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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de julio de 2008 376466 Aceptan devolución de viáticos, gastos y otros del alcalde distrital y modifican Acuerdo Nº 014-2008-MDC ACUERDO DE CONCEJO Nº 017-2008-MDC Cieneguilla, 10 de julio del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Ofi cio Nº 043-2008- ALC/MDC de fecha 04 de julio del 2008, suscrito por el Sr. Alcalde Manuel Schwartz Rozenberg. CONSIDERANDO:Que, el artículo segundo del Acuerdo de Concejo Nº 014-2008-MDC, se autorizó la asignación de viáticos del 14 al 23 de Junio del 2008 (09 días) por la suma de S/. 12,231.50; al respecto se debió aprobar los viáticos a partir del día 16 hasta el día 20 (5 días) de conformidad al artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, en cumplimiento de la ley y la voluntad del Sr. Alcalde devolver los gastos que se autorizaron para su viaje según comprobantes de pago que adjunta, con cargo a la cadena de gastos 5.3.11.20 (Viáticos, Asignación y fl ete) por la suma de S/. 1,600.43 (Mil Seiscientos nuevos soles con 43/100), así como la devolución del cargo de la Cadena de Gastos 5.3.11.32 (Pasajes Aéreos) por la suma de S/. 7,963.00 (Siete Mil Novecientos Sesenta y Tres nuevos soles con 00/100), y con cargo a la cadena de gastos 5.3.11.39 (Servicios Generales) por la suma de S /. 157.75 (Ciento Cincuenta y Siete nuevos soles con 75/100), haciendo un total de S/. 9,721.18 (Nueve Mil Setecientos Veinte y Uno con 18/100). Que, mediante Ley Nº 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público; y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece en su Artículo 2º que “...la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución...”; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º, inciso 27 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Los señores miembros del Concejo Municipal, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por decisión UNANIME; ACUERDAN: Primero.- ACEPTAR la devolución de la asignación de los viáticos, gastos y otros, del Alcalde en su viaje a la ciudad de Miami – Florida de los Estados Unidos de Norte América del 16 al 20 de Junio del 2008, hasta por la suma de S/. 9,721.18 (Nueve Mil Setecientos Veinte y Uno nuevos soles con 18/100), según el siguiente detalle: Viáticos, Asignación y fl ete la suma de S/. 1,600.43 (Mil Seiscientos nuevos soles con 43/100), Pasajes Aéreos por la suma de S/. 7,963.00 (Siete Mil Novecientos Sesenta y Tres nuevos soles con 00/100) y Servicios Generales la suma de S/. 157.75 (Ciento Cincuenta y Siete nuevos soles con 75/100). Segundo.- MODIFICAR el artículo segundo del Acuerdo de Concejo Nº 014-2008-MDC, de fecha 05 de junio del 2008, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Segundo.- AUTORIZAR la asignación de los viáticos, gastos y otros que incurra el Señor Alcalde en la ciudad de Miami – Florida de los Estados Unidos de Norte América del 16 al 20 de Junio del 2008, hasta por la suma de S/. 9,876.05 (Nueve Mil Ochocientos Setenta y Seis nuevos soles con 05/100), según el siguiente detalle: con cargo a la cadena de gastos 5.3.11.20 (Viáticos, Asignación y fl ete) por la suma de S/. 3,199.90 (Tres Mil Ciento Noventa y Nueve nuevos soles con 90/100), con cargo a la Cadena de Gastos 5.3.11.32 (Pasajes Aéreos) por la suma de S/. 5,948.90 (Cinco Mil Novecientos Cuarenta y Ocho nuevos soles con 90/100) y con cargo a la cadena de gastos 5.3.11.39 (Servicios Generales) por la suma de S/. 727.25 (Setecientos Veinte y Siete nuevos soles con 25/100).” Tercero.- ENCARGAR a la Jefatura de Tesorería que verifi que la información suministrada, y conforme a ello proceda a efectuar la conformidad de la devolución. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo y determinar las responsabilidades a que hubieren lugar respecto de los antecedentes de vistos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 228293-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Modifican la Ordenanza Nº 106-MDI que regula el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en el distrito, en el marco de aplicación del “Plan Zanahoria” (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de Independencia, mediante Ofi cio Nº 217-2008-GSG/MDI, recibido el 17 de julio de 2008) ORDENANZA Nº 144-MDI Independencia, 29 de agosto de 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: El Dictamen Nº 002-2007-CGASP/MDI, de fecha 27 de agosto de 2007 emitido por la Comisión de Gestión Ambiental y Servicios Públicos del Concejo Distrital de Independencia, sobre modifi cación de la Ordenanza Nº 106- MDI de fecha 21 de octubre de 2007 que regula el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en el distrito, en el marco del denominado “Plan Zanahoria”; CONSIDERANDO: Que, las municipalidades gozan de autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, esto es, plenas facultades para decidir con autonomía la regulación de sus propios mecanismos administrativos para implementar las decisiones de gestión; Que, la Ley Nº 28681 – Ley que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas, tienen por fi nalidad advertir y minimizar los daños que producen a la salud integral del ser humano, a la desintegración de la familia y los riesgos para terceros, priorizando la prevención de su consumo, a fi n de proteger a los menores de edad; Que, la VII Región de la Policía Nacional del Perú, ha propuesto la implementación del “PLAN ZANAHORIA”, a fi n de PROHIBIR el CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN LA VÍA PÚBLICA, así como el ESTABLECIMIENTO DE HORARIOS TOPES PARA SU EXPENDIO Y CONSUMO EN LOCALES AUTORIZADOS, y; Que, según lo indicado por los expertos policiales, la asociación del consumo excesivo de licor con el delito es altísima y el objetivo del mencionado plan es reducir el índice delincuencial y garantizar un distrito seguro y saludable; Que, mediante Ordenanza Nº 160-MDI de fecha 21 de octubre de 2005, publicada el 26 de octubre de 2005, se ha regulado el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en el distrito de Independencia, estableciendo las infracciones y sanciones correspondientes; Que, es fi rme compromiso de la actual gestión; garantizar la Seguridad Ciudadana en su jurisdicción Descargado desde www.elperuano.com.pe