Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2008 (16/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 5. MOLINERA DEL MORDAZA S.R.L. Inhabilitacion por veinte (20) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2176-2007-TC-S3 de 10.12.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 6. REAL PERU TRADING S.A.C. Inhabilitacion por dieciseis (16) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2177-2007-TC-S3 de 10.12.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 7. SERVCOM E.I.R.L. Mediante Resolucion N° 21812007-TC-S3 de 10.12.2007, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 1842-2007-TC-S3 de 08.11.2007, que le sanciona con dieciseis (16) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM. 8. ARQUITEK CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. Mediante Resolucion N° 2182-2007-TC-S3 de 10.12.2007, se declaro improcedente el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 1999-2007-TC-S3 de 22.11.2007, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM 9. PRODUCTOS MORDAZA E.I.R.L. Mediante Resolucion N° 2185-2007-TC-S3 de 11.12.2007, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 1914-2007-TC-S3 de 15.11.2007, que le sanciona con once (11) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 10. EMPRESA INDUSTRIAL, COMERCIAL, INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS MORDAZA MORDAZA S.A. Mediante Resolucion N° 2197-2007-TC-S3 de 12.12.2007, se declaro fundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa y se dispuso notificar nuevamente la Resolucion N° 1843-2007-TC-S3 de 08.11.2007, que le sanciona con dieciseis (16) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 11. INSTITUTO DE CONSULTORIA S.A. Mediante Resolucion N° 2215-2007-TC-S3 de 13.12.2007, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 2115-2007-TC-S3 de 30.11.2007, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o declaraciones juradas con informacion inexacta, causal tipificada en el literal f) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 013-2001-PCM.

12. ASOCIACION PARA EL DESARROLLO AMAZONICO RURAL "ADAR VIDA" Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2220-2007-TC-S3 de 13.12.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 13. Z ADITIVOS S.A. Mediante Resolucion N° 22212007-TC-S3 de 13.12.2007, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 1954-2007-TC-S3 de 20.11.2007, que le sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 14. CORPORACION LORINCO S.R.L. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2222-2007-TC-S3 de 13.12.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 15. ASOCIACION DE PRODUCTORES AGRARIOS "SOL NACIENTE" Inhabilitacion por dieciseis (16) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas del contrato, causal tipificada en el literal b) del articulo 30° del Reglamento de la Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, aprobado por Decreto Supremo N° 0022004-MIMDES, MORDAZA aplicable segun lo dispuesto en el articulo 29° de dicho cuerpo normativo, segun Resolucion Nº 2223-2007-TC-S3 de 13.12.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 16. CONTRATISTAS GENERALES EN INGENIERIA DE PROYECTOS, ASESORIA Y CONSULTORIA S.A.C. (COGEIPAC S.A.C.) Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o informacion inexacta en el procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2235-2007-TC-S3 de 14.12.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 17. CONFECCIONES MORDAZA DE LIZ de MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LIZ Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2237-2007-TC-S3 de 14.12.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 18. MORDAZA MORDAZA GALLO GALLO Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2239-2007-TC-S3 de 14.12.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 19. PERU COPIAS E.I.R.L. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por

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