Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2008 (02/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES
ACUERDA:

365581

N° 057-88-AG, Decreto Supremo N° 024-96-AG, Decreto Supremo N° 011-98-AG, Decretos Supremos N° 057-98AG y 022-2000-AG, Decreto Supremo Nº 059-2002-AG, Decreto Supremo Nº 030-2003-AG, Decreto Supremo Nº 025-2004-AG, y Decreto Supremo N° 024-2006-AG ha venido reservando las aguas del Rio Huancabamba para el Proyecto Alto MORDAZA hasta el 27 de MORDAZA del 2008; Que, mediante Decreto Supremo N° 024-2006-AG, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 17 de MORDAZA de 2006, se prorrogo hasta el 27 de MORDAZA del 2008 las reservas de agua procedentes de los MORDAZA Huancabamba, Tabaconas, Manchara, Chotano y Chunchuca, asi como de los afluentes de estos MORDAZA, con excepcion del rio Paltic, afluente del rio Chotano, a favor del Proyecto Especial de Irrigacion e Hidroenergetico Olmos ­ Tinajones y del Proyecto Especial Hidroenergetico Alto MORDAZA, hasta un volumen anual de 2,050 MMC correspondiendole a cada uno de ellos volumenes de 1,715 MMC y 335 MMC, respectivamente; Que, con Ordenanza Regional N° 124-2007/GRP-CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 09 de MORDAZA del 2007, el Consejo Regional autorizo a la Presidencia del Gobierno Regional MORDAZA a utilizar el diez por ciento (10 %) de los ingresos del Pliego Gobierno Regional MORDAZA, provenientes de la fuente de financiamiento canon y sobrecanon, regalias y participaciones, para coberturar el monto de coparticipacion con el Gobierno Nacional, en el financiamiento de la Primera Etapa del Proyecto "Mejoramiento de Riego y Generacion Hidroenergetico del Alto Piura", que comprende las obras del Tunel de Trasvase y la Presa Derivadora Tronera Sur; Que, mediante Decreto Supremo N° 055-2007-EF, de fecha 10 de MORDAZA del 2007, se exceptua del cumplimiento del Estudio de Factibilidad de la Fase de Preinversion del ciclo del proyecto a que se refiere la Ley N° 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, incluida la declaracion de viabilidad al Proyecto de inversion publica denominado "Mejoramiento de Riego y Generacion Hidroenergetica del Alto Piura", componente: Construccion de la Presa Derivadora Tronera Sur y el Tunel de Trasvase; Que, la Decima Disposicion Final de la Ley N° 29142 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, faculta al Ministerio de Economia y Finanzas para que en coordinacion con el Gobierno Regional MORDAZA, conformen, en la sede de la Sub Region Morropon ­ Huancabamba, la Unidad Ejecutora del Proyecto Hidroenergetico del Alto Piura; Que, en el Programa anual de concertaciones de creditos externos para el periodo 2008, se considera el endeudamiento de US$ 40´000,000.00 (cuarenta millones de dolares USA) para el Proyecto Especial Hidroenergetico del Alto MORDAZA, autorizados mediante Ley N° 29143 ­ Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el ano fiscal 2008, Que, el Gobierno Regional MORDAZA actualmente se encuentra ejecutando las obras correspondientes a las vias de acceso al Tunel de Trasvase, y estando comprometidos los fondos para iniciar la construccion de la Presa Derivadora Tronera Sur y el Tunel de Trasvase, asi como la implementacion de la Unidad Ejecutora del Proyecto Alto MORDAZA, considera necesario solicitar la prorroga de las reservas de agua, garantizando el recurso hidrico para las actividades de irrigacion y de generacion hidroelectrica dispuestas en el Decreto Supremo N° 0242006-AG para el Proyecto Especial Hidroenergetico Alto MORDAZA hoy Proyecto de "Mejoramiento de Riego y Generacion Hidroenergetica del Alto Piura"; Que, el dia de hoy 23 de enero del 2008, la Comision Permanente del Congreso de la Republica ha aprobado la Ley que declara de necesidad y utilidad publica la construccion de la Presa de Tronera Sur y el Tunel trasandino de derivacion de las aguas del Rio Huancabamba a la MORDAZA del Rio Piura; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion de Ordinaria Nº 01 - 2008, celebrada el dia 23 de enero del 2008, en la MORDAZA de MORDAZA, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053;

Articulo Primero.- Solicitar a la Presidencia de Consejo de Ministros y al Ministerio de Agricultura, la dacion del Decreto Supremo que prorrogue por dos (02) anos, hasta el 27 de MORDAZA del 2010, las reservas de agua dispuestas en el Decreto Supremo N° 024-2006-AG a favor del Proyecto Especial Hidroenergetico del Alto MORDAZA hoy "Mejoramiento de Riego y Generacion Hidroenergetico del Alto Piura". Articulo Segundo.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en los Diarios de circulacion regional. Articulo Tercero.- Dispensar al presente Acuerdo de Consejo Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional 158901-1

Eligen Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA para el periodo anual 2008
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 427 - 2008/GRP-CR MORDAZA, 23 ENERO 2008 CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 y sus Modificatorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley N° 28607, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, en su articulo 8° establece que la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de regular, normar y administrar lo asuntos publicos de su competencia; Que, el inciso a) del articulo 15° de la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, senala como atribuciones del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la Ley Nº 29053 ­ Ley que modifica la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, publicada en el diario oficial "El Peruano" el dia 26 de junio del 2007, establece en su articulo unico la modificacion siguiente: "(...) Articulo 13°.- El Consejo Regional (...) Es el organo normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. Esta integrado por los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones de Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos. No hay reeleccion del Consejero Delegado." Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 29053, es necesario elegir al Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA para el periodo anual 2008; y Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesion Ordinaria N° 01 ­ 2008, celebrada el dia 23 de enero del 2008, en la MORDAZA de MORDAZA, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley Nº 27680, y Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28968 y Ley N° 29053;

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