Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (02/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de febrero de 2008 365574 infundado puesto que nos encontramos frente a un derecho de propiedad que debe ser amparado conforme lo dispone mencionado Reglamento de Formalización. 11. Que, de otro lado, de la revisión del expediente, se advierte que la Resolución venida en grado ha incurrido en error material al consignarse en la parte de visto así como en la parte resolutiva, el Código de Predio N° P037000568 siendo lo correcto “P37000568”, según se advierte de la fi cha de empadronamiento (fojas 01); error que no altera la parte sustancial de lo resuelto en el presente procedimiento; por lo que, se procederá con su rectifi cación de ofi cio, conforme con lo establecido por el artículo 201° de la Ley N° 27444. De conformidad con las normas antes citadas, así como por el artículo 15° del Reglamento de Normas; y, Estando a lo acordado, SE RESUELVE:Primero: Declarar INFUNDADA la apelación interpuesta por Rosa Edelmira Osorio Montoro Vda. De Torres, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. Segundo: REVOCAR la Resolución Jefatural N° 084- 2006-COFOPRI/CIUDAD 4 del 6 de junio de 2006, emitida por la Ofi cina de Jurisdicción Ampliada Ciudad 4 - Sede Huaraz. Tercero: DISPONER la emisión del Título de Saneamiento de Propiedad en copropiedad en favor de Miguel Leonor, Fermín Lucio, Gerardo Máximo y Arturo Antonio Carrión Matos respecto del lote 20, manzana “V2”, Sector “El Triunfo”, Centro Poblado Carhuaz, distrito y provincia de Carhuaz, departamento de Ancash. Cuarto: RECTIFICAR el error material señalado en el décimo primer considerando de la presente resolución. Regístrese y comuníquese.LUZ MARINA SÁNCHEZ MERA Vocal Titular del Tribunal Adm.de la Propiedad de COFOPRI JOSÉ VICENTE SECLÉN PERALTA Vocal Titular del Tribunal Administrativo.de la Propiedad de COFOPRI GUNTHER HERNÁN GONZALES BARRÓN Vocal Titular del Tribunal Administrativo.de la Propiedad de COFOPRI 159711-2 Designan Jefe de la Oficina Zonal de Moquegua RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 013-2008-COFOPRI/DE Lima, 31 de enero de 2008VISTO: La Resolución Suprema Nº 008-2007-VIVIENDA que aprueba el Cuadro para Asignación del Personal –CAP del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal -COFOPRI; y CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementado por la Ley Nº 27046 que crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, la misma que es modifi cada por la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, Ley del Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos por la de Organismo de Formalización de la Propiedad Informal -COFOPRI; Que, la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923 precitada, establece que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad de COFOPRI, quien ejercerá la titularidad del Pliego; Que, mediante el Decreto Supremo N° 025- 2007-VIVIENDA, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones -ROF de COFOPRI; como instrumento de gestión que desarrolla la estructura orgánica de la entidad, hasta el tercer nivel organizacional; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 008-2007- VIVIENDA se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal –CAP de COFOPRI, en tal virtud es necesario proceder a la designación del Director para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28923, Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444, Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA y con el visado de la Secretaria General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la designación del señor DOMINGO BENJAMIN ESPINOZA OSCANOA, en el cargo de Jefe de la Ofi cina Zonal de Moquegua, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- DESIGNAR al señor FORTUNATO SEGUNDO SILVA GUANILO, en el cargo de Jefe de la Ofi cina Zonal de Moquegua. Artículo Tercero.- La remuneración que percibirá el servidor designado, será aquella que corresponde a su nivel previsto en el Presupuesto Analítico de Personal –PAP de la Entidad. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución a los Órganos Estructurados de COFOPRI Regístrese, comuníquese y publíquese. OMAR QUEZADA MARTÍNEZ Director EjecutivoCOFOPRI 159452-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de mensajería en las Oficinas Registrales de la Zona Registral N° IX - Sede Lima RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 036-2008-SUNARP/SN Lima, 31 de enero de 2008 VISTOS el ofi cio N°176-2008-SUNARP-ZR Nº IX-GAF/ JEF, suscrito por el Jefe de la Zona Registral N° IX, Sede Lima; el Memorándum Nº 076-2007-SUNARP-Z.R. Nº IX/OL de la Ofi cina Legal de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima; el Informe Técnico Nº 001-2007-SUNARP-Z.R .Nº IX-GAF/SLS de la Sub Gerencia de Logística y Servicios de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima; y, el Informe de la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP. CONSIDERANDO:1. ANTECEDENTES Que, mediante ofi cio N°176-2008-SUNARP-ZR Nº IX- GAF/JEF, el Jefe de la Zona Registral N° IX, Sede Lima, sustentándose en el Informe Legal (Memorándum Nº 076-2007-SUNARP-Z.R. Nº IX/OL) y en el Informe Técnico (Informe Técnico Nº 001-2007-SUNARP-Z.R.Nº IX-GAF/SLS) emitidos por la Ofi cina Legal de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima y por la Sub Gerencia de Logística y Servicios de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima, respectivamente, solicita que se declare en situación de desabastecimiento inminente la contratación del servicio de mensajería para dicha Zona Registral y se le autorice a contratar el citado servicio dentro del marco de la legislación vigente.