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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2008 (18/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de julio de 2008 376355 MEDIOS RADIALES Ra ón Social RUC Nombre ComercialMonto de Inversión Grupo RPP S.A. 20100016843RPP S/. 91,570.50 Radio La Mega S/. 29,773.80 Radio Felicidad S/. 39,412.80 Total S/. 160,757.10 Grupo Panamericana de Radios S.A. 20219038683Radio Panamericana S/. 71,157.24 Radio Onda Cero S/. 0.00 Total S/. 71,157.24 Corporación Radial del Perú S.A.C 20382350368Radio Moda S/.66,830.40 Radio Mar S/. 43,268.40 Total S/. 110,098.80 Radio Z Rock & Pop S.A.C. 20122554466 Radio Zeta S/. 20,563.20 Radio A Frecuencia Modulada S.A.C. 20100483468 Radio Mix S/. 25,704.00 Radio Tigre S.A.C. 20100793815 Radio Okey S/. 21,591.36 Radio Unión y TV S.A. 20100431581 Radio Unión S/. 8,568.00 Emisoras Cruz del Perú S.A. 20100642019 Emisoras Cruz S/. 15850.80 Corporación Universal S.A.C. 20479381390Corporación Universal S/. 5,620.61 TOTAL S/. 4 9,911.11 *Montos expresados en soles e incluidos los impuestos de ley MEDIOS IMPRESOS Ra ón Social RUC Nombre ComercialMonto de Inversión Empresa Editora El Comercio S.A. 20143229816Diario Perú 21 S/. 15,681.78 Diario Trome S/. 26,355.74 Total S/. 42,0 7.52 Empresa Periodística Nacional S.A. 2010087945Diario Ojo S/.5,947.62 Diario Correo Nacional S/. 16,932.51 Total S/. 22,880.1 Grupo La República S.A. 20101462081Diario República N. Nacional S/. 5,989.31 Diario El Popular S/. 11,637.91 Total S/. 17,627.22 Editora del País S.A.C. 20509991147Del País S/. 2,771.67 Total S/. 2,771.67 TOTAL S/. 85, 16.54 *Montos expresados en soles e incluidos los impuestos de ley MEDIOS IMPRESOS Ra ón Social RUC Nombre ComercialMonto de Inversión Paneles NAPSA S.A. 20378726876 Clear Channel S/. 309,876.00 Que, al haberse determinado en el Informe Técnico Nº 003-ORI-ESSALUD-2008, las empresas que brindarán el servicio de publicidad para difundir la campaña promovida por la Ofi cina de Relaciones Institucionales, en los mencionados medios de comunicación, según los índices de audiencia y lectoría conforme al anexo adjunto al Informe Técnico; resulta legalmente factible exonerar de un Concurso Público la contratación del mencionado servicio de publicidad propuestos por la Ofi cina de Relaciones Institucionales, al haberse confi gurado la causal prevista en el inciso f) del artículo 19° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordado con el artículo 145º de su Reglamento, debiendo contratarse hasta un monto total de S/. 1’830,208.90, por un período de 06 meses; en consecuencia, la contratación de los servicios de publicidad deberá realizarse en forma directa mediante acciones inmediatas, tal como lo dispone el artículo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Informe Legal Nº 280-OCAJ-ESSALUD- 2008, la Ofi cina Central de Asesoría Jurídica emitió opinión legal sobre la procedencia de la exoneración solicitada por la Ofi cina de Relaciones Institucionales; Que, según el artículo 20° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la exoneración debe ser aprobada por resolución del Titular del Pliego de la Entidad;Que, de acuerdo con el artículo 8° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, concordado con el artículo 2° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Presidente Ejecutivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde aprobar la exoneración; Que, el artículo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que la contratación de los servicios materia de la presente exoneración, será realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para el efecto; Que, en uso de la atribución conferida por el artículo 20° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE:1. APROBAR la exoneración de la realización de un Concurso Público para la contratación de los servicios de comunicación televisiva, radial y escrita, para la campaña DNI para menores de edad hijos de asegurados titulares y en casos excepcionales a asegurados titulares menores de edad, a fi n que se encuentren acreditados y puedan acceder a las prestaciones asistenciales que ESSALUD ofrece, autorizando que la misma se lleve a cabo en forma directa, por el periodo de 06 meses, hasta por el monto de S/. 1’830,208.90 (Un millón ochocientos treinta mil doscientos ocho con 90/100 Nuevos Soles), incluido el IGV, con cargo a recursos propios. 2. DISPONER que la Gerencia Central de Logística realice la contratación objeto de la presente exoneración, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3. DISPONER que la Gerencia Central de Logística se encargue de la publicación de la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE. 4. DISPONER que la Secretaría General remita a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, copia de la presente Resolución y de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. 5. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIO FERNANDO BARRIOS IPENZA Presidente EjecutivoESSALUD 227115-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Aprueban adjudicación en venta directa a favor de Pesquera Némesis S.A.C. del predio de propiedad del Estado ubicado en el distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima RESOLUCIÓN N° 047-2008/SBN Lima, 10 de julio de 2008 Visto; el Expediente N° 097-2008/SBN-JAD, por el cual Pesquera Némesis S.A.C., solicita la adjudicación en venta directa del terreno de propiedad del Estado denominado Punta Chancay, colindante con el predio de su propiedad;Descargado desde www.elperuano.com.pe