Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (24/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de febrero de 2008 367250 Cooperación Iniciativas Innovadoras para la Formación de Migrantes” a realizarse en la ciudad de Madrid España, adjuntando el programa que detalla las actividades académicas a desarrollar en las ciudades de Madrid España, París-Francia y Roma-Italia, desde el día 26 de febrero al 12 de marzo del 2008; indicando a su vez, que los gastos correspondientes al costo de los pasajes aéreo de Lima/Madrid-Madrid/Lima equivalente a US$ 1,210.73 (Mil Doscientos Diez y 00/73 Dólares Americanos), serán fi nanciados con recursos propios de la Ofi cina Central de Post Grado, y gastos correspondientes a los viáticos e impuestos de salida, serán cubiertos por la empresa UNIPETRO ABC SAC.; Que la Ley Nº 27619 regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, dispositivo legal que se encuentra regulado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio del 2002; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en la sesión extraordinaria Nº 05 del 19 de febrero del 2008; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Misión Ofi cial del Mag. Ing. Aurelio Padilla Ríos Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería a las ciudades de Madrid - España, París-Francia y Roma-Italia desde el día 26 de febrero al 13 de marzo del 2008, en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería, para que participe en diversas actividades académicas, entre ellas el evento de VIRTUAL EDUCA: “III Foro Iberoamericano sobre Formación, Innovación y Cooperación Iniciativas Innovadoras para la Formación de Migrantes” a realizarse en la ciudad de Madrid España. Artículo 2º.- Otorgar al Mag. Ing. Aurelio Padilla Ríos Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería, el equivalente en nuevos soles de los montos que correspondan, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participación en la Misión Ofi cial, explicitada en los considerandos de la presente resolución, debiendo rendir cuenta documentada de lo gastado en un plazo no mayor de quince (15) días, al término de la referida misión. Pasajes aéreo y terrestre (Ida y vuelta) : US$ 1 210.73 Viáticos (US$ 250.00 por 16 días) : US$ 4 000.00Tarifa Corpac. : US$ 30.25 Artículo 3º.- Los gastos que origine el viaje, en cuanto a los costos de los pasajes aéreos serán fi nanciados a través de los recursos directamente recaudados de la Ofi cina Central de Post Grado, y los gastos correspondientes a los viáticos e impuestos de salida, serán fi nanciados por la empresa UNIPETRO ABC SAC. Artículo 4º.- Encárguese al Segundo Vicerrector Arq. Luís Cabello Ortega, las funciones propias del cargo de Rector durante el período comprendido entre el 26 de febrero al 13 de marzo del 2008, inclusive. Artículo 5º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la autoridad antes citada deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 6º.- Disponer que la Ofi cina Central de Logística publique la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3º de la Ley Nº 27619. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO PADILLA RIOS Rector 167786-1ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Modifican Directivas que regulan el Procedimiento para el Registro del Plan de Operaciones y la Emisión de Constancias para solicitar ante la SUNAT el beneficio de devolución del IGV e IPM RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 023-2008/APCI-DE Mirafl ores, 21 de febrero de 2008VISTO:El Memorándum Nº 076-2008/APCI-DOC de fecha 30 de enero de 2008, emitido por la Dirección de Operaciones y Capacitación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la APCI, modifi cada por la Ley Nº 28386 y Ley Nº 28925, es el ente rector de la cooperación técnica internacional responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; Que, a efectos de dar cumplimiento a lo estipulado en el Decreto Legislativo Nº 783, “Aprueban Norma sobre Devolución de Impuestos que Gravan las Adquisiciones con Donaciones del Exterior e Importaciones de Misiones Diplomáticas y Otros ” y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 036-94-EF, “Reglamentan la Aplicación del Benefi cio Tributario de Devolución de Impuestos Pagados en las Compras de Bienes y Servicios Efectuadas con Financiación de Donaciones y Cooperación Técnica Internacional No Reembolsable” , la APCI a través de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 001-2008/APCI-DE de fecha 3 de enero de 2008, aprobó la Directiva Nº 001-2008/APCI-DOC, la misma que regula el Procedimiento para el Registro del Plan de Operaciones y la Directiva Nº 002-2008/APCI-DOC, la cual regula la Emisión de Constancias para solicitar ante la SUNAT el Benefi cio Tributario de Devolución del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto de Promoción Municipal - IPM; Que, las referidas directivas fueron aprobadas con la fi nalidad de sistematizar los procedimientos para el Registro del Plan de Operaciones y Emisión de Constancias que Aprueban el Benefi cio Tributario de Devolución del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto de Promoción Municipal - IPM; Que, conforme lo establece el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, la Dirección de Operaciones y Capacitación es el órgano de línea encargado de administrar el conjunto de acciones relacionadas con los registros que conduce la APCI, así como evaluar y tramitar los benefi cios por uso de cooperación internacional; Que, en ese sentido a través del documento de Visto, la Dirección de Operaciones y Capacitación de la APCI, ha solicitado la inclusión, en la Directiva Nº 001-2008/APCI-DOC, un numeral en el extremo de Documentación Requerida para el caso de Emergencia Declarada e IPREDA, que señale: 2.8 Copia simple del Convenio, Contrato, Carta de Ejecución, Minuta de Entendimiento u otro documento, suscrito con la fuente cooperante para la ejecución de la emergencia;