Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2008 (21/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

367021

2007-GRL-CEPAD, de fecha 26 de diciembre de 2007, relacionado al resultado del MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado al ING. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Regional de Energia y Minas de MORDAZA, por presunta NEGLIGENCIA E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1120-2006- de fecha 29 de agosto de 2006, se instaura MORDAZA administrativo disciplinario al ING. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Regional de Energia y Minas de MORDAZA, por presunta NEGLIGENCIA E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES, cuyos cargos especificos se desprende de la hoja Informativa 001-2006-GRL/OCI-JGRS, sobre la denuncia formulada contra funcionarios de la Direccion Regional de Energia y Minas de MORDAZA de fecha 4 de MORDAZA de 2006, del cual se advierte las siguientes imputaciones: a) incumplir una de sus disposiciones sectoriales, como es el caso de la Resolucion Ministerial Nº 563-2004-MEM-DM; toda vez que omitio comunicar al representante de la empresa Grifo San MORDAZA, sobre los gastos que irroga el desplazamiento hacia la localidad de Yurimaguas; b) Asimismo, no le correspondia suspender la Audiencia Publica de MORDAZA del Estudio de Impacto Ambiental, presentado por la Empresa Grifo San Juan; Que, de la revision efectuada al descargo presentado por el administrado, respecto a la imputacion, indica que no incurrio en Negligencia ni Incumplimiento de Deberes Funcionales, ya que el usuario solicitante conocia fehacientemente las normas, toda vez que se le informo oportunamente y sabia que tenia que brindarnos las facilidades para desarrollar la Audiencia Publica, por que la institucion (DREM-L), no cuenta con los recursos economicos para que los funcionarios puedan viajar a la MORDAZA de Yurimaguas; pero en ningun momento se ha solicitado dinero en efectivo al usuario solicitante; mas bien se ha pedido que nos brinden las facilidades para que los funcionarios de la DREM-L se trasladen a la MORDAZA de Yurimaguas, lo cual ha sido mal interpretado por la empresa. Que, la Comision Especial de ProcesosAdministrativos Disciplinarios, luego de analizar los actuados que obran en el expediente materia de autos concluye, que, el Ing, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha transgredido los siguientes dispositivos legales Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico: Articulo 21º.- son obligaciones de los servidores, Literales a) cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el Servicio Publico; b) salvaguardar los intereses del Estado, d) conocer exhaustivamente las labores del cargo, g) informar a la superioridad de los actos delictivos o de inmoralidad cometidos en el ejercicio de la funcion publica, y h) las demas que senalen las leyes o el reglamento. Articulo 28º.- Son faltas de caracter disciplinario, inciso a) El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento, y d) La negligencia en el desempeno de sus funciones. Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa: Articulo 126º.- Todo funcionario o servidor publico, cualquiera fuera su condicion, esta sujeto a las obligaciones determinadas por la Ley y el presente reglamento. Articulo 127º.- Los funcionarios y servidores se conduciran con honestidad, respeto al publico, austeridad, disciplina y eficiencia en el desempeno de los cargos asignados; asi como con decoro y honradez en su MORDAZA social. Articulo 129º Los funcionarios y servidores deberan actuar con correccion y justicia al realizar los actos administrativos que le correspondan. Ley Nº 27815 Ley del Codigo Etica de la Funcion Publica: Articulo 6º Principios de la Funcion Publica: Numerales 01) Respeto; 2) Probidad, 3) Eficacia, 4) Idoneidad, y 7) Justicia y Equidad. Articulo 7º Deberes de la Funcion Publica: Numerales, 01) Neutralidad, y 6) Responsabilidad. En concordancia con

el Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, Reglamento del Codigo de Etica de la Funcion Publica; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, en uso de las atribuciones conferidas y en aplicacion del articulo 170º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, ha recomendado AMONESTAR, con anotacion en su legajo personal al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Regional de Energia y Minas de MORDAZA, en aplicacion del articulo 26º literal a) del Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa" concordante con el articulo 155º literal a) del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado por el Decreto Supremo Nº 00590-PCM; Estando a lo expuesto; en merito al Informe Final indicado en el Visto de la presente, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Juridica; Oficina Regional de Administracion; Gerencia Regional de Desarrollo Economico; Gerencia General Regional; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AMONESTAR, con anotacion en su legajo personal al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Regional de Energia y Minas de MORDAZA, en aplicacion de Articulo 26º literal a) del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, concordante con el Articulo 155º literal a) del Decreto Supremo Nº 005-90PCM Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por medio de la Oficina de Administracion Documentaria del Gobierno Regional de MORDAZA, para el ejercicio de su defensa en el modo y forma que establece el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Registrese, comuniquese y cumplase. YVAN E. MORDAZA MORDAZA Presidente 166487-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban la Politica Regional Sectorial de Educacion
ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2008 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria, celebrada con fecha 12 de febrero del 2008, ha tratado, debatido y aprobado por mayoria simple, la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye politica permanente del Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, existen normas supranacionales, que es parte del derecho nacional de cumplimiento obligatorio para

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