Cooperación Internacional de la Región Loreto”, hace suyos los principios de la Declaración de París, los principios de la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional, como conceptos valiosos para dirigir los esfuerzos de la cooperación en la región, pero a su vez introduce cinco principios regionales propios, como son: Descentralización e integración, Interculturalidad e inclusión, Innovación, Equidad y Subsidiariedad. Así mismo, ha identifi cado prioridades de orden temático como geográfi co para la atención de los objetivos de desarrollo estratégicos específi cos de la Región Loreto, relacionados con lograr una base productiva que permita articular producción, valor agregado, inversión, mercado, empleo y marco jurídico-tributario, con lo que se cimentará la “Región Productiva” y se podrán solucionar los grandes problemas sociales de salud, educación y alimentación en Loreto. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1754- 2007-GRL-P de fecha 20 de noviembre del año 2007, el Gobierno Regional de Loreto aprueba los “Lineamientos de Política de Cooperación Internacional de la Región Loreto”. Que, siendo necesario ofi cializar para su cumplimiento y aplicación en el ámbito de la Región Loreto el documento denominado “Lineamientos de Política de la Cooperación Internacional de la Región Loreto, a fi n de poder ordenar, y priorizar acciones conducentes al logro de los objetivos establecidos en el citado documento, como base para su desarrollo, siendo considerado como instrumento orientador de las políticas regionales en materia de Cooperación Internacional expresados en el propósito común de mejorar la calidad de vida de la población más necesitada, así como la erradicación de la pobreza, inmersas en las estrategias conducentes al logro de los objetivos regionales, establecidos en los planes institucionales, los cuales se encuentran basados en los principios de la cooperación nacional, internacional y los objetivos del milenio. Que, acorde con lo previsto por el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia: y, Estando a lo dispuesto por el Artículo 37° inc. a) de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto emite la siguiente. ORDENANZAArtículo Primero.- Aprobar los “Lineamientos de Política de Cooperación Internacional de la Región Loreto”, como documento normativo de gestión, para su cumplimiento y aplicación en el ámbito de la Región Loreto, el mismo que consta de Veintitrés (23) folios útiles los que visados al margen forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Incorporar los “Lineamientos de Política de Cooperación Internacional de la Región Loreto” a los planes de desarrollo regional a fi n de efectivizar su implementación. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional Nº. 1754-2007-GRL-P de fecha 26 de Noviembre del 2007. Artículo Cuarto.- La Ofi cina Ejecutiva de Cooperación Internacional integrante de la Ofi cina General de Asesoría de la Presidencia y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial son los responsables de velar por la difusión, aplicación y cumplimiento de los Lineamientos de Política de Cooperación Internacional de la Región Loreto. POR TANTO:De conformidad con lo establecido en los artículos 16º, 21º inciso o), 37° inc. a) y 38º de la Ley Nº. 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias las Leyes Nº. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el inciso o) del artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto. Regístrese, publíquese y cúmplase.YVAN E. VASQUEZ VALERA Presidente 150295-1 Dan por concluido proceso de transferencia de funciones específicas por parte del INRENA al Gobierno Regional de Loreto ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2008-GRL-CR Villa Belén, 4 de enero del 2008 El Presidente del Gobierno Regional de LoretoPOR CUANTO:El Consejo Regional de Loreto en Sesión Ordinaria de fecha 04 de Enero del 2008, en uso de sus atribuciones aprobó por Mayoría la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:Que, en cumplimiento de la Segunda y Quinta Disposición Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783 y la Cuarta Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867; se dio inicio en el año 2004 la ejecución del proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía y minería, en función de las capacidades de gestión de cada Gobierno Regional, cuya certifi cación está sujeta al sistema de acreditación; Que, la Quinta Disposición Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, establece que