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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (14/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de junio de 2008 374082 mediante Decreto Supremo Nº 183-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- EXONERESE al Instituto Geofísico del Perú del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva por causal de situación de Desabastecimiento Inminente, y AUTORICESE ejecutar las acciones inmediatas para la contratación del servicio de limpieza y mantenimiento de los locales del IGP, por el plazo de setenta y cinco (75) días. Artículo Segundo.- La contratación que se efectúe en virtud de la presente Resolución, se realizará a través de la Dirección de Administración del Instituto. Artículo Tercero.- Disponer el inicio de las acciones que corresponda, de acuerdo al Art. 47º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y, simultáneamente el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y penales que hubiere lugar; Artículo Cuarto.- La presente resolución debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión y adicionalmente, deberá publicarse a través del SEACE. Artículo Quinto.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes serán remitidos a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese.RONALD WOODMAN POLLITT Presidente Ejecutivo 213184-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Normas Técnicas Peruanas de Tubos y Carrocerías RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 071-2008/INDECOPI-CRT Lima, 28 de mayo de 2008 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización Permanentes: a) Tubos, válvulas y accesorios de material plástico para el transporte de fl uidos y b) Carrocerías de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Tubos, válvulas y accesorios de material plástico para el transporte de fl uidos, 1 PNTP, el 27 de marzo de 2008 b) Carrocerías, 3 PNTP, el 02 de abril de 2008 Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema de Adopción y sometidos a Discusión Pública por un periodo de treinta días contados a partir del 25 de abril de 2008; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo rec omendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 28 de mayo de 2008. RESUELVE Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP-ISO 9852:2008 TUBOS DE POLI (CLORURO DE VINILO) NO PLASTIFICADO (PVC-U). Resistencia al diclorometano a una temperatura especí fi ca (DCMT). Método de ensayo. 2ª EdiciónReemplaza a la NTP-ISO 9852:2001 NTP-ISO 3779:2008 AUTOMOTORES. Número de identi fi cación vehicular (VIN). Contenido y estructura. 1ª EdiciónReemplaza a la NTP 383.030:1983 NTP-ISO 3780:2008 AUTOMOTORES. Código de identi fi cación mundial del fabricante (WMI). 1ª EdiciónReemplaza a la NTP 383.031:1983 NTP-ISO 4030:2008 AUTOMOTORES. Número de identi fi cación vehicular (VIN). Ubicación y fi jación. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 383.032:1983 Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP-ISO 9852:2001 TUBOS DE POLI (CLORURO DE VINILO) NO PLASTIFICADO (PVC-U) RESISTENCIA AL DICLOROMETANO A UNA TEMPERATURA ESPECIFICA (DCMT). Método de ensayo. NTP 383.030:1983 AUTOMOTORES. Número de identi fi cación vehicular (VIN). NTP 383.031:1983 AUTOMOTORES. Código de identi fi cación mundial del fabricante (WMI). NTP 383.032:1983 AUTOMOTORES. Número de identi fi cación vehicular (VIN). Ubicación y fi jación. Regístrese y publíquese. Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Julio Paz Soldán Oblitas, Fabián Novak Talavera, Antonio Blanco Blasco, Jaime Miranda Sousa Díaz y Jorge Danós Ordóñez. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 212904-1Descargado desde www.elperuano.com.pe