Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2008 (19/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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24. Condominos originarios

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

Son condominos originarios aquellos sujetos sobre los cuales se inicia el regimen de copropiedad, cuyo derecho de propiedad MORDAZA nacido al mismo tiempo, en un mismo acto y con el mismo titulo. Unicamente las transferencias que se realicen entre ellos con posterioridad a la constitucion de dicho regimen se encontraran inafectas al Impuesto. La transferencia de la alicuota, o parte de MORDAZA, de un condomino originario a una sociedad conyugal integrada por un condomino originario, se encuentra afecta al pago del Impuesto del Alcabala. 25. Acreedor tributario La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA es acreedora del Impuesto por las transferencias de inmuebles realizadas dentro de la provincia de Lima. Para tal efecto, el SAT realizara la recaudacion, administracion y fiscalizacion del Impuesto. Tratandose de transferencia de inmuebles en los que dos o mas Municipalidades Distritales reclamen para si la transferencia del impuesto recaudado por considerar que los inmuebles se encuentran ubicados en su jurisdiccion, se reputara como valida la transferencia realizada a la Municipalidad Distrital que figure en el registro de propiedad inmueble respecto del predio en cuestion. 26. Obligacion de las Municipalidades Distritales Las municipalidades distritales de la provincia de MORDAZA deberan remitir, en archivo magnetico, dentro del mes siguiente de realizadas, la relacion de las transferencias de propiedad efectuadas en el mes, respecto a las cuales MORDAZA conocimiento en el ambito de su competencia. El SAT publicara en su pagina web (http://www.sat. gob.pe) el formato de archivo que deberan utilizar las municipalidades para la remision de la informacion a que se refiere el parrafo precedente. En el caso que las Municipalidades Distritales hayan suscrito con el SAT Convenios de intercambio de informacion, deberan utilizar el modulo denominado INFOMUNI, de acuerdo a la periodicidad establecida en dichos convenios. 27. Acreditacion ante Notarios y Registradores Publicos Para efecto del cumplimiento de la obligacion a que se contrae el articulo 7º de la Ley, respecto del Impuesto de Alcabala, debera exigirse al adquirente que acredite la liquidacion y, de ser el caso, el pago del impuesto, de conformidad con las normas que regulan al citado tributo. 28. Administracion del Impuesto de Alcabala La administracion del Impuesto, incluyendo la tramitacion de los procedimientos contenciosos y no contenciosos, se encuentra a cargo del Servicio de Administracion Tributaria. Teniendo en cuenta que la recaudacion del Impuesto de Alcabala se encuentra a cargo del Servicio de Administracion, todo pago efectuado ante entidad distinta resultara indebido y no afectara la facultad del SAT para efectuar su cobranza. 29. Procedimientos relacionados con deudas generadas por transferencias efectuadas MORDAZA del 1 de enero de 2002 Respecto de la tramitacion de los procedimientos iniciados por deudas anteriores al 1 de enero de 2002 el SAT asumira la competencia para el conocimiento de los mismos. En tales supuestos, requerira a la Municipalidad Distrital o entidad publica respectiva, la remision de informacion o documentos relacionados con dichas deudas para efecto de resolver las solicitudes no contenciosas o recursos de los administrados. Las Municipalidades Distritales o entidades publicas tendran un plazo de treinta (30) dias calendario para remitir la informacion y/o documentos solicitados por el SAT, caso contrario, se resolvera de acuerdo a la informacion existente en el expediente formado. 30. Informacion requerida Registradores Publicos por Notarios y

a partir del 1 de enero de 2002, por los inmuebles ubicados en la provincia de MORDAZA, en las bases de informacion que el SAT ponga su disposicion como resultado de los convenios de colaboracion firmados con esta entidad. La informacion que requieran los Notarios y Registradores Publicos respecto del impuesto generado MORDAZA de dicha fecha sera, atendida por las Municipalidades Distritales o la entidad publica correspondiente, salvo en los casos que la deuda MORDAZA sido determinada como consecuencia de procesos de fiscalizacion iniciados por el SAT. En tal caso, esta MORDAZA entidad informara al respecto. 31. Devolucion y/o compensacion de pagos

Cuando corresponda efectuar la devolucion y/o compensacion del Impuesto contra adeudos generados por el mismo Impuesto, los asumira la Municipalidad, con cargo a la cuenta de la Municipalidad Distrital respectiva, de acuerdo con la participacion correspondiente. 32. Exoneracion e Inafectacion de transferencias relacionadas con la promocion de acceso a la propiedad formal Se encuentra exonerada del Impuesto de Alcabala la primera transferencia de dominio realizada por el Estado a favor de urbanizaciones populares, en los procesos de regularizacion de su propiedad seguidos durante la ejecucion del Programa de Formalizacion de la Propiedad. Asimismo, estan inafectas las transferencias de propiedad que realice la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal a titulo oneroso o gratuito a favor de terceros y las que realicen los propietarios privados en favor de los ocupantes poseedores o tenedores en los procesos de formalizacion a cargo de dicha Comision. V. DEROGACION Deroguese la Directiva Nº 001-006-00000005. VI. VIGENCIA La presente Directiva entrara en vigencia a partir de los quince (15) dias habiles siguientes al de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Jefe (e) del Servicio de Administracion Tributaria

228086-1

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban proyecto y autorizan obras de habilitacion MORDAZA de lote unico de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION GERENCIAL Nº 359/2008-GODU-MDCH
Chorrillos, 13 de junio de 2008 Vistos los Expedientes Nº 378-07, -1, A-2, A-3, A-5, A-7, 16136-07, 23754-07, 1816-08 mediante el cual el Servicio Social del Director y Supervisor - SESDIS o DERRAMA solicita la Aprobacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada de Lote Unico en Via de Regularizacion - Programa MI VIVIENDA del terreno de 9,000.00 m.2 constituido por el Sub - Lote III-B-A del ex - Fundo Marques de Corpa Distrito de Chorrillos, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas ha emitido el Informe Nº 382/2007-GODU-SGCHU de fecha 26.02.2007 senalando que los administrados han cumplido con adjuntar la documentacion establecida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la entidad, que el terreno de 9,000.00 m2. ubicado en un Area

Los Notarios y Registradores Publicos podran efectuar consultas respecto de la cancelacion del impuesto generado

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