Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2008 (24/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de febrero de 2008

de 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2008, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US$ US$ US$ 2 024,12 1 300,00 30,25

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 167880-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicio de publicacion de avisos en prensa escrita
RESOLUCION SBS Nº 400-2008 San MORDAZA, 22 de febrero de 2008 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: VISTO: Los Informes Tecnicos Nºs. 001 y 010-2008-DL emitidos por el Departamento de Logistica, el Informe N° 014-2008-SAAJ de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, los Memorandums N°s. 112, 138, 1552007-UCII y 016-2008-UCII, y el Informe N° 011-2007-UCII de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandums N°s. 112, 138-2007UCII y 016-2008-UCII de fechas 13 de setiembre, 13 de noviembre de 2007 y 31 de enero de 2008 respectivamente; la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional solicita la contratacion del servicio de publicacion de avisos en prensa escrita para la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, tomando en consideracion que se realizan permanentemente la publicacion de comunicados oficiales, avisos relativos a procesos administrativos y campanas informativas, para lo cual mediante Memorandum N° 1552007-UCII de fecha 6 de diciembre de 2007 remite y valida el Informe Tecnico SBS 12-2007 elaborado por la Agencia de Publicidad Laos & Asociados S.R.L., donde se indica que la seleccion de los medios esta basada en funcion al publico objetivo y a la recopilacion de informacion sobre las actividades que realiza la Superintendencia inherentes a su mision, determinandose de esta manera los medios a emplear por nivel socioeconomico. Ademas, senala que si bien la gran parte de los usuarios de los sistemas financieros, de seguros y del Sistema Privado de Pensiones estan concentrados en la MORDAZA de MORDAZA, el alcance de estos es a nivel nacional y que el monto asignado a cada medio se ha establecido en base a la experiencia de los anos anteriores, teniendo en consideracion aspectos de

eficiencia y economia en las dimensiones y oportunidades de los avisos durante la ejecucion de los contratos, que en la mayoria de los casos alcanzo la cifra prevista; Que, a fin de sustentar lo MORDAZA expuesto, la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional, mediante Informe N° 011-2007-UCII de fecha 27 de diciembre de 2007 senala que esta Superintendencia esta comprometida con la transparencia de sus informaciones como uno de los principios primordiales de su labor, razon por la cual es necesario prever las acciones que permitan promover el desarrollo de una cultura financiera entre los usuarios del sistema financiero nacional y que como parte de estas acciones, anualmente se suscriben contratos con los principales medios de publicacion escritos; Que, en tal sentido se solicito un informe de publicidad a la agencia Laos & Asociados S.R.L., quien concluyo que en los segmentos A y B, los medios ubicados en las primeras posiciones son El Comercio, Peru 21, Trome, Correo, Ojo, Republica, El Bocon, Libero, Aja, y El Popular. En el segmento C, los medios en las primeras ubicaciones son El Trome, El Comercio, Ojo, Peru 21, Correo, Aja, Popular, El Bocon, La Republica, Libero; y en los segmentos D y E, la preferencia de los lectores indica una mayor participacion para El Trome, Ojo, Aja, El Popular, El Comercio, El Bocon, Libero, Correo, Peru 21 y La Republica. La lectoria en el caso de revistas se concentra principalmente en Caretas, un medio de corte general con enfasis en aspectos politicos y con capacidad de formar opinion. Indica finalmente que en los casos de Gestion y Semana Economica, estas no se encuentran en las primeras ubicaciones de lectoria de diarios y revistas, pero se consideran medios que forman opinion con influencia transversal en los segmentos empresariales; Que, del informe en mencion, la agencia Laos & Asociados S.R.L recomienda la contratacion de espacios en los medios como El Comercio, Peru 21, Gestion, Expreso, Caretas, Semana Economica, El Trome; a lo cual la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional coincide conforme lo senala en su Informe N° 0112007-UCII, donde propone ademas la contratacion de los diarios Ojo, Correo, La Republica y El Popular, por su nivel de influencia en sectores politicos, ademas se debe considerar que la informacion que brinda la Superintendencia es transversal, es decir, debe cubrir la mayor parte de la poblacion, segmentos economicos, tipos de empresa y zonas geograficas, por lo que es necesario considerar este atributo en los medios de comunicacion escritos a contratar, los cuales han remitido sus cotizaciones referidas al servicio de publicacion de avisos en prensa escrita por el periodo 2008-2009, cuyo monto en su conjunto asciende a la suma de S/. 481,000.00 (Cuatrocientos Ochenta y Un Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido todo concepto, gasto y tributo; Que, de otro lado, el Departamento de Logistica, mediante Informes N° 001 y 010-2008-DL de fechas 3 de enero y 14 de febrero de 2008 respectivamente, en concordancia con lo expuesto por la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional mediante sus Memorandums Nº 112, 138-2007-UCII y 016-2008-UCII, informa que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones como entidad rectora y supervisora de los ambitos bancarios, de seguros, y de administradoras privadas de fondos de pensiones, tiene la obligacion de informar a la sociedad los principales indices de desarrollo de los sectores senalados, realizando una labor de instruccion y proteccion a los usuarios mediante campanas de difusion, a traves de los principales medios de publicacion escrita, ademas de desarrollar a traves de los medios de comunicacion una labor de instruccion y proteccion a los usuarios de tales sistemas mediante campanas de difusion, lo cual se plasma en una serie de publicaciones de diversa indole; razon por la cual se hace necesaria la contratacion de los medios de prensa por este ente Supervisor; Que, por las razones expuestas por la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional en sus Memorandums N°s. 112, 138, 155-2007-UCII y 0162008-UCII y el Informe N° 011-2007-UCII, se concluye que se hace necesario contratar a las principales empresas de prensa escrita reconocidas por su notoria representatividad y seriedad, mediante las cuales se puede llegar al mayor numero de lectores; de acuerdo al siguiente detalle:

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