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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (08/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 90

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de febrero de 2008 366216 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la caducidad del Contrato de Concesión de la Ejecución de la Infraestructura de las Plantas de Revisiones Técnicas y la Explotación del Servicio de Revisiones Técnicas Vehiculares para Lima Metropolitana, suscrito el 20 de setiembre de 2004, por causal de incumplimiento en el inicio de operaciones de la planta de revisiones técnicas del Jockey Plaza o local que lo sustituya de similares características en ubicación y acceso. Artículo 2º.- Disponer que las Gerencias de Transporte Urbano y de Finanzas adopten las medidas necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Resolución en sus respectivos ámbitos de competencia. Artículo 3º.- Encargar al Procurador Público Municipal que interponga las acciones y medidas legales que correspondan en cautela de los intereses de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de la sociedad civil, solicitando la correspondiente aprobación del Concejo Metropolitano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 162172-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Establecen incentivo de pago por cancelación al contado o fraccionada de multas administrativas por colocación de afiches sin autorización ORDENANZA N° 291-CDLO Los Olivos, 1 de febrero de 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 003-2008-MDLO-CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son órganos de gobierno local que emana de la voluntad popular que representan al vecindario fomentando el bienestar de los vecinos, el desarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción, actuando con a autonomía Política, Económica y Administrativa, dentro de su jurisdicción con los limites que señala la Ley, conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, y la Constitución Política del Perú. Que, con Ordenanza N° 183-CDLO se adecua los procedimientos de fi scalización y control de disposiciones administrativas municipales y de aplicación de sanciones por su incumplimiento; estableciéndose escalas de multas administrativas, en leves graves, y muy graves, en función de gravedad de la infracción. Que, la Dirección de Recaudación y Administración Tributaria de conformidad con sus atribuciones, emprendió el proceso de fi scalización de publicidad exterior mediante afi ches realizados en el periodo 20/09/2006 a 15/12/2006, verifi cándose gran cantidad de infracciones califi cadas como graves cometidas por diferentes empresas que operan en el mercado. Que, siendo propósito de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los agentes económicos que operan dentro en la jurisdicción, es necesario establecer incentivos por pago al contado y/o fraccionado por multas administrativas en un plazo excepcional, que se encuentren en cualquier instancia.Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades; con dispensa del trámite de Aprobación del Acta y por unanimidad, el Concejo Distrital de Los Olivos aprobó la siguiente: ORDENANZA N° 291-CDLO QUE ESTABLECE EL INCENTIVO DE PAGO POR LA CANCELACIÓN AL CONTADO O FRACCIONADA DE MULTAS ADMINISTRATIVAS POR COLOCACIÓN DE AFICHES SIN AUTORIZACIÓN Artículo Primero.- OTORGAR hasta el 29 de Febrero del presente año, y a partir del día siguiente de la publicación de la presente ordenanza, el incentivo de descuento por pago al contado del 60% del monto total de la multa notifi cada al infractor. Artículo Segundo.- OTORGAR hasta el 29 de Febrero del presente año, y a partir del día siguiente de su publicación de la presente ordenanza, el incentivo de descuento del 40% del monto total de la multa por la suscripción de convenio de fraccionamiento, por un plazo máximo de fraccionamiento de seis (6) meses. Artículo Tercero.- EXONERAR de gastos procésales por pago al contado o fraccionado de las deudas provenientes de las multas administrativas originadas en el proceso de fi scalización de publicidad exterior (afi ches), al momento de su cancelación al contado o suscripción del convenio de fraccionamiento dentro de los plazos establecidos en la presente ordenanza, en los casos que se encuentren en la instancia coactiva. Artículo Cuarto.- PARA ACOGERSE a los incentivos de pago establecidos en la presente ordenanza los infractores deberán presentar sus solicitudes de desistimiento de toda procedimiento de reclamación, apelación y/o contencioso administrativo en la vía judicial que se encuentre en curso. Artículo Quinto.- ESTABLECER que para efecto de aquellas empresas que procedan a regularizar las multas administrativas bajo los parámetros establecidos en la presente Ordenanza, podrán hasta el 31 de Diciembre del 2008 seguir operando con este medio de publicidad sin la autorización municipal para la instalación de afi ches. Vencido dicho plazo las empresas deberán proceder a tramitar la respectiva autorización municipal por cada uno de los nuevos afi ches que sean instalados en el Distrito de Los Olivos. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, y a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SECRETARIA GENERAL, su publicación y a la OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su debida difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 161942-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Aprueban Cuadro Tarifario de Servicios Administrativos que no culminan en acto administrativo DECRETO DE ALCALDÍA Nº 02 -2008-MDP/A Pachacámac, 16 de enero del 2008