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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de febrero de 2008 366851 Aprueban Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y F unciones de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2008-MDS Supe, 23 de enero del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPE POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SUPE; PUEBLO. VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 01 de fecha 23 de Enero del 2008, el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES, presentado por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194° de a Constitución Política del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales son tos órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fi scalizadoras y a la Alcaldía las funciones ejecutivas; Que, el artículo 28° de la Ley Orgánica de Municipalidades — Ley N°27972, establece la estructura municipal básica de los Gobiernos Locales, la misma que comprende en el ámbito administrativo a la Gerencia Municipal, el Órgano de Control Institucional, la Procuraduría Pública Municipal, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto; ella está de acuerdo a su disponibilidad económica y los límites presupuestales asignados para gasto corriente. Los demás Órganos de Línea, Apoyo y Asesoría se establecen conforme lo determine cada gobierno local; Que, el Inciso 3) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades establece como atribución del Concejo el aprobar el Régimen de Organización Interior y funcionamiento del Gobierno Local, señalando en su artículo 26º que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior; Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM defi ne al Reglamento de Organización y Funciones como el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Asimismo, contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades; Que, conforme lo establece el inciso c) del artículo 33º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM corresponde al Concejo Municipal aprobar el Reglamento de Organización y Funciones, lo cual se materializará a través de una Ordenanza Municipal de acuerdo a lo regulado en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 que prescribe que a través de dicha norma se aprueba la organización interna de cada gobierno local; Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 001 de fecha 23 de Enero del presente año, el pleno dispuso la aprobación del REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES de la Municipalidad Distrital de Supe; y, Estando a lo expuesto, de conformidad lo establecido en la Constitución Política, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, por UNANIMIDAD el Concejo Municipal; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR, la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Supe, el mismo que consta de Ocho (08) Títulos, (08) Ocho Capítulos, Ciento siete (107) artículos y 04 disposiciones complementarias, 03 disposiciones transitorias y una disposición fi nal, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR, toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en VIGENCIA al día siguiente de su Publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANGEL R. FLORES LANEGRA Alcalde 165134-2 PROYECTOS TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyectos de Normas sobre un Nuevo Ordenamiento de la Banda 2 200 - 2 400 MHz y canalización de la Banda 2 300 - 2 400 MHz El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideración del público interesado los proyectos de normas sobre un nuevo ordenamiento de la banda 2 200 - 2 400 MHz y canalización de la banda 2 300 – 2 400 MHz, a fi n que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, Jr. Zorritos Nº 1203, Lima - Cercado, vía fax al 315-7784 o vía correo electrónico a cpalomares@mtc.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) días calendario. Formato para la presentación de comentarios al proyecto de norma Artículo del Proyecto Comentarios 1º Comentarios Generales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Lima, CONSIDERANDO:Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone en su artículo 199º, que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación y el control del espectro radioeléctrico; Que, asimismo, el artículo 217º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que el Ministerio podrá modifi car de ofi cio una