Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2008 (08/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de febrero de 2008

Articulo 3°.- Edelnor S.A.A. debera informar al Osinerg y a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, dentro de los siete (07) dias habiles contados a partir del dia siguiente de su notificacion, adjuntando los documentos sustentatorios correspondientes. Articulo 4°.- DECLARAR agotada la via administrativa. MORDAZA BRASCHI O'HARA Sala Unipersonal 2 JARU 161767-1

Aprueban Bases Integradas para la MORDAZA Convocatoria a Licitacion de Suministros de Energia Electrica para la Empresa Consorcio Electrico Villacuri S.A.C.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 060-2008-OS/CD MORDAZA, 7 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, en la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica (en adelante la "Ley"), se dispone que, dentro de los tres (3) primeros anos de su vigencia, las Empresas Concesionarias de Distribucion (en adelante "Distribuidoras") podran convocar a licitaciones, con una anticipacion menor a tres (3) anos para cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus usuarios regulados; en cuyo caso, la vigencia de los contratos adjudicados no sera mayor a cinco (5) anos; Que, el numeral 6.2 del Articulo 6° de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitacion, modelos de contrato, terminos y condiciones del MORDAZA de licitacion, formulas de actualizacion de precios firmes y supervisar su ejecucion; Que, la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/CD (en adelante "Norma Lineamientos") es aplicable a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009, en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley; Que, la empresa Consorcio Electrico Villacuri S.A.C. (en adelante "COELVISAC"), de conformidad con el numeral 3 del Articulo 4° de la Ley, manifesto el dia 13 de MORDAZA de 2007, su intencion de efectuar una licitacion publica al MORDAZA de lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la citada Ley. Luego de efectuada la publicacion, y dentro del plazo establecido en la MORDAZA Lineamientos, ninguna empresa distribuidora manifesto su intencion de incorporarse al proceso; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 6662007-OS/CD, publicada con fecha 31 de octubre de 2007, se aprobaron las Bases para la Licitacion de Suministros de Energia Electrica para COELVISAC en primera convocatoria; y, posteriormente, con Resolucion OSINERGMIN Nº 750-2007-OS/CD, se aprobaron las Bases Integradas correspondientes; Que, el dia 27 de diciembre de 2007 se efectuo el acto publico de MORDAZA de propuestas y adjudicacion de la buena pro. Como consta en el acta del referido acto publico, no se presentaron ofertas, por lo que el Comite de Adjudicacion declaro desierto el MORDAZA en forma total. Asimismo, considerando que no se registro una oferta que supero el Precio MORDAZA de Adjudicacion, aprobado por OSINERGMIN, no se procedio a su revelacion; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 0272008-OS/CD, publicada con fecha 25 de enero de 2008,

se aprobaron las Bases para la MORDAZA Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para COELVISAC, a partir de su propuesta remitida el 4 de enero de 2008, mediante Carta COI-0018-2008/G.G., que fuera modificada mediante carta COI-0100-2008/G.G. recibida el 18 de enero del presente; Que, con fecha 29 de enero de 2008, COELVISAC, en su calidad de conductor del MORDAZA de licitacion (en adelante "Licitante"), publico la convocatoria a Licitacion Publica a fin de que los interesados presenten sus ofertas para suministrar potencia y energia asociada destinadas al MORDAZA regulado, segun la demanda MORDAZA que se publica en dicha convocatoria; Que, habiendo vencido el 1 de febrero de 2008, el plazo para presentar comentarios a las Bases, el Licitante remitio a OSINERGMIN, mediante Cartas COI-02412008/G.G. y COI-0280-2008/G.G., su propuesta de Bases Integradas, asi como el software a ser utilizado durante la adjudicacion de la Licitacion. Cabe senalar que, como resultado de la absolucion de consultas, el Licitante propuso nuevas bases, efectuando algunas precisiones relacionadas con el diagrama de carga de su demanda que tiene presencia mayoritaria de energia en horas fuera de punta y especificando de mejor manera el tratamiento del suministro de energia tanto en horas de punta como en horas fuera de punta; Que, al respecto, del analisis de los documentos recibidos, se ha verificado que las modificaciones efectuadas a las Bases por el Licitante y por OSINERGMIN no contravienen el MORDAZA de cumplimiento de lo establecido en la MORDAZA Lineamientos; Que, de lo senalado, se puede verificar que el procedimiento previo para la aprobacion de las Bases Integradas ha discurrido con normalidad, dentro de lo previsto en la citada MORDAZA Lineamientos y en las Bases del MORDAZA, correspondiendo como siguiente fase, la aprobacion por parte de OSINERGMIN de las Bases Integradas para la MORDAZA Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para COELVISAC; Que, se han emitido el Informe N° 0070-2008-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe N° 0071-2008-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, en los que se analizan las modificaciones propuestas y el proyecto de Bases Integradas remitido por el Licitante. Los mencionados informes complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, no habiendose encontrado observaciones de fondo, corresponde aprobar las Bases Integradas para la MORDAZA Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion COELVISAC; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica" (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009 en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832). SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las Bases Integradas para la MORDAZA Convocatoria de Suministros de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion Consorcio Electrico Villacuri S.A.C.; las mismas que como Anexo forman parte Integrante de la presente resolucion.

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