Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2008 (19/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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TITULO III

376469

- Sindicato de Trabajadores independientes o dependientes de las Empresas Industriales y Comerciales y/o instituciones Publicas y Privadas - Asociaciones de Jubilados y Pensionistas e) Educacion, Comunicaciones y otros Deportes,

MORDAZA DE ELECCION DE REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL AL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL Articulo 11º.- MORDAZA de Eleccion El MORDAZA de eleccion de los representantes de la sociedad civil para conformar el Consejo de Coordinacion Local Distrital constituye un mecanismo democratico que permitira la participacion de la sociedad civil en la gestion municipal dentro de los alcances establecidos en la Ley Organica de Municipalidades, la presente Ordenanza y normas conexas. La Oficina Nacional de Procesos Electorales prestara asistencia tecnica para la organizacion y ejecucion del MORDAZA electoral. Ademas se solicitara la participacion como, observadores al MORDAZA Nacional de Elecciones, la Defensoria del Pueblo y Transparencia. CAPITULO I: DEL COMITE ELECTORAL Articulo 12º.- Conformacion El Comite Electoral tiene a su cargo la responsabilidad de la conduccion y desarrollo para que el MORDAZA de eleccion de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital se realice de manera democratica y transparente. El Comite Electoral estara conformado por cinco (05) miembros; tres miembros de la Sociedad Civil elegidos en Asamblea de Delegados-Electores y 2 funcionarios de la Municipalidad Distrital de Independencia: el Jefe de la Division de participacion Vecinal y el Jefe de la Unidad de Asesoria Legal. El Comite Electoral es MORDAZA en el ejercicio de sus atribuciones y sus decisiones son definitivas e impugnables. Articulo 13º.- Eleccion de los miembros del Comite Electoral de la Sociedad Civil Bajo la conduccion de los dos miembros representantes de la Municipalidad Distrital de Independencia, en coordinacion con las instituciones veedoras, la asamblea de los Delegados-Electores presentes, elegira en votacion secreta a los tres miembros del Comite Electoral de la sociedad civil de acuerdo a la fecha senalada en el Cronograma Electoral del anexo 1. Articulo 14º.- Quorum de la asamblea de Delegados ­ Electores Una vez abierta la asamblea se procedera a tomar lista a los Delegados-Electores que figuran en la nomina de Delegados Electores inscritos y de no haber la asistencia del 50% mas uno de los Delegados­Electores se MORDAZA una tolerancia de Treinta (30) minutos, pasados los cuales se volvera a pasar lista y con los DelegadosElectores asistentes se procedera a la siguiente etapa del proceso. Articulo 15º.- Atribuciones y obligaciones El Comite Electoral tiene las siguientes atribuciones y obligacione: a) Organizar, dirigir y controlar el desarrollo del MORDAZA electoral y actuar como miembros de mesa el dia de la eleccion. b) Preparar los disenos y formatos de cedulas y demas documentos que se requieran para el MORDAZA electoral. c) Resolver la inscripcion y retiro de los candidatos, impugnaciones, observaciones u otras incidencias, que se produzcan durante el MORDAZA electoral. d) Realizar el conteo de la votacion en forma publica. e) Redactar y suscribir el Acta Electoral del MORDAZA electoral. f) Proclamar a los candidatos elegidos, otorgar credenciales y juramentar a los candidatos elegidos. g) Comunicar al MORDAZA los resultados del MORDAZA electoral. h) Definir el Padron Electoral o Relacion de Representantes habiles para ser elegidos y el Cronograma Electoral en los lugares visibles de la Municipalidad. i) Resolver lo no previsto por el presente Reglamento. Sesionara en la sede de la Division de Participacion Vecinal de la Municipalidad Distrital de Independencia.

Culturales,

- Asociaciones de Padres de Familias (APAFAS) - Asociaciones de Directores de Centros Educativos - Sindicatos y/o Asociaciones de Trabajadores en el ambito de la Educacion - Organizaciones Culturales - Organizaciones Juveniles - Organizaciones Artisticas - Organizaciones Deportivas - Organizaciones de Transportistas - Otras Organizaciones afines CAPITULO II: PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION

Articulo 6º.- Requisitos de la solicitud de inscripcion Para la inscripcion en el Registro, las organizaciones de la sociedad civil deberan presentar una solicitud dirigida al MORDAZA, debiendo expresar y acompanar lo siguiente: a) El nombre de la organizacion, domicilio legal, nombre y apellidos del delegado-elector que los representara; la misma que tendra valor de Declaracion Jurada sobre la veracidad de los documentos y contenidos. Debera estar debidamente firmada por el representante de la organizacion (Presidente, Secretario General o quien haga sus veces). b) MORDAZA simple de la escritura de Constitucion inscrita en el Registro Publico correspondiente o MORDAZA de la Resolucion de Alcaldia expedida por la Municipalidad de Independencia que acredite estar inscrita en el R.U.O.S. u otro MORDAZA de reconocimiento emitida por alguna institucion publica que acredite a la organizacion. c) MORDAZA simple del documento de identidad del representante de la organizacion (Presidente, Secretario General o quien haga sus veces). d) MORDAZA de documento tales como el libro de actas de la organizacion, instrumentos juridicos suscritos, memoriales, publicaciones, entre otros, que acrediten al menos tres anos de actividad institucional y presencia y trabajo en el distrito. e) MORDAZA simple del acuerdo de Asamblea de la organizacion, mediante el cual designan al delegadoelector. f) MORDAZA del documento de identidad del delegadoelector. g) Declaracion Jurada que acredite por parte del representante facultado para emitir MORDAZA, la residencia en el distrito y no tener condena consentida por delito doloso con pena privativa de libertad. Articulo 7º.- Inicio del Procedimiento de inscripcion El procedimiento de inscripcion se inicia con la MORDAZA de la solicitud a que se refiere el articulo precedente, ante el Area de Tramite Documentario de la Municipalidad Distrital, previo Visto MORDAZA de la Division de Participacion Vecinal, la cual debera observar lo dispuesto en los articulos 124º, 125º y subsiguientes de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Generales. El area de tramite documentario remitira la solicitud recibida a la Division de Participacion Vecinal, para el tramite de inscripcion correspondiente. Articulo 8º.- Plazos Los plazos estaran establecidos conforme al Cronograma Electoral que forma parte de la presente ordenanza. Articulo 9º.- Vigencia de la Inscripcion y Actualizacion del Registro La inscripcion tiene vigencia de dos anos. Las Organizaciones inscritas en el periodo 2005 ­ 2007 se obligan a actualizar su informacion, siguiendo el mismo tramite establecido para la inscripcion en el Articulo Nº 6. Articulo 10º.- Difusion del Registro El listado de las organizaciones inscritas sera pegado en carteles en lugares visibles de la Municipalidad.

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