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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (24/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de febrero de 2008 367257 mediante Acuerdo Regional N° 099-2007-GR.CAJ-CR de fecha 28 de diciembre del año 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Año Fiscal 2008, correspondiente al Pliego 445—Gobierno Regional de Cajamarca, con la fi nalidad de dar cumplimiento a los requerimientos y plazos establecidos por la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en la Directiva N° 006-2007-EF/76.01 y Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, con cargo a efectuar las correcciones y reclamaciones respecto a los proyectos anulados y nuevos en relación con el Programa de Inversiones 2008, aprobado con Acuerdo N° 063-2007-GR.CAJ-CR , de fecha 23 de julio del 2007, exceptuando el adicional otorgado por el Ministerio de Economía y Finanzas. De otro lado se acordó encargar a la Presidencia Regional para que, conjuntamente con la Comisión Ordinaria de Planeamiento y equipo técnico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, defi enda y sustente el Programa de Inversiones 2008 del Gobierno Regional aprobado con acuerdo N° 063-2007-GR.CAJ- CR. - Que, con Ofi cios N° 079-2008-GR-CAJ/GGR, el Gerente General Regional de Cajamarca, Ing. Germán Estela Castro, remite la Propuesta de Modifi caciones Presupuestales, a fi n de ser visto por el Consejo Regional y emita el Acuerdo Autorizándolas. Y Ofi cio N° 087-2008-GR-CAJ/GGR. el Gerente General Regional, manifi esta que de acuerdo a la Ley N° 28411 “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”, establece en su Art. 39-39.2, que “en el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los Créditos Suplementarios de los fondos públicos administrados por dichos niveles de Gobierno se aprueban por Acuerdo de Consejo Regional o Consejo Municipal, según sea el caso. Teniendo en cuenta que los Créditos Suplementarios se dan generalmente para Gastos Corrientes, que su otorgamiento no siempre coincide con las fechas de reuniones del Consejo Regional, y considerando además, que existen plazos muy cortos para remitir las Resoluciones a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, Contraloría General de la República y la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; se hace necesario que el Consejo Regional, como en años anteriores, faculte al señor PRESIDENTE REGIONAL para que autorice las Modifi caciones Presupuestarias antes indicadas. - Que, mediante Ofi cio N° 087-2008-GR.CAJ/DRAJ., el Director Regional de Asesoría Jurídica, Dr. Pedro Cerdán Urbina remite el Informe N° 005-2008-GR.CAJ/DRAJ- AMDEOL, de fecha 29 de enero del año en curso, que contiene la opinión legal respecto a la factibilidad legal del Acuerdo de Consejo Regional propuesto. Dicho informe tiene como antecedentes y se sustenta en: 1) Ofi cio N° 095-2008-GR.CAJ/GRPPAT-SGP de fecha 22 de enero de 2008, el Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Eco. Walter Ibáñez Juarez solicita autorización para efectuar modifi caciones presupuestarias, 2) Artículo 39º de la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto prevé en su numeral 2), la posibilidad de la modifi cación presupuestaría a nivel de los Gobiernos Regionales respecto de los créditos suplementarios de los fondos públicos que administran estas instituciones, lo cual debería realizarse previa aprobación por Acuerdo del Consejo Regional. 3) A estos efectos resulta necesario dejar constancia el tenor del numeral 1) del artículo 7° de la acotada, que señala como materializable la delegación que se solicita, resultando pertinente a su vez hacer notar que este mismo artículo establece la solidaridad en la responsabilidad por la delegación que se conceda. - Que, mediante Ofi cio N° 178-2008-GR.CAJ/ GRPPAT-SGP, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Eco. Walter Ibáñez Juarez, considera que es necesario efectuar modifi caciones presupuestarias para la restitución de los proyectos aprobados mediante Acuerdos de Consejo Regional mencionados en el segundo considerando, es por ello, que dichas modifi caciones se deben efectuar debido a que no viola normas presupuestarias vigentes, es por ello que OPINA FAVORABLEMENTE PARA LA REALIZACIÓN DE ESTAS MODIFICACIONES . Se resalta que la modifi cación que se refi ere a la Construcción de las Lagunas de Estabilización San Marcos, se plantea como consecuencia del embargo de la Cuenta Corriente, tal como se observa de los documentos cuyas copias forman parte de este acuerdo: Ofi cio Múltiple N° 001-2008-GR.CAJ/GRI, Informe N° 004-2008-GR.CAJ-GRI/SGO e Informe N° 001 -2007-GR-CAJ-GRI/SGO. De otro lado, sobre delegación a Presidencia Regional para la emisión de las Resoluciones de Autorización de Créditos Suplementarios de los fondos públicos, por parte del Consejo Regional, esto debe sujetarse a lo señalado en la Ley N° 28411 — Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, artículo 7°, cuyo texto es el siguiente: “El Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva. En materia presupuestal es responsable, de manera solidaria, con el Consejo Regional o Concejo Municipal, el Directorio u Organismo Colegiado con que cuenta la Entidad, según sea el caso. Dicha autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la Norma de Creación de la Entidad”. En tal sentido y como se procedió en el Año Fiscal anterior, es PROCEDENTE autorizar al señor Presidente Regional la autorización de Créditos Suplementarios a través del Acuerdo correspondiente, ya que esto viabilizará la emisión de las Resoluciones autoritativas y permitirá cumplir con los plazos de remisión de copias de las mismas a Contraloría General de la República, Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República y Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional N° 001-2003-CR/RC; el Pleno del Consejo Regional acordó : Primero.- AUTORIZAR al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca, Eco. Jesús Coronel Salirrosas, para que a través de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, efectúe las acciones necesarias para realizar las Modifi caciones Presupuestarias planteadas, dando cumplimiento al Acuerdo Regional N° 099-2007-GR.CAJ-CR de fecha 28 de diciembre del año 2007 en el sentido de efectuar las correcciones y reclamaciones sobre los proyectos anulados y nuevos en relación con el Programa de Inversiones 2008, aprobado con Acuerdo Regional N° 063-2007-GR.CAJ-CR, de fecha 23 de julio del 2007, exceptuando el adicional otorgado por el Ministerio de Economía y Finanzas. Cabe resaltar que en la propuesta se incluye la modifi cación que habilita presupuesto al Proyecto Construcción Lagunas de Estabilización San Marcos, por cuanto el embargo a la Cuenta Bancaria de la Fuente de Financiamiento de Donaciones y Transferencias ha ocasionado problemas sociales al no ser posible el pago de los trabajadores que venían laborando en la obra, tal como lo manifi esta el Alcalde de la Provincia de San Marcos; las mismas que se adjuntan y forman parte integrante del presente acuerdo. Segundo.- FACULTAR al Presidente del Gobierno Regional de Cajamarca, realice las gestiones correspondientes ante el Ministerio de Economía y Finanzas a fi n de solicitar Créditos Suplementarios, para poder realizar los estudios y ejecución de nuevos proyectos. Tercero.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente acuerdo. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.LUZMÁN GONZALO SALAS SALAS Consejero DelegadoDTE Consejo Regional 167968-2