Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2008 (19/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de julio de 2008 376453 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27406, se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 28923 – Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios; cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo N° 009-99-MTC; Que, la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, modifi ca el tercer párrafo del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 803, estableciendo que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad quien ejercerá la titularidad del pliego presupuestal; Que, a través del Decreto Supremo N° 025-2007- VIVIENDA, se emitió el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, como instrumento de gestión que organiza y estructura los órganos de COFOPRI, hasta el tercer nivel organizacional; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 013-2008- VIVIENDA faculta al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI a ejecutar, a título gratuito, las acciones de saneamiento físico y legal, reubicaciones y adjudicaciones de lotes de vivienda, hasta su inscripción registral, a favor de los damnifi cados en albergues afectados por el desastre natural ocasionado por los sismos del 15 de agosto del 2007, que cumplan con los requisitos establecidos en el citado dispositivo; pudiendo COFOPRI, para este efecto, desarrollar sus acciones de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Reglamento de Formalización de la Propiedad, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-99-MTC y demás normas complementarias. Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final del mismo dispositivo citado, faculta a COFOPRI para emitir las Directivas que fueran necesarias para la ejecución de las acciones de reubicación y adjudicación en mención; Que, por otro lado, a través de la Resolución Directoral N° 055-2007-COFOPRI/DE, el Director Ejecutivo de COFOPRI delegó en la Secretaría General, entre otras, la función prevista en el literal c) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, relacionada con la facultad de aprobar las directivas y las normas técnico administrativas para mejorar los servicios públicos que brinda la Entidad; Que, mediante el documento de Visto, la Dirección de Normalización y Desarrollo ha remitido el proyecto de Directiva sobre “Lineamientos para la Ejecución de las Acciones de Reubicación y Adjudicación a favor de los Damnifi cados del Desastre Natural ocurrido por los Sismos del 15 de Agosto del 2007”; por lo que resulta necesario su aprobación, para ser aplicado en el marco del Decreto Supremo Nº 013-2008-VIVIENDA; Estando a lo dispuesto en los considerandos que anteceden y de conformidad con el Decreto Legislativo N° 803, Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 013-2008-VIVIENDA y la Resolución Directoral N° 055-2007-COFOPRI/DE; Con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Formalización Integral, la Dirección de Formalización Individual y la Dirección de Normalización y Desarrollo; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Directiva sobre “Lineamientos para la Ejecución de las Acciones de Reubicación y Adjudicación a favor de los Damnifi cados del Desastre Natural ocurrido por los Sismos del 15 de Agosto del 2007”, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Notifi car la presente Resolución a los Órganos de la Estructura Orgánica competentes y a los funcionarios comprendidos, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíqueseJUAN ÁNGEL CANDELA GÓMEZ DE LA TORRE Secretario General (e) del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI 228625-1ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Designan vocales titulares y suplentes del Tribunal de Apelaciones y Sanciones en Temas de Energía y Minería - TASTEM RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 557-2008-OS/CD Lima, 15 de julio de 2008 CONSIDERANDO: Que, el artículo 22º del Reglamento de los Órganos Resolutivos de OSINERGMIN, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 067-2008-OS-CD y modifi cado por Resolución Nº 477-2008- OS/CD, establece que el Tribunal de Apelaciones y Sanciones en Temas de Energía y Minería –TASTEM- contará con cinco (5) vocales titulares y tres (3) vocales suplentes designados por el Consejo Directivo, a propuesta de su Presidente. Que, asimismo, se establece que la Sala del TASTEM tendrá un Presidente, que será designado por el Consejo Directivo; Que, el plazo de designación del Presidente y de los Vocales del TASTEM será de dos (2) años renovables; Que, el Consejo Directivo en su sesión del 15 de julio de 2008 aprobó la designación de los 5 Vocales titulares y 2 Vocales suplentes del TASTEM, disponiendo entre ellos, al vocal que lo presidirá. De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001- PCM y sus modifi catorias, y el Reglamento de los Órganos Resolutivos de OSINERGMIN, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 067-2008-OS-CD y modifi cado por Resolución Nº 477-2008-OS/CD; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar por el período de dos años a los vocales titulares y suplentes del Tribunal de Apelaciones y Sanciones en Temas de Energía y Minería –TASTEM-, de acuerdo al siguiente detalle: Vocales Titulares: - Luis Ganoza de Zavala, Presidente de TASTEM, quien lo presidirá - Ing. Salvador Rómulo Salcedo Barrientos. - Ing. José Ignacio Távara Martin - Dr. Juan Carlos Mejía Cornejo- Dr. José Luis Harmes Bouroncle Vocales Suplentes: - Ing. Eduardo Raúl Del Rosario Quinteros - Dr. Julio César Castiglioni Ghiglino ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 228308-1 SEGURO SOCIAL DE SALUD Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de publicidad en prensa escrita, para la difusión de campaña de información acerca de cambios de los procesos de productos y servicios de la institución RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 330-PE-ESSALUD-2008 Lima, 10 de julio de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe