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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de junio de 2008 374077 Visto, remitiéndosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la República Contralora General (e) 212903-3 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Chao RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 239-2008-CG Lima, 12 de junio de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 118-2008-CG/ ORTR, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Chao, Provincia de Virú, La Libertad, por el período comprendido entre Ene.2003 – Ene.2006; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso la realización de una acción de control en la Municipalidad Distrital de Chao, a fi n de determinar si los recursos municipales se utilizaron conforme a lo establecido en la normativa, incidiendo en la verifi cación de las presuntas irregularidades denunciadas ante este Órgano Superior de Control; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha determinado que durante el año 2003, un ex funcionario de la Municipalidad Distrital de Chao omitió sistemáticamente depositar el íntegro de la recaudación diaria de ingresos propios por un total de S/. 98 029,83, sin haber sustentado el destino de dicho monto, lo que ocasionó un perjuicio económico a la entidad por el citado importe; revelando tales hechos, la existencia de indicios razonables de la presunta comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes Funcionales y Peculado, previstos y penados en los artículos 377° y 387° del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que, en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Decreto Ley N° 17537 y sus modifi catorias, y la Resolución de Contraloría Nº 220-2008-CG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la RepúblicaContralora General (e) 212903-4SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Prima AFP el cambio de dirección del Centro de Información y Atención para la Desafiliación ubicado en el Cercado de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1274-2008 Lima, 29 de abril de 2008 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES VISTOS:La solicitud presentada por Prima AFP para que se le autorice, conjuntamente con las demás AFP integrantes de la Asociación de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, el cambio de dirección del Centro de Información y Atención para la desafiliación (CIAD) ubicado en el interior del complejo arquitectónico Centro Cívico de Lima, ingresada con registro N° 2008-21882 el 15.04.2008, y el Informe N° 025-2008-DSI, del Departamento de Supervisión de Instituciones. CONSIDERANDO:Que, mediante La carta N° GG-032/08 recibida con fecha 15 de abril de 2008, el señor José Antonio Velarde T., en representación de Prima AFP, solicita a esta Superintendencia se autorice el cambio de dirección del Centro de Información y Atención para la Desafiliación (CIAD), ubicado en el interior del complejo arquitectónico Centro Cívico de Lima; Que, mediante la Resolución SBS Nº 1188-2007 y Certificado N° RI-CD-01, se autorizó a Prima AFP el funcionamiento del CIAD en la dirección antes referida; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones, mediante Informe N° 025-2008-DSI, de fecha 22 de abril de 2008; Contando con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y del Departamento Legal, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolución N° 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias y la Resolución SBS N° 949-2000; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a Prima AFP, el cambio de dirección del Centro de Información y Atención para la Desafi liación (CIAD), ubicado en el interior del complejo arquitectónico Centro Cívico de Lima hacia el Jr. Carabaya N° 515, Lima. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certifi cado N° RI-CD-01, que fuera emitido al amparo de lo dispuesto en la Resolución SBS Nº 1188-2007. Artículo Tercero.- Expedir y otorgar el Certifi cado N° RI-CD-04, con la nueva dirección referida en el Artículo Primero de la presente resolución.Descargado desde www.elperuano.com.pe