TEXTO PAGINA: 44
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de julio de 2008 376218 por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia; ORDENA:Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Gobierno Regional de Huánuco – Año 2008, el mismo que consta de 5 procedimientos administrativos, cuyo texto forma parte de la presente norma. Artículo Segundo.- ESTABLECER, los costos de los procedimientos administrativos indicados en el artículo precedente, los mismos que se encuentran descritos en el “Tarifario de Servicios No Exclusivos” aprobado por R.E.R. Nº 042-2008-GRH/PR. Artículo Tercero.- DEJAR, sin efecto las normas que se opongan a la presente ordenanza, en el ámbito regional. Artículo Cuarto.- DISPONER, a la parte ejecutiva del Gobierno Regional, realizar las acciones administrativas pertinentes conforme a sus atribuciones. Artículo Quinto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional conforme a lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ESPINOZA EGOÁVIL Presidente 225875-5 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban habilitación urbana nueva del Programa de Vivienda Residencial Las Palpas RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 147-2008-A-MDC Carabayllo, 2 de abril de 2008 VISTO: El Expediente N° 7706-06 de fecha 25 de octubre del 2006, seguido por doña JUANA VEGA MORENO DE AYOLA, por el que solicita la Aprobación de Habilitación Urbana Nueva, Venta Garantizada y Obras Progresivas, de la Urbanización Residencial Las Palpas ubicado en el ex Fundo San Bernardo, Lote 5, Código catastral Nº 01552, distrito de Carabayllo. CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud de fecha 25 octubre del 2006, el recurrente solicita la Aprobación de su Proyecto de Habilitación Urbana Nueva, Venta Garantizada y Obras progresivas de la Urbanización Residencial Las Palpas ubicado en el ex Fundo San Bernardo, Lote 5, Código catastral Nº 01552, para lo cual adjunta los requisitos exigidos por la Municipalidad para tales fi nes. Que, el mencionado terreno se encuentra denominado con Código catastral 01552, ex-Fundo San Bernardo debidamente registrado en la Ficha Nº 905621, P.E. N° 42679518 del Registro Público de Lima y tiene un área de 1.422 hectáreas, tal como se acredita con la copia literal que obra en el expediente. Que, mediante informe Nº 342-2007/SCHU-GDUR- MDC, de fecha 17.JUL.2007, emitido por la Subgerencia de Catastro y Habilitación Urbana e Informe N° 144-2007/GDUR-MDC de fecha 27.JUL.2007 emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano Rural menciona que el recurrente ha cumplido con realizar todos los pagos de acuerdo al TUPA por lo que debe aprobarse la correspondiente Habilitación Urbana en cumplimiento con los Planes Urbanos. Que, mediante Dictamen N° 028-2006/CTHU-MDC de fecha 7.NOV.2006 emitido por los miembros de la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas, Dictamina FAVORABLE, la aprobación de Habilitación Urbana Nueva. Que, de acuerdo al informe N° 12-2008-GAJ/MDC de fecha 4.ENE.2008 emitido por la Gerencia de Asesoria Jurídica opina PROCEDENTE la aprobación de Habilitación Urbana Nueva. denominada Urbanización Residencial Las Palpas. Que, el artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades menciona que es competencia de la municipalidad en materia de organización de espacio físico –uso del suelo-, la habilitación urbana. Asimismo se señala en el artículo 79° que es función específi ca y exclusiva de la municipalidad distrital normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de las habilitaciones urbanas. Que, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades: SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, la Habilitación Urbana Nueva Tipo B-4 del Programa de Vivienda Residencial Las Palpas, ubicado en el lote 5, del ex Fundo San Bernardo, U.C 01552 de acuerdo a los planos perimétrico, Lotización L-01 y memoria descriptiva forman parte integrante de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos. Artículo Segundo.- APROBAR, la ejecución de las obras con construcción simultánea AUTORIZANDO a la Sra. JUANA VEGA MORENO DE AYOLA, para que ejecute en el Plazo de Veinticuatro (24) meses, las obras de energía eléctrica, agua potable, alcantarillado del predio de CATORCE MIL DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (14,220.00. M2), cuyos proyectos se aprueban debiendo sujetarse a los planos fi rmados y sellados, teniendo en cuenta lo siguiente: AREA TOTAL BRUTA 14,220.00 m2 AREA UTIL 8,322.33 m2AREA DE VIAS LOCALES 4,180.49 m2RECREACIÓN PÚBLICA 720.80 m2 MINISTERIO DE EDUCACIÓN 285.35 m2 SERPAR 284.43 m2MUNICIPALIDAD DISTRITAL 284.40 m2RENOVACION URBANA 142.20 m2 CUADRO DE APORTES GENERALES Aportes % Ord. Nº 292-MML Proyecto Dé fi cit Recreac. Pública 7 995.40 m2. 720.80 m2. 274.60 m2.Ministerio de Educación2 284.40 m2. 285.35 m2. 0.00 m2. Serpar 2 284.40 m2. 284.43 m2. 0.00 m2. Renovación Urbana 1 142.20 m2. 142.20 m2. 0.00 m2.Munic. Distrital 2 284.40 m2. 284.40 m2. 0.00 m2. El défi cit de aporte reglamentario ha sido cancelado según secuencia de pago Nº 0371105 de fecha 06.SET.2007 por S/. 7,314.25 Nuevos Soles de conformidad a la Liquidación del arancel otorgada por la Gerencia de Rentas según Memorándum Nº 0218-2007-GR/MDC de fecha 28.AGO.2007. SIENDO LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA HABILITACION URBANA: Pavimentos.- Las obras de pavimentación tendrán las siguientes especifi caciones: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural eliminando del que contengan restos orgánicos, especifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el, 95% de la densidad Proctor modifi cado de laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20, las partículas sólidas de esta capa tendrá un diámetro máximo de 2. Base.- Posteriormente a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 de espesor, compactado provenientes de cantera seccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso (con diámetros máximos de 1 1/ 2”), limos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riesgo sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo al 95% de la densidad Proctor modifi cado de laboratorio para un índice C.B.R. de 80, se procurará una superfi cie lisa y uniforme. Descargado desde www.elperuano.com.pe