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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (08/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de febrero de 2008 366177 reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Suplentes que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional; Que, en atención a lo anteriormente expuesto y teniendo en cuenta que esta Presidencia tiende a tomar en consideración para la designación y promoción de magistrados, la participación en actividades académicas, méritos de carácter jurídicos, desarrollo profesional y la calidad del servicio que, como trabajador, viene prestando a este poder del Estado, es que en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor ORLANDO NICOMEDES REYES FELIX, como Juez Suplente del 1º Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de El Agustino. Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor PEDRO FELICIANO FELIX AQUINO, como Juez Suplente del 5º Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial. Artículo Tercero.- Exprésese el agradecimiento correspondiente a los doctores: Cesar Adolfo De La Cruz Tipian y Giuliana Leslie Sotelo Zegarra, por los servicios prestados a la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación y la Ofi cina de Administración Distrital. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 162174-1 ORGANISMOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Aprueban funcionamiento de programas de maestría de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional del Callao RESOLUCIÓN Nº 044-2008-ANR Lima, 24 de enero de 2008 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTO:El ofi cio Nº 277-2007-OSG, de la Universidad Nacional del Callao; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución Nº 891-94-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores autoriza el funcionamiento de la Escuela de Posgrado a la Universidad Nacional del Callao, precisando que la creación de nuevos Programas de Maestría y Doctorado, requiere la coordinación previa e indispensable con los órganos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que en mérito a lo previsto en el considerando anterior, la Universidad Nacional del Callao, mediante ofi cio de visto, hace llegar la documentación correspondiente a la creación y organización de los Programas de Maestría, con sus respectivos currículos para su aprobación;Que, habiéndose examinado la documentación, se desprende que el currículo de cada uno de los Programas de Maestría en: Administración Estratégica de Empresas, Finanzas, Comercio y Negociaciones Internacionales, Investigación y Docencia Universitaria, Ciencias Fiscalizadoras, Tributación, Salud Pública, Gerencia en Salud, Ciencias de la Salud con mención en Educación para la Salud; Productividad y Relaciones Industriales, Ingeniería de Sistemas, Gerencia del Mantenimiento, Gestión Pesquera, Ingeniería Química, Ciencias y Tecnología de Alimentos, de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional del Callao, acreditan las condiciones contenidas en los documentos sobre “Requisitos Mínimos para la Organización y Funcionamiento de una Escuela de Posgrado” y numeral 2 de “Lineamientos de Autoevaluación con fi nes de Acreditación de Escuelas de Posgrado” aprobado por las Resoluciones Nº 394-2004-ANR, Nº 023-2004-ANR”, respectivamente; Estando al Informe del Director General de Desarrollo Académico y Capacitación, y; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar que la organización y funcionamiento de los Programas de Maestría en: Administración Estratégica de Empresas, Finanzas, Comercio y Negociaciones Internacionales, Investigación y Docencia Universitaria, Ciencias Fiscalizadoras, Tributación, Salud Pública, Gerencia en Salud, Ciencias de la Salud con mención en Educación para la Salud; Productividad y Relaciones Industriales; Ingeniería de Sistemas, Gerencia del Mantenimiento, Gestión Pesquera, Ingeniería Química, Ciencias y Tecnología de Alimentos, de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional del Ca llao, acreditan las condiciones contenidas en los documentos sobre “Requisitos Mínimos para la Organización y Funcionamiento de una Escuela de Posgrado” y numeral 2 de “Lineamientos de Autoevaluación con fi nes de Acreditación de Escuelas de Posgrado” aprobado por las Resoluciones Nº 394-2004-ANR, Nº 023-2004-ANR”, quedando en consecuencia aprobados para su funcionamiento. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Asamblea Nacional de Rectores. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma yPresidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario GeneralAsamblea Nacional de Rectores 161328-1 Aprueban publicación del proyecto “Las Tendencias de la Educación Superior en América Latina en el Siglo XXI” en el programa de publicaciones del 2008 RESOLUCIÓN Nº 045-2008-ANR Lima, 24 de enero de 2008 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES El Memorando N° 636-2007-SE de fecha 22 de noviembre de 2007, el Ofi cio N° 259-2007-LPH de fecha 31 de octubre de 2007; y,