Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2008 (02/02/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

365577

Aprueban la Zonificacion Ecologica y Economica en el ambito de la Region Amazonas
ORDENANZA REGIONAL N° 200GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de Amazonas, en Sesion Extraordinaria de fecha 31 de diciembre del 2007, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales", Articulo 4º, establece que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas, nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el Articulo 53º de la Ley Nº 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales", modificada por Ley Nº 27092 y Ley Nº 28013, establece en sus incisos a) y b) que dentro de las funciones especificas de los Gobiernos Regionales esta el de formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de Ordenamiento Territorial, implementando el Sistema de Gestion Ambiental en coordinacion con las Comisiones Ambientales Regionales; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 45º, Inciso a) de la Ley Nº 27867, "Ley Organica de Gobiernos Regionales", modificado por el Articulo 4º de la Ley Nº 27902, la funcion normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando normas de alcance regional; Que el Articulo 29-A, Numeral 3) de la Ley Nº 27902 modificatoria de la Ley Nº 27867 ­ Ley de los Gobiernos Regionales, senala que dentro de las funciones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, le corresponde ejercer las funciones especificas sectoriales en materia de planificacion estrategica, prospectiva, inversiones, presupuesto, tributacion y ordenamiento territorial, administracion y adjudicaciones de terrenos de propiedad del Estado; Que, los Articulos 1º, 2º y 3º del Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM ­ Reglamento de Zonificacion Ecologica y Economica, establece la naturaleza, fines y objetivos de la ZEE, determinando que la Zonificacion Ecologica y Economica, es un MORDAZA dinamico flexible para la identificacion de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en la union de sus potencialidades y limitaciones con criterios fisicos, biologicos, sociales, economicos y culturales, orientado a la toma de decisiones sobre los mejores usos del territorio, considerando las necesidades de la poblacion que habita en MORDAZA con el medio ambiente; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 016-2003-CR/ RA, se crea la Comision Tecnica de Zonificacion Ecologica y Economica en el ambito de la Region Amazonas, con la finalidad de promover la aplicacion, el monitoreo, evaluacion y actualizacion de la ZEE ­ Amazonas, supervisar su cumplimiento y emitir opiniones; asi como tambien las de proponer ordenanzas regionales; Que, mediante Convenio Nº 103-2004-GR/PGR, del 29-10-2004, y sus adendas respectivas, suscrita entre el Gobierno Regional de Amazonas y el Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana - IIAP, se elaboro el Estudio de Zonificacion Ecologica y Economica de Amazonas, el mismo que contiene los resultados y las recomendaciones para el uso, ocupacion ordenada y sostenible del territorio, que es parte integrante de la presente Ordenanza; Que, el Articulo 22º del Decreto Supremo Nº 0872004-PCM ­ Reglamento de Zonificacion Ecologica y

Economica, establece que la Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE), es aprobada por Ordenanza Regional; Que, segun lo dispuesto por el Inc. a) del Art. 15º, concordante con el Inc. a) del Art. 37º y Art. 39º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada con Ley Nº 27902, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, asi como aprobar decisiones de caracter institucional, de interes publico y ciudadano, a traves de Ordenanzas Regionales; Que, estando a lo acordado en el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, mediante Acuerdo Nº 028, aprobado en Sesion Extraordinaria Nº 19, desarrollada en la MORDAZA de Chachapoyas el 31 de diciembre del 2007; en uso de las facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37°, concordante con el Art. 38º de la Ley N° 27867 y su modificatoria N° 27902 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, se ha dado la siguiente. ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APRUEBASE la Zonificacion Ecologica y Economica en el ambito de la Region Amazonas, que consta de 14 informes tematicos con sus respectivos mapas y una propuesta de la ZEE ­ Amazonas. Articulo Segundo.- DISPONER, que el Ejecutivo dentro de los 60 dias de publicada la presente Ordenanza, reglamente y apruebe mediante Decreto Regional su implementacion. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Amazonas. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 31 dias del mes de diciembre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 31 DIC.2007. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas 158916-1

Designan Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas para el periodo anual 2008
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 001-2008-GRA/CR Chachapoyas, 9 de enero del 2008 VISTO: La Ley Nº 28968 Ley que modifica el numeral l) del Art. 21º y la Undecima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y el MORDAZA parrafo del Art. 13º de la Ley Nº 29053; y, CONSIDERANDO : Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.