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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2008 (30/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de enero de 2008 365314 Que OSITRAN recibió un total de 32 comentarios, de los cuales 26 proceden del Concesionario, 4 de AETAI y uno del Estudio Durand Abogados; Que, la Gerencia de Regulación presentó, con fecha 10 de enero de 2008 a consideración de la Gerencia General, el informe de VISTOS; Que, el Artículo 4º de la Ley de Transparencia y Simplifi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, aprobada por la Ley Nº 27838 y los artículos 42º y 43º del Reglamento General de Tarifas del OSITRAN, establecen que el Organismo Regulador deberá prepublicar en su Página Web institucional y en el Diario Ofi cial El Peruano, el Proyecto de la Resolución que fi je la tarifa regulada, su exposición de motivos y una relación de los informes, estudios, dictámenes, modelos económicos y memorias anuales que constituyan el sustento de las resoluciones de fi jación y revisión de precios regulados; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la precitada norma legal, con fecha el 7 de julio de 2007 se realizó la prepublicación en el Diario Ofi cial El Peruano, de la Propuesta de Revisión de Tarifas del Servicio de Puente de Embarque (Mangas) del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, la misma que comprendió el Proyecto de la Resolución, su exposición de motivos, la relación de documentos que sirvieron de sustento para la propuesta y el Acuerdo Nº 986-246-07-CD-OSITRAN que autoriza la prepublicación de la propuesta, la consulta pública por 20 días hábiles y la convocatoria a la audiencia pública en la ciudad de Lima para el 23 de julio de 2007; Que, con fecha 23 de julio de 2007, y de conformidad Capítulo 2 del Reglamento General de Tarifas de OSITRAN, y el acuerdo mencionado en el párrafo precedente, se llevó a cabo una audiencia pública en la ciudad de Lima en la que se sustentó la propuesta tarifaria y se recibió comentarios, sugerencias y aportes de los interesados participantes; Que, durante el plazo que establece el artículo 43º del Reglamento General de Tarifas del OSITRAN, se recibió por escrito comentarios y sugerencias a la propuesta tarifaria; Que, las observaciones formuladas en la Audiencia Pública y las recibidas por escrito, han sido debidamente evaluadas por OSITRAN, y en su caso incorporado al proyecto fi nal de Resolución, cuando las mismas han contado con la debida sustentación; Que, habiendo realizado todas las actuaciones necesarias a efectos de cumplir con el procedimiento establecido por la Ley de Transparencia y Simplifi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas y el Reglamento General de Tarifas del OSITRAN; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar las tarifas máximas aplicables a los servicios de puentes de embarque de pasajeros en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, que presta la empresa Lima Airport Partners S.R.L., según el anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las tarifas máximas aprobadas en el artículo precedente tendrán vigencia hasta el 31 diciembre de 2008. En adelante, las tarifas serán revisadas mediante la aplicación del mecanismo “RPI-X”, establecido en el Contrato de Concesión. Artículo 3º- . Dejar sin efecto las tarifas máximas aplicables al servicio de puente de embarque, aprobadas mediante la Resolución Nº 053-2005-CD-OSITRAN. Artículo 4º.- La Entidad Prestadora deberá publicar en un diario de amplia circulación nacional al menos con diez (10) días hábiles de anticipación a la aplicación de la nueva tarifa como cumplir con lo establecido el Reglamento General de Tarifas del OSITRAN. Artículo 5º.- Establecer que la precitada Entidad Prestadora puede fi jar libremente tarifas menores a las fi jadas como máximas por el OSITRAN en el Artículo 1º de la presente Resolución, de conformidad a su política comercial. Artículo 6º.- Autorizar, la publicación de la Exposición de Motivos y presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web institucional (www.ositran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS ZEVALLOS UGARTE Presidente del Consejo Directivo ANEXO Tarifas Máximas Puentes de Embarque en Aeropuerto Internacional Jorge Chávez (en US$ Dólares Americanos) Período de Tiempo* Tarifa Máxima 45 minutos 67,5515 minutos 22,52 *O fracción ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PÚBLICO Revisión de Tarifas Máximas del Servicio de Uso de Puentes de Embarque en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez Exposición de Motivos Lima, septiembre de 2007 ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓNLa fi jación tarifaria del año 2005 El 7 de septiembre de 2005, se publicó la Resolución de Consejo Directivo Nº 053-2005-CD-OSITRAN, que aprobó las tarifas máximas por el servicio de uso de puentes de abordaje en el AIJCH en US$ 66,91 por los primeros 45 minutos o fracción (más los impuestos de ley), y en US$ 22,29 por cada período adicional de 15 minutos o fracción (más los impuestos de ley). El artículo 3º de dicha Resolución estableció que, en caso el resultado del monitoreo de los factores que inciden en la ocupabilidad de los puentes de embarque arrojase cambios signifi cativos, respecto de los supuestos utilizados en el cálculo tarifario, el OSITRAN podría reevaluar la tarifa aprobada hasta diciembre de 2006. La solicitud de revisión tarifaria a inicios de 2007 El 31 de enero de 2007, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-CD-OSITRAN, se declaró procedente el inicio del procedimiento de revisión tarifaria solicitado por LAP respecto de la tarifa de puentes de embarque en el AIJCH. Es necesario mencionar que dicha resolución estableció que la solicitud formulada por el Concesionario debe tramitarse como una solicitud de revisión tarifaria, la misma que estará sometida a la aplicación del RETA. El 7 de julio de 2007 se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano la Resolución que autoriza la publicación de la del Proyecto de Resolución Tarifaria que aprueba las tarifas Máximas del servicio de puentes de embarque (mangas) del AIJCH, la Exposición de Motivos y la Relación de Documentos que sustentan la propuesta. El 23 de julio de 2007, se realizó la Audiencia Pública sobre la Propuesta de Revisión de Tarifas Máximas de Puentes de Embarque en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. El 23 de julio de 2007, Durand Abogados, remite sus comentarios al Proyecto de Resolución Tarifaria que aprueba las Taridas Máximas del Servicio de Puentes de Embarque (Mangas). En su escrito sostienen que la comparación de tarifas efectuada para el sustento de las tarifas máximas a establecerse es insufi ciente y no muy clara, debiendo ampliarse dicho acápite, tanto en los conceptos, como en los aeropuertos comparables.