Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2008 (16/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO MORDAZA - CHINCHA VISTO:

En Sesion de Concejo de fecha 16 de MORDAZA del 2008 los informes Tecnico Legal Nº 015-2008-ALE y Nº 1312008-UR-MDPN del Area de Rentas y Asesoria Legal respectivamente, referido a la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de asesoria en materia de fiscalizacion tributaria y administrativa; y, CONSIDERANDO:

Que, el Area de Rentas del Municipio presenta su informe en el que requiere que se adopten las acciones que fueren necesarias para proceder a la contratacion de una Empresa o persona natural especializada en la materia, que se encargue de implementar un programa de fiscalizacion tributaria, cobranza de tributos atrasados con el objeto de incrementar la recaudacion tributaria y determinacion de deudas administrativas Selectiva a empresas prestadoras de Servicios Publicos; toda vez, que el area bajo su cargo no cuenta con los recursos tecnicos y humanos para el desarrollo de dicho programa; por lo que propone la ejecucion del programa de fiscalizacion tributaria y administrativa considerando a los principales contribuyentes, a efectos de aumentar la recaudacion para poder cumplir con las metas y objetivos para el ano 2008. Que la prestacion del servicio propuesto corresponde a recuperaciones, considerando que este servicio esta orientado a determinar posibles omisiones, evasiones tributarias y administrativas, recupero de tributos atrasados, sanciones tributarias y administrativas Selectivas a Empresas Prestadoras de Servicios Publicos, lo que constituira ingresos adicionales para el Municipio que a la fecha resultan totalmente indeterminados y que ademas no se encuentran presupuestados. Que la ejecucion del servicio de fiscalizacion tributaria selectivo de los tributos MORDAZA indicados asi como la determinacion de deudas administrativas, por su especializacion en materia tributaria, administrativa y confiabilidad de la informacion a procesar en el MORDAZA de la reserva tributaria estipulada en el codigo tributario y normas conexas, el desarrollo de los procedimientos y la aplicacion de los conocimientos en materia tributaria y administrativa para la ejecucion del servicio, son considerados servicios personalisimos. Que, conforme a lo senalado por el Area de Rentas, obra en poder de la Municipalidad la propuesta tecnica y economica presentada por la Empresa INNOVACIONES PERU S.A.C., en el que se demuestra de manera objetiva que dicha Empresa cuenta con las calificaciones necesarias que la distinguen de otras empresas que existen en el MORDAZA y las cuales tambien han presentado su propuesta a la Municipalidad y que dicha Empresa tiene calificaciones distinguidas en las Municipalidades donde ha prestado sus servicios habiendo obtenido optimos niveles de recaudacion y eficacia en los procedimientos efectuados en el MORDAZA de servicios que la Municipalidad requiere, por lo atendiendo al MORDAZA de oportunidad a la que hace referencia la Ley de Contrataciones del Estado, resulta pertinente efectuar las acciones que fueran necesarias y que previo Acuerdo de Concejo se exonere del MORDAZA de seleccion mediante concurso publico y/o licitacion publica para proceder a la contratacion de dicha Empresa y poder asi cumplir a cabalidad con las metas de recaudacion previstas por la Municipalidad. Que, conforme a la opinion del Area de Asesoria Legal del Municipio resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de seleccion al MORDAZA de los Arts. 19º y 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM que aprueba el T.U.O. de la Ley General de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como el articulo 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, el inciso f) del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM establece que las contrataciones de servicios personalisimos se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas, procediendo su contratacion mediante una adjudicacion de menor cuantia y debiendo aprobarse tales exoneraciones segun lo establecido en el Art. 20º de dicho texto. Que, el articulo 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004PCM establece que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizaran mediante acciones inmediatas, debiendo para ello aprobarse dicha exoneracion mediante Acuerdo del Concejo Municipal, conforme lo senala el inciso c) del referido articulo, el mismo

que requiere obligatoriamente de un informe Tecnico-Legal previo y sera publicado en el Diario Oficial El Peruano, MORDAZA del acuerdo y el informe que lo sustenta deberan remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo la responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Que, asimismo el articulo 145º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicio celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; situacion que segun el informe del Area de Rentas esta debidamente acreditada. Que, en los articulos 146º, 147º y 148º del referido Reglamento se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion y que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos. Que, teniendo en cuenta la normatividad MORDAZA expuesta, y habiendose determinado que la ejecucion del servicio demanda el concurso de servicios personalisimos, debera formalizarse la exoneracion del MORDAZA de seleccion para proceder a la contratacion de los servicios personalisimos de la Empresa propuesta por el Departamento de Administracion de Rentas, previa exoneracion del MORDAZA de seleccion de licitacion publica, mediante Acuerdo de Concejo respectivo. Que, estando a los fundamentos expuestos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los articulos 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal con el MORDAZA unanime de los senores Regidores con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta adopto el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Seleccion que corresponda para la contratacion por servicios personalisimos de la Empresa INNOVACIONES PERU S.A.C., para que preste el Servicio de Fiscalizacion Selectiva a Empresas Prestadoras de Servicios Publicos en materia Tributaria y Administrativa, recuperacion de tributos atrasados y determinacion de sanciones tributarias y administrativas conforme a lo solicitado por el Area de Rentas, debiendo realizar el MORDAZA de Seleccion mediante acciones inmediatas de conformidad con los dispositivos vigentes en la materia. Articulo Segundo.- Establecer que el valor referencial del costo del servicio a contratar sera determinado en porcentajes (30% mas IGV) hasta un MORDAZA de S/. 40,000.00 (Cuarenta Mil y 00/100 Nuevos Soles), aplicados sobre la recaudacion efectiva proveniente de la ejecucion del servicio, por tanto la fuente de financiamiento que demanda la ejecucion del servicio sera la partida generica de ingresos propios, recursos directamente recaudados con financiamiento del contratista. Asi mismo el plazo MORDAZA de la exoneracion sera de tres meses computados desde la fecha de expedicion del presente Acuerdo de Concejo o hasta que se agote el Monto MORDAZA exonerado lo que ocurra primero. Articulo Tercero.- Autorizar a las Oficinas de Secretaria y Abastecimiento para que realicen las acciones necesarias a fin de proceder a la contratacion por servicios personalisimos de la Empresa INNOVACIONES PERU S.A.C., a fin de que preste el Servicio de Fiscalizacion Selectiva en materia Tributaria y Administrativa, recuperacion de tributos atrasados y determinacion de sanciones tributarias y administrativas conforme a lo solicitado por el Area de Administracion de Rentas. Articulo Cuarto.- Disponer que la Oficina de Secretaria publique el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi como remita MORDAZA a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, conjuntamente con el informe Tecnico-Legal dentro de los plazos previstos en la Ley Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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