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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de julio de 2008 376223 con el referido Cambio de Zonifi cación, siendo de benefi cio para la Provincia Constitucional del Callao, la instalación de esta Zona Industrial, que agruparía a muchas Micro Empresas, que es necesario alentar, recomendando que se garanticen los derechos de la población que reside en las cercanía de ese lugar, instalando actividades industriales como de calzado, vestuario, textilerías, etc. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL TERRENO DE LA ZONA DE PROTECCION AMBIENTAL A ZONA INDUSTRIAL DE PROPIEDAD DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO, UBICADO EN LA ZONA INDUSTRIAL CIUDAD SATELITE DEL DISTRITO DE VENTANILLA Artículo Primero.- Apruébase la Ordenanza Municipal, en virtud de la cual se aprueba el Cambio de Zonifi cación del terreno de la Zona de Protección Ambiental de 108,113.26 m2 a Zona Industrial, de propiedad del Gobierno Regional del Callao, ubicado en la Zona Industrial Ciudad Satélite del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, inscrito en la Partida Electrónica Nº 70200608 del Registro de Predios Callao. Artículo Segundo.- Modifícase en lo pertinente el Plan Urbano Director 1995-2010, de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo Tercero.- Encárgase a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde 226324-1 Exoneran de toda tasa por celebración de matrimonio civil comunitario para el personal de la Marina de Guerra del Perú ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000034 Callao, 30 de junio de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 30 de junio de 2008; aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en el artículo 9º, inciso 9, señala que es atribución del Concejo Municipal, crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, con Expediente Nº 006626, remitido por el Director de Bienestar de la Marina de Guerra del Perú, expresa que, dentro de las actividades a realizar para el año 2008 se encuentra programado la realización de un Matrimonio Civil Comunitario dirigido al personal de la Marina de Guerra del Perú, para el día 26 de septiembre del presente año, teniendo prevista la participación de sesenta (60) parejas, para lo cual tratándose de un programa de bienestar social que contribuye al fortalecimiento de la unidad familiar del personal naval, solicita a la Municipalidad Provincial del Callao, exonerar el pago correspondiente que debería realizar cada pareja, así como la exoneración de la publicación del edicto, requiriendo también su autorización para que dicha ceremonia se realice en el Club de Técnicos y Ofi ciales de Mar, “Contramaestre Dueñas”, sito en calle Maranga Nº 165 - San Miguel; Que, mediante Informe Nº 87-2008-MPC/GGSSC- GRC la Gerencia de Registros Civiles dependiente de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, señala que habiendo revisado el Expediente Nº 006626, remitido por el Director de Bienestar de la Marina de Guerra del Perú, solicitando la realización del Matrimonio Civil Comunitario para el Personal de la Marina de Guerra del Perú, es necesario que se cumpla con los requisitos para la apertura del pliego matrimonial y es de opinión favorable, la realización de un Matrimonio Civil Comunitario para el personal de la Marina de Guerra del Perú; Que, el Memorando Nº 676-2008-MPC/GGPPR, la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, señala que del pedido presentado por la Marina de Guerra del Perú a través del expediente Nº 06626 para la celebración de un Matrimonio Civil Comunitario y la exoneración de todo costo, corresponde a la decisión que tome el Concejo Provincial del Callao; Que, con Informe Nº 160-2008-MPC/GGAJC-SGCA, de la Sub-Gerencia de Coordinación y Apoyo a la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, es de opinión favorable la realización de un Matrimonio Civil Comunitario para el personal de la Marina de Guerra del Perú, según los artículos 60º y 66º de la Ley de Tributación Municipal y acorde con la normatividad vigente, debe ser aprobado por el Concejo Municipal Provincial del Callao; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE EXONERA DE TODA TASA POR LA CELEBRACIÓN DE UN MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL PERSONAL DE LA MARINA DE GUERRA DEL PERU Artículo Primero.- Apruébase la exoneración de toda tasa por la celebración de un Matrimonio Civil Comunitario para el Personal de la Marina de Guerra del Perú, para el día 26 de septiembre del 2008, teniendo prevista la participación de sesenta (60) parejas, autorizando la celebración de la ceremonia en el Club de Técnicos y Ofi ciales de Mar “Contramaestre Dueñas”, ubicado en la Calle Maranga Nº 165 - San Miguel. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 226325-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN IGNACIO Ratifican el día 30 de junio como el Día de la Dignidad Cajamarquina y establecen dentro del Calendario Cívico Provincial de San Ignacio la Semana Cívica Regional del 24 al 30 de junio (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Provincial de San Ignacio, mediante Ofi cio N° 034-2008/MEPSI.A, recibido el 14 de julio de 2008.) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 021-2007-CPSI.MEPSI. San Ignacio, 25 de junio del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD ECOLÓGICA PROVINCIAL DE SAN IGNACIODescargado desde www.elperuano.com.pe