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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de febrero de 2008 367007 CONTRALORIA GENERAL Aprueban “Directiva para la Fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la Contraloría General de la República” RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 069-2008-CG Lima, 20 de febrero de 2008Visto, la Hoja de Recomendación Nº 01-2008-CG/ CFP del Comité designado mediante Memorando Circular Nº 003-2008-CG/VC, mediante la cual se propone la aprobación de la “Directiva para la Fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la Contraloría General de la República”; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2007- PCM, se establecieron las normas y lineamientos aplicables a las acciones de fi scalización posterior en los procedimientos administrativos sujetos a aprobación automática o evaluación previa; habiéndose previsto en su Segunda Disposición Complementaria y Transitoria que las entidades a que se refi ere el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, entre las que se encuentra la Contraloría General de la República, deberán dictar las normas específi cas para la implementación de la fi scalización posterior, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles contados desde la publicación de la citada norma; Que, en dicho contexto, mediante Memorando Circular Nº 003-2008-CG/VC, la Vicecontralora General de la República, designó a los integrantes del Comité encargado de proponer la normativa a que se hace referencia en el considerando precedente; Que, por el documento del visto, se propone la aprobación de la Directiva que contiene las disposiciones que deben cumplir las unidades orgánicas de la Contraloría General de la República para la fi scalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de este Organismo Superior de Control; En uso de las facultades conferidas en el artículo 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 03- 2008-CG/SGE “Directiva para la Fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la Contraloría General de la República”, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías y Sistemas de Información la publicación de la presente Resolución y la Directiva aprobada, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe). Artículo Tercero.- La Directiva aprobada por la presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación a que se refi ere el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 167146-1REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado La Ramada RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 067-2008-JNAC/RENIEC Lima, 14 de febrero de 2008.VISTOS: el Informe N° 000001-2007/SGGORC/ GRC/RENIEC de la Sub Gerencia de Gestión Operativa de Registros Civiles y el Informe N° 000016-2008-GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, norma que precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de órganos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción, y que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, la Ofi cina Registral que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se refi eren los informes del Visto, ha formalizado el expediente para la delegación de funciones registrales, el cual ha sido califi cado positivamente por la Sub Gerencia de Gestión Operativa de los Registros Civiles y por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico normativo en materia registral, correspondiendo aprobar la delegación mencionada, a fi n de establecer la vinculación funcional respectiva; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley N° 26497; así como las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante tal delegación, a la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado La Ramada, distrito de Llama, provincia de Chota, departamento de Cajamarca. Artículo 2°.- El Jefe de la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado referido, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Operativa de los Registros Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, a la Ofi cina Registral que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado La Ramada, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución; correspondiendo a dicha Sub