Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2008 (24/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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VISTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de febrero de 2008

El Oficio Nº 6938-2007-GR.LAMB/DRE/OGA/AB/ PATR.SL, del 12 de diciembre de 2007, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 6938-2007-GR.LAMB/DRE/ OGA/AB//PATR.SL, del 12 de diciembre de 2007, el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Regional de Educacion MORDAZA, comunico que la Empresa ENSA viene construyendo una sub estacion electrica en un area de terreno de 4.00 m2 de la I.E. MORDAZA WEISS de Chiclayo, de propiedad del Ministerio de Educacion MORDAZA, habiendo solicitado emitir la resolucion autoritativa, a fin de que el Procurador encargado de los Asuntos Judiciales, asuma la defensa de los intereses del Estado; Que, mediante Solicitud de fecha 3 de octubre de 2007 (con Reg. 219333) don MORDAZA MORDAZA MORDAZA SERQUEN, Profesor activo de la I.E. "Karl Weiss" solicito a la DRE MORDAZA, la entrega de la MORDAZA certificada de la Resolucion emitida por la Superintendencia Nacional de Bienes Patrimoniales y Margesi del Estado, en la cual queda facultado a enajenar, vender, transferir, ceder o vender bienes patrimoniales del Estado, por cuanto la Directora de la I.E. en mencion habria dispuesto de los bienes patrimoniales que ameritan por si solas una profunda investigacion con su respectiva sancion penal y administrativa; Que, en el Informe Nº 103-2007-DRE/DGI-INF de fecha 26 de junio de 2007, se ha determinado que el terreno donde esta construido el local escolar de la I.E. MORDAZA Weiss cuenta con documentacion saneada, es decir esta inscrito a favor del Ministerio de Educacion en los Registros Publicos de Chiclayo, fojas 63-64, Tomo 189, Asiento 1.2 de fecha 25.02 de fecha 25.02.1997, con un area de 23,203.42 m2. Asi como que ENSA viene construyendo una sub estacion electrica de un area de 4.00 m2, invadiendo parte del terreno que pertenece al Ministerio de Educacion; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada el dia 7 de enero de 2008, se acordo autorizar al Procurador Publico Regional, el inicio de las acciones legales sobre el caso de la construccion de una sub estacion electrica en area de 4 m2, que es de propiedad del Ministerio de Educacion y ocupa la I.E. MORDAZA Weiss; En cumplimiento del articulo N°78 de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales N°27867, Decreto Ley N°17537 Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, Articulo 11º del Decreto Supremo Nº002-2003JUS "Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional" la cual estipula para iniciar cualquier MORDAZA en nombre y representacion del Gobierno Regional, el Procurador Regional debera contar con autorizacion por Resolucion Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales. Similar exigencia se requiere para desistirse, allanarse, conciliar o transigir, en consecuencia, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional, el inicio de las acciones judiciales correspondientes; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783 ­Ley de Bases de Descentralizacion y la Ley Nº 27867 ­Ley Organica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902; Con la visacion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la Oficina Regional de Asesoria Juridica y la conformidad de Gerencia General Regional; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico Regional a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones sobre el caso de la construccion de una sub estacion electrica en area de 4

m2, que es de propiedad del Ministerio de Educacion y ocupa la I.E. MORDAZA Weiss. Articulo Segundo.- REMITIR los antecedentes del caso al indicado Procurador Publico Regional a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, para los fines a que se contrae la presente Resolucion, ademas de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 167622-1

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a fin de recuperar reembolsos de subsidios de ESSALUD y otros indebidamente embargados por la SUNAT
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 070-2008-GR.LAMB/PR Chiclayo, 11 de febrero de 2008 VISTO: El Oficio Nº 5914-2007-GR.LAMB/DRE/OFAJ, del 31 de octubre de 2007, Informe Nº 006-2007-GR.LAMB/ DRE-JFCS-OGA, del 24 de MORDAZA de 2007 y Oficio Nº 68032007- GR.LAMB/DRE-D, del 5 de diciembre de 2007, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 5914-2007-GR.LAMB/DRE/ OFAJ, del 31 de octubre de 2007, el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Regional de Educacion MORDAZA, ha solicitado se autorice al Procurador Publico Regional el inicio de las acciones legales pertinentes, con la finalidad de que se devuelvan los reembolsos de subsidios y otros indebidamente embargados por ESSALUD y la SUNAT; Que, mediante Oficio Nº 1223-2006-DRE-OA de fecha 04-12-2006, se solicita a la SUNAT dejar sin efecto la obligacion tributaria del Impuesto Extraordinario de Solidaridad (IES) correspondiente al periodo agosto y setiembre de 1999, cuya deuda es por el importe de S/. 2,021,046.00; Que, con Oficio Nº 1224-2006-DRE-OA de fecha 0412-2006, se solicita a la SUNAT, el levantamiento del embargo y la devolucion del reembolso de Subsidios ­Es Salud por haber sido cancelado dicho Tributo por el Ministerio de Economia a ES SALUD correspondiendo dicho pago al periodo de MORDAZA y agosto de 1999; y, en los listados de la SUNAT se encuentra pendiente por la suma de S/. 2,453,960.00; Que, del Informe Nº 006-2007-GR.LAMB/DRE-JFCSOGA, del 24 de MORDAZA de 2007 a fls. 10 se deduce entre otros aspectos lo siguiente: a) Que, la supuesta deuda que tiene la Unidad Ejecutora de la DRE MORDAZA, con el Seguro Social de Salud ­Es Salud, por concepto de las cuotas patronales por aportaciones al regimen de la Ley Nº 26790, cuyo cobro lo hace la SUNAT por aportes de Tributos no pagados de MORDAZA y agosto del ano 1999, eran canceladas por el Ministerio de Economia y Finanzas (MEF) en forma directa (Cuotas Patronales de las entidades del Sector Publico), siendo necesario indicar que dicha deuda ha sido cancelada por el MEF, tal como se aprecia en el Oficio Nº 672-2004-SUNAT/2H100 firmado por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Insua, Jefe de Control de Deuda y Cobranza de la SUNAT (folios 34). Asimismo, los pagos efectuados por el Ministerio de Economia y Finanzas, a la SUNAT por los periodos tributarios de los meses de MORDAZA, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del ano 1999, correspondiente a ES SALUD (5210) es por el monto de S/. 3,527,645.00 (Anexo 03) y lo cobrado mediante Via Cobranza Coactiva por SUNAT por las

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