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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de febrero de 2008 366221 VISTO: El Informe Nº 008-2008-GAF-MDM de la Gerencia de Administraron Financiera, mediante el cual presenta el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Mala para el Año Fiscal 2008. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM-, mediante el cual se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley 26850- Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y el Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, que aprueba el nuevo Reglamento de la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conforme a lo dispuesto en el Artículo 5 de la Ley Nº 28267. Que, con Resolución de Alcaldía Nº 1109-2007-A- MDM de fecha 26 de Diciembre del 2007 se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2008. Que, según a lo establecido en el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, determina que, “Cada entidad debe de elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que debe de prever los bienes, servicios y obras que se requieran para el presente Ejercicio Presupuestal y, el monto del presupuesto requerido, a su vez el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones será aprobado por el titular del pliego o la máxima autoridad administrativa de la entidad”, y según el artículo 25º del acotado cuerpo de leyes dispone que el titular del pliego deberá aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones dentro de los treinta (30) días naturales, siguientes a la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura-PIA; en el presente caso el titular del pliego o la máxima autoridad administrativa de la Municipalidad; según lo dispuesto en el Artículo 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 es el Señor Alcalde. Que, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 Inciso 6 de la Ley Orgánica de Municipales Nº27972 concordante con la Ley el Presupuesto para el Sector Público del 2008-Ley 29142, del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº083-2004-PCM y con lo establecido por el Artículo 25 del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones aprobado por el del D.S. Nº 084-2004- PCM, con el Visto Bueno de Gerencia Municipal, Gerencia de Administración; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Mala de la Provincia de Cañete, Región de Lima, para el Ejercicio Fiscal 2008, de acuerdo al Informe Nº 008-2008-GAF-MDM y anexos de la Gerencia de Administraron Financiera de esta Municipalidad Distrital, que forman parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía, así como por los considerandos expuestos en la presente Resolución Artículo Segundo.- La Subgerencia de Logística y Margesí de Bienes queda encargada de insertar en el Sistema Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-SEACE, CONSUCODE y PROMPYME dentro de los (05) cinco días hábiles la Resolución y sus anexos. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a Gerencia Municipal y el Comité Permanente de Contrataciones y Adquisiciones de Bienes y Servicios de la Municipalidad Distrital de Mala. Artículo Cuarto.- La Ofi cina de Secretaria General queda encargada de la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano dentro del plazo establecido. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. VÍCTOR HUGO CARBAJAL GONZALES Alcalde 161290-1MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SALAS Exoneran de proceso de selección la adquisición de bienes y contratación de servicios para obras de mejoramiento del sistema de agua potable y rehabilitación del sistema de alcantarillado y tratamiento de aguas servidas ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2008-MDS/ALC Salas, 31 de enero de 2008 VISTO: En sesión ordinaria Publica de fecha 31 de Enero del 2008 y según el Informe Técnico Nº 040-2008- DSU/MDS y del Jefe de la Ofi cina de Proyectos y Obras y el Informe Nº 013-2008-ALE/MDS de la Ofi cina de Asesoría Legal Externa; así como los antecedentes que se adjuntan. CONSIDERANDO: Que, el Inc. “C” del Art. 19 del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que están exonerados de los procesos de Selección las adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situación de Emergencia declaradas , según la citada Ley. Que, de conformidad con el Art. 22 de la norma citada en el considerando precedente, se entiende como situación de Emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos , quedando la entidad exonerada de la tramitación del expediente Administrativo ,pudiendo ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la citada Ley. Que, por su parte el Art. 142 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, después de lo cual deberá convocar el proceso de Selección que corresponda. Que, el precitado Art. 142 señala además que toda Contratación o Adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los (10) días siguientes de la finalización del evento que la produjo , incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad publicando la Resolución Correspondiente , remitiéndolo junto con el Informe Técnico –Legal sustentatorio, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - CONSUCODE , así como emitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el estado de ejecución de la prestaciones. Que, por Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM se declaró en Estado de Emergencia en el Departamento de Ica y la provincia de Cañete del Departamento de Lima, por el Plazo de (60) días naturales, disponiéndose que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,